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Pág. 184058 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de febrero de 2000 desvirtúan los cargos ni el móvil de la denuncia, sino más bien confirman el conocimiento que tenía del negocio ("en cumplimiento de mis funciones en algu- nas oportunidades me tocó inspeccionar..."), el estado en que se encontraba ("...después de haber estado en una reunión la noche anterior...") y el intento de abordar al denunciante para evitar la denuncia ("...lo saludé y éste me contestó el saludo"), lo que no hace sino agravar su situación, con afirmaciones contradic- torias y fuera de lugar donde se advierte el propósito de reducir su responsabilidad amparado en medias ver- dades, cuando lo que debía probar es que no solicitó donativo alguno; Que, fluye de lo actuado, que el denunciante, declarada su negativa a aceptar el pago de la dádiva exigida, tomó nota de la identidad del traba- jador a través del fotocheck que éste exhibía y procedió a denunciarlo por intentar sorprenderlo aduciendo una supuesta fiscalización así como por solicitarle una dádiva por callar una presunta falta cometida, cargos que el servidor no ha conseguido desvirtuar, por lo que se mantienen firmes en todos sus extremos; Que, de acuerdo al Artículo 3º incisos d) y e) de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276, establece que son deberes del servidor desempeñar sus funciones con honesti- dad, eficiencia, laboriosidad, vocación de servicio y conducirse con dignidad en el desempeño del cargo y en su vida social; Que, el Artículo 28º inciso h) del Decreto Legislativo Nº 276 concordado con el Artículo 136º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM tipificada y sanciona el uso de la función con fines de lucro prohibiendo a los servidores públicos exigir dádivas, obsequios u otros similares a cambio de la prestación de servicios oficiales, falta imputable a don ENRIQUE DEL CARMEN VELAZ- CO VALLE y cuya gravedad debe evaluarse en fun- ción de las circunstancias en que se comete, y los antecedentes del servidor; Que, por las consideraciones antes expuestas y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 166º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, es procedente instaurar proceso administrativo disciplinario al ex servidor ENRIQUE DEL CARMEN VELAZCO VALLE; Estando a lo informado y en concordancia con el Acuerdo tomado por la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios en Sesión de fecha 12 de octubre de 1999, y Artículo 47º Inc. 6) de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR Proceso Adminis- trativo Disciplinario al ex servidor empleado ENRI- QUE DEL CARMEN VELAZCO con Código 212, Nivel (SAA), de acuerdo a lo expuesto en la parte considera- tiva de la presente resolución. Artículo Segundo.- NOTIFICAR al interesado dentro del término de SETENTIDOS (72) horas contadas a partir del día siguiente de la expedición de la presente resolución, para que presente su descargo y las pruebas que crean conveniente de acuerdo a ley. Artículo Tercero.- Copia de la presente resolu- ción será insertada en el Legajo Personal del citado ex servidor. Regístrese y comuníquese. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 2173MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHEROS Crean Municipalidad Delegada del Centro Poblado Menor de Cayara (Se publica la presente Resolución a solicitud del Alcal- de de la Municipalidad Provincial de Chincheros, me- diante oficio Nº 0121-00-A.M.P.CH.). RESOLUCION MUNICIPAL Nº 21-99-A/MPCH VISTO: El expediente Nº 1453, de fecha 26 de julio de 1999, en que se peticiona la creación de la Municipalidad Delegada de Centro Poblado Menor de la Comunidad Campesina de Cayara, del distrito y provincia de Chincheros, departamen- to de Apurímac, y conforme al Acta de Asamblea Comunal, referente a la Creación de la Municipalidad Delegada del Centro Poblado Menor de la Comunidad de Cayara, de fecha 3 de julio de 1999, asimismo el Acta de Asamblea Comunal designando a los miembros del Concejo de la Municipalidad Delegada de Cayara. Y conforme al Libro de Acta de sesiones de fecha 5 de agosto del año en curso, se aprobó por la mayoría legal de sus miembros la creación de la Munici- palidad Delegada de Centro Poblado Menor de Cayara; CONSIDERANDO: Que, es necesario indicar que el suscrito Alcalde y el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Chin- cheros, recogiendo el anhelo de un sector de la población, como es la Comunidad Campesina de Cayara, la misma que al encontrarse asentada en zona urbana con población tendiente a un crecimiento favorable; y teniendo como objetivo el actual gobierno la descentralización política de los Gobiernos Locales para que asuman responsabilidades den- tro de su jurisdicción como son; el autosostenimiento Agrí- cola y Ganadero, Implementación con Escuelas, Colegios, Postas y Centros de Salud, Salones Comunales, así como la Organización de Grupos Sociales, Productivos y de desarro- llo como: Clubes de Madres, Asociaciones, Juntas Vecinales, y otros que de alguna forma contribuyan en forma partici- pativa al crecimiento cultural, económico urbano; De conformidad a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 en su Título I, Capítulo II, Artículo 5º, incisos 1, 2, 3, 4, 5 y 6; concordantes con la Ley Nº 23854, Artículo 1º, inciso 1); LOM Nº 23853, Artículos 4º, 6º y 70º, inciso 10); D.S. Nº 007-85-VC, Artículo 14º, inciso "d", D.S. Nº 044-90-PCM, Artículos 9º y 10º; y en arreglo a Ley con las atribuciones conferidas al despacho de Alcaldía dispuesto por el Artículo 47º, inciso 6) del Capítulo IV, del Título III, de la Ley Nº 23854 y demás normas complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CREAR la Municipalidad Delega- da del Centro Poblado Menor de Cayara, distrito y provin- cia de Chincheros, departamento de Apurímac; que inte- gra las Comunidades de San Lorenzo, Morochuco, Manza- nayoc, Orccorbamba, Quichque, Santa Fe, San Cristóbal y Quishuarpampa. Artículo Segundo.- Derívese la presente Resolución a la Municipalidad Delegada del Centro Poblado Menor de Cayara, para su conocimiento y reconocimiento. Resolución expedida en el palacio de la Municipalidad Provincial de Chincheros, a los seis días del mes de agosto de mil novecientos noventinueve. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. SAMUEL A. MEDINA CARDENAS Alcalde 2122