Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2000 (23/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de febrero de 2000

Abandonar el vehiculo con pasajeros Prestar el servicio en mal estado de conservacion del vehiculo Negarse a recoger escolares, ancianos o discapacitados cuando lo soliciten Prestar el servicio sin cuidar la apariencia y aseo personal Abastecer de combustible el vehiculo encontrandose con pasajeros Dejar o tomar pasajeros en el centro de la calzada o en lugares que atenten contra su integridad fisica No portar la credencial y uniforme el conductor correspondiente Por estacionarse en paradero autorizado , cuando ya esta ocupado por el MORDAZA de unidades permitidas (se aplicara a las unidades que se ubiquen fuera del area demarcada) Por llevar pasajeros al lado del conductor

1.20 % 0.90 % 0.90 % 0.90 % 2.45 % 0.90 % 0.25 % 2.00 % 2.00 %

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Establecen disposiciones sobre monto minimo, vencimiento, emision y determinacion del impuesto predial
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2000/ALC-MVES MORDAZA El MORDAZA, 16 de febrero de 2000 Visto: El Informe Nº 35-2000-DAF/MVES, de fecha 11-2-2000, proveniente de la Direccion de Administracion y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo fijado en el ultimo parrafo del Articulo 13º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, las Municipalidades estan facultadas para establecer un monto minimo a cobrar por concepto del Impuesto Predial, habiendose determinado para dicho fin, un monto de S/. 17.40 (DIECISIETE Y 40/100 NUEVOS SOLES), equivalente al 0.6% de la UIT vigente al 1 de enero del ano a que corresponde el impuesto, siendo conveniente ademas, establecer la forma de pago al contado y/o fraccionado del mencionado impuesto para el Ejercicio Fiscal del Ano 2000; Que, asimismo, la cuarta disposicion final de la Ley MORDAZA mencionada, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de recibos de pago, un monto no mayor del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada Ejercicio, siendo necesario establecer para el presente ano la suma que deben abonar los contribuyentes por dicho servicio; habiendose determinado el monto del mismo en S/. 4.60 (CUATRO Y 60/100 NUEVOS SOLES); Que, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria UIT vigente al 1 de enero del Ejercicio Fiscal 2000, ha sido establecido en S/. 2,900.00 (DOS MIL NOVECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES); Estando a lo informado, contando con la opinion favorable del Presidente de la Comision de Administracion y Finanzas, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades, Nº 23853, con cargo a su ratificacion en Sesion de Concejo; SE DECRETA: 1.- Establecer, para la jurisdiccion de MORDAZA El MORDAZA, en relacion al Impuesto Predial para el Ejercicio Fiscal del Ano 2000, lo siguiente: a) Vencimiento para el pago del Impuesto Predial.La obligacion de pago del Impuesto Predial vence:

- Pago al Contado : - Pago Fraccionado: : : :

31 de marzo Primera Cuota.- 31 de marzo. MORDAZA Cuota.- 31 de mayo. Tercera Cuota.- 31 de agosto. Cuarta Cuota.- 30 de noviembre.

b) Monto Minimo del Impuesto Predial.Fijese en S/. 17.40 (DIECISIETE Y 40/100 NUEVOS SOLES), el monto minimo a pagar por concepto del Impuesto Predial para el ano en curso. c) Monto de Derechos de Emision y Determinacion del Impuesto: (Incluida la distribucion domiciliaria). Fijese en S/. 4.60 (CUATRO Y 60/100 NUEVOS SOLES), el monto que deben pagar los contribuyentes por concepto de derecho de Emision Mecanizada y Determinacion del Impuesto Predial. Por cada predio adicional, se abonara el importe de S/. 2.50 (DOS Y 50/ 100 NUEVOS SOLES). 2.- Encargar a la Oficina de Administracion y Finanzas y la Responsable de Administracion Tributaria, el cumplimiento de la presente disposicion. Registrese, comuniquese y cumplase. R. MORDAZA PUMAR MORDAZA MORDAZA 2107

Establecen disposiciones sobre contratacion de recoleccion de residuos, relleno sanitario y servicios analogos
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 037-2000-ALC/MVES MORDAZA El MORDAZA, 14 de enero del 2000 Visto: El Acuerdo de Concejo Nº 003-2000-MVES de fecha 4 de enero del 2000, que declara en "situacion de Urgencia" el servicio de Limpieza y servicios de recoleccion de residuos solidos, disposicion final (relleno sanitario) y servicios analogos, asi como los suministros para los vehiculos y equipos para la prestacion de esos servicios; y, CONSIDERANDO: Que, segun el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, las Municipalidades, tal como dispone el Articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, son competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales;

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