Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2000 (23/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 23 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, el Concejo Distrital de MORDAZA El MORDAZA, ante el grave problema existente respecto a la limpieza publica y servicios analogos, mediante Acuerdo de Concejo Nº 003-2000-MVES de fecha 4 de enero del 2000, declara en Situacion de Urgencia, todos los servicios relacionados a la limpieza en el distrito; Que, entre los considerandos del Acuerdo de Concejo MORDAZA mencionado, se advierte que los servicios de recoleccion de residuos solidos, recoleccion de desmonte, disposicion final (relleno sanitario) y servicios analogos se encuentran en una situacion critica; Que, asimismo se advierte que esta situacion no solo se traduce en la imposibilidad de cumplir de manera oportuna y eficiente con la prestacion de estos servicios basicos y esenciales, sino que se ve agravada por el deterioro de la salubridad del distrito con el consiguiente peligro de dano a la salud de la poblacion de MORDAZA El Salvador; Que, en ese mismo orden, a efectos de solucionar la situacion de los servicios MORDAZA mencionados, el Concejo Distrital de MORDAZA El MORDAZA, faculto expresamente al senor MORDAZA, para que adopte todas las medidas necesarias para revertir y superar la situacion existente de tal manera que se asegure la continuidad de estos servicios basicos, en beneficio de la comunidad de MORDAZA El MORDAZA y en salvaguarda de la salud publica; Que, dada la "Situacion de Urgencia" de conformidad a lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850 cabe aprobar la exoneracion de los procesos de seleccion (Licitacion Publica y Concurso Publico), para la adquisicion y contratacion de bienes y/o servicios que permitan revertir la situacion existente, en el servicio integral de limpieza que brinda la municipalidad; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Nº 26850, y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, y en uso de las facultades contenidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Estando en situacion de urgencia, los servicios de recoleccion de residuos solidos, recoleccion de desmonte, disposicion final (relleno sanitario) y servicios analogos, asi como los suministros para los vehiculos y equipos para la prestacion de estos servicios, se aprueba y autoriza la exoneracion de los procesos de seleccion de Concurso Publico y/o Licitacion Publica, para las adquisiciones y contrataciones respecto a estos servicios, que se realicen durante la vigencia de la declaracion de urgencia dispuesta por Acuerdo de Concejo Nº 003-2000-MVES de fecha 4 de enero del 2000. Articulo 2º.- El Organo encargado de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios de la Municipalidad, en concordancia con la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, procedera a la seleccion de diferentes empresas que brinden los servicios y doten de los bienes necesarios para revertir la situacion existente respecto a los servicios que se contrae la presente Resolucion. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion Municipal, la Direccion de Administracion y Direccion de Servicios Publicos, velar en cuanto a sus competencias, por el estricto cumplimiento de la presente Resolucion y las disposiciones legales que reglamentan la "Situacion de Urgencia". Registrese, comuniquese y cumplase. R. MORDAZA PUMAR MORDAZA MORDAZA 2104

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Inician MORDAZA disciplinario a ex servidor de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 000067 Callao, 18 de febrero de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Visto, el Acta de fecha 12 de octubre de 1999 y el Informe Nº 002-99-MPC-CPPAD de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de fecha 25 de MORDAZA de 1999, se registro en la Direccion de Personal la denuncia interpuesta por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, vecino del Callao, responsable de la Panaderia sito en Mz. L lote 36 urbanizacion MORDAZA MORDAZA, contra el ex empleado municipal MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Nivel SAA), quien haciendo mal uso de su fotocheck que lo identifica como trabajador de la Municipalidad, en distintas oportunidades, se ha acercado al establecimiento a realizar fiscalizaciones que no le competen por no ser trabajador de la Direccion de Fiscalizacion sino del Archivo Municipal, con el evidente proposito de sorprenderlo; proponiendole omitir presuntas faltas a cambio de una dadiva. Asimismo, amenaza con regresar provocando alarma en el publico que asiste a su comercio, asi como en los establecimientos comerciales aledanos. Que, el referido trabajador ante la inminencia de la denuncia, intercepto al denunciante cuando este se disponia a ingresar a las oficinas de la Municipalidad intentando disuadirlo sin conseguirlo; Que, con la finalidad de que el servidor denunciado ejerza su legitimo derecho de defensa se le curso la notificacion Nº 064-99-MOC/OGA-OP, transcribiendole las imputaciones en materia para que presente sus descargos correspondientes; Que, don MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA con fecha 5 de MORDAZA de 1999, cumple con presentar el descargo solicitado, donde identifica al denunciante como conductor de la Panaderia aludida lineas arriba, reconoce haber tenido un problema con el, ocurrido el dia MORDAZA 23 de MORDAZA de 1999 a horas 9.00 a.m. cuando regresaba a su domicilio, luego de asistir a una reunion social en la noche del dia anterior, suscitado a raiz de que en la referida panaderia pide veinte panes que el denunciante mal interpreta como que no los quiere pagar sino que pretende una dadiva, alega que esto es completamente falso, como falso tambien que continuamente se apersone a su negocio porque vive lejos de ahi, en cambio respecto del hecho de haber interceptado al denunciante el 25 de MORDAZA de 1999 en momentos que este se aprestaba a sentar su denuncia, reconoce solo "haberlo saludado", ademas dice haber conservado el fotocheck de identidad hasta el 25 de MORDAZA de 1999; Que, esta demostrado por su propio dicho que don MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA reconoce al denunciante, reconoce haber tenido un problema con el e igualmente reconoce haber tenido en su poder el Fotocheck de Identificacion como trabajador de la Direccion General de Comercializacion cuando ocurrieron los hechos, alegando argumentos futiles que no

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