Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2000 (16/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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121.623 121.625 121.627 121.628 121.629 121.631 121.633 121.635 121.637 121.639 121.641 121.643

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 16 de MORDAZA de 2000

121.645 121.647 121.649 121.651 121.652 121.653 121.655 121.657 121.659 121.661 121.663 121.665 121.667

Aeropuerto alterno para el destino: Transportadores Aereos No Regulares y Operadores Comerciales. Minimos meteorologicos en el aeropuerto alterno. Continuacion de vuelo en condiciones inseguras. Instrumentos y Equipos Inoperativos. Operacion en condiciones de hielo. Despacho o autorizacion original de vuelo, redespacho o enmienda de despacho o aprobacion de vuelo. Reservado Despacho desde/hacia aeropuertos provisionales o de recarga: Transportadores aereos nacionales e internacionales. Despegues desde aeropuertos alternos y no previstos: Transportadores aereos nacionales e internacionales. Abastecimiento de combustible: Transportadores aereos nacionales. Abastecimiento de combustible. Aviones con motor a reaccion y turbohelice internacionales (Reservado). Abastecimiento de combustible: Aviones con motor a reaccion y turbo-helice. Lineas no regulares y operadores comerciales (Reservado). Abastecimiento de combustible: Aviones a turbina para operaciones internacionales y No Regulares. Factores para computar el combustible requerido. Condiciones minimas de despegue y aterrizaje VFR: Transportadores aereos nacionales. Condiciones minimas de tiempo para el Despegue y Aterrizaje IFR: Todos los poseedores de certificado. Minimos de aterrizaje segun las condiciones del tiempo: IFR: Todos los poseedores de certificado. Reservado. Aplicacion de minimos reportados del tiempo. (No aplicable en territorio Peruano). Regulaciones de altura de vuelo. Altura de aproximacion inicial: Transportadores aereos no regulares nacionales. Altura de aproximacion inicial: Transportadores aereos internacionales. Responsabilidad para la liberacion del despacho: Los transportadores aereos nacionales e internacionales. Manifiesto de Carga. Planes de vuelo: VFR e IFR: Los transportadores aereos no regulares o especiales y operadores comerciales.

121.708(b)Reporte Mensual de Inspecciones y Trabajos de Mantenimiento. 121.709 Liberacion de la Aeronavegabilidad o Registro en el Informe Tecnico de Vuelo (ITV) (Bitacora) de la Aeronave. 121.711 Registros de comunicacion. 121.713 Retencion de contratos y enmiendas. Operadores Comerciales. 121.715 Informes de emergencias medicas en vuelo APENDICE A: BOTIQUIN DE PRIMEROS AUXILIOS, BOTIQUIN DE EMERGENCIAS MEDICAS Y EQUIPO (KIT) DE SUPERVIVENCIA. APENDICE B: ESPECIFICACIONES DEL REGISTRADOR DE VUELO DE AVIONES. APENDICE C: RESERVADO. APENDICE D: CRITERIOS PARA LA DEMOSTRACION DE PROCEDIMIENTOS DE EVACUACION DE EMERGENCIA BAJO LA RAP 121.291. APENDICE E: REQUISITOS DE CAPACITACION DE VUELO. APENDICE F: CHEQUEO O COMPROBACION DE PROFICIENCIA. APENDICE G: RESERVADO. APENDICE H: RESERVADO. APENDICE I: RESERVADO. SUBPARTE A:GENERALIDADES 121.1 Aplicabilidad (a) Excepto lo previsto en el parrafo (b) de esta seccion, esta parte determina las normas, regulaciones y procedimientos que gobiernan a: (1) Todo Transportador Nacional que opera servicios de Transporte Aereo Nacional Regular segun la legislacion vigente. (2) Todo Transportador Nacional que opera servicios de Transporte Aereo Internacional Regular, segun la legislacion vigente, o que esta autorizado a operar en el extranjero . (3) Todo Transportador Nacional que opera servicios de Transporte Aereo considerados en los parrafos (a)(1) y (2) de esta seccion, cuando realice vuelos fletados (charter) y otras operaciones de servicios especiales. (4) Todo Transportador Nacional que opera servicios de Transporte Aereo No Regular Nacional, cuando este involucrado en el transporte de personas y/o carga en el comercio aereo por remuneracion o arrendamiento. (5) Todo Transportador Aereo que opera servicio de transporte No regular Internacional, cuando este involucrado en el transporte de personas o carga en el comercio aereo por remuneracion o arrendamiento. (6) Reservado. (b) Ademas, esta Parte prescribe las regulaciones que gobiernan a: (1) Toda persona empleada o utilizada por un Transportador Aereo en operaciones reguladas por esta Parte, que incluyen el mantenimiento mayor, preventivo y aquel que incluye el cambio de partes o modificaciones en un avion; (2) Toda persona que actue a bordo de una aeronave operada segun las normas establecidas por esta Parte. (c) Esta Parte no es aplicable a las operaciones efectuadas segun la Parte 135 de estas regulaciones.

SUBPARTE T: REGISTROS Y REPORTES Aplicabilidad. Registros de tripulantes aereos y despachadores 121.685 Registros de Aviones: Transportador Aereo Nacional e Internacional Regular. 121.687 Liberacion de despacho. 121.689 Forma de liberacion de vuelo Operaciones No Regulares. 121.691 Reservado. 121.693 Manifiesto de carga Todos los Operadores Certificados. 121.695 Disposicion del manifiesto de carga, liberacion de despacho y planes de vuelo. Operadores Regulares. 121.697 Disposicion del manifiesto de carga, liberacion de vuelo y planes de vuelo. Operadores No Regulares. 121.701 Informe Tecnico de Vuelo (ITV) Bitacora. 121.703 Reporte de confiabilidad mecanica. 121.705 Reporte sumario de interrupcion mecanica. 121.707 Reporte de Reparaciones, Alteraciones o Instalaciones. 121.708(a)Reporte Sumario de Actividad Mensual de Flota. 121.681 121.683

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