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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2000 (16/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 31

Pág. 190313 NORMAS LEGALES Lima, domingo 16 de julio de 2000 Durante esta etapa se repite el ejercicio mencionado en la primera etapa, refinando el dato de concentración ambiental esperada, hacia un valor más cercano al escena- rio real de las condiciones de uso e involucrando los parámetros de comportamiento ambiental de la molécula. Este calculo contempla las emisiones, las vías y la movili- dad del plaguicida, como también su transformación, disipación y degradación. Igualmente incluye datos más avanzados del perfil del producto y el conocimiento sobre la naturaleza y tamaño de la población expuesta. Si se determina que el cuociente de riesgo es mayor que los valores, esto indica que el riesgo existe y tiene una alta probabilidad de ocurrencia, se debe proceder a la siguiente etapa de evaluación de riesgo. En caso contrario, el ejercicio de evaluación de riesgo concluye en esta etapa, con base en el hecho que se asume no existe un riesgo inmanejable. NIVEL TRES (TIER III) Conociendo los riesgos identificados en la etapa II, se puede determinar cuales son los efectos, los cuales se obtiene la respuesta del peligro. Estos experimentos, a nivel de laboratorio simulando situaciones reales y ocasio- nalmente en estudios pequeños y controlados de ecosiste- mas denominados estudios simulados. Estos estudios si- guen las pautas descritas por la metodología de la EPA, a este respecto y generalmente contemplan las medidas de mitigación de riesgo planteadas en la etiqueta. Si el riesgo subsiste y no puede ser controlado o mitigado se debe pasar a un último nivel de evaluación. NIVEL CUATRO: (TIER IV) Si luego de la aplicación de los modelos matemáticos y la realización de ensayos a pequeña escala simulados de campo, se comprueba que el potencial de riesgo persiste, las autoridades competentes en conjunto con el fabricante del producto a registrar determinarán cuales son las medidas de mitigación, control y monitoreo post- registro apropiados para reducir la probabilidad de que un efecto adverso ocurra en el ecosistema y se contem- plan dentro de los programas del Plan de Manejo Am- biental desarrollado para el producto respectivo. Oca- sionalmente, con elpropósito de precisar el perfil toxico- lógico y dilucidar dudas sobre el comportamiento en condiciones reales se pueden desarrollar pruebas reales de campo, las que se han de protocolizar. Finalmente como parte del proceso de Evaluación de Riesgo del Medio Ambiente, la identificación del riesgo/ beneficio, y la identificación del costo/beneficios de la sustancia a registrar será incluida en el esquema de decisión de la Autoridad Ambiental Competente." Artículo 9º.- Derogar todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 8064 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de servidores de COFIDE a Bolivia, para participar en evento sobre tecnologías crediticias para la financia- ción de micro y pequeñas empresas RESOLUCION SUPREMA Nº 200-2000-EF Lima, 15 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta CF-03822-2000/UAIN, la Cor- poración Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE-, soli-cita se autorice el viaje del señor Elard Arévalo Rengifo, Analista de Créditos, y de la señorita Sandra Jáuregui Puertas, Analista de Riesgos, de dicho Organismo, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, del 16 al 20 de julio del año 2000, para que participen en el IV Seminario Taller sobre "Innovación de Tecnologías Cre- diticias para la Financiación de las Micro y Pequeñas Empresas (MyPE's) en América Latina", organizado por la Asociación Latinoamericana de Instituciones Finan- cieras para el Desarrollo -ALIDE-; Que, los gastos por concepto de tarifa neta de los pasajes aéreos, viáticos y cuota de inscripción que irrogue la participación de los citados servidores serán cubiertos por el componente A del Programa de Fortalecimiento Institucional a las entidades participantes en el Programa Global de Crédito a la Microempresa del Banco Interamericano de Finan- zas, debiendo asumir COFIDE, el monto correspon- diente al 18% del Impuesto General a las Ventas sobre el valor de los pasajes y la tarifa CORPAC, con cargo a los recursos de su presupuesto correspon- diente al ejercicio 2000; De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 011-88-PCM, 135-90-PCM, 037-91-PCM y 031-89-EF y en el numeral 1.5. del Texto Unico Ordenado de la Directiva Nº 001- 2000/FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar , el viaje de los señores Elard Arévalo Rengifo, Analista de Créditos y Sandra Jáure- gui Puertas, Analista de Riesgos de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE-, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, del 16 al 20 de julio del año 2000, para los fines expuestos en la parte conside- rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del presupuesto de COFIDE: Elard Arévalo Rengifo, Pasajes (IGV) :US$ 73,98 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Sandra Jáuregui Puertas, Pasajes (IGV) :US$ 73,98 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los servidores cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 8120 ENERGIA Y MINAS Autorizan viaje de trabajador de la Empresa de Generación Eléctrica San Gabán S.A. a Costa Rica para partici- par en el curso "Controladores PID" RESOLUCION SUPREMA Nº 068-2000-EM Lima, 14 de julio del 2000