TEXTO PAGINA: 25
Pág. 190859 NORMAS LEGALES Lima, lunes 24 de julio de 2000 Cada operador comunicará al otro operador de cualquier falla en los PdI, dentro de los 30 minutos de haber tomado conocimiento de la misma. Por el simple mérito de la comunicación, las partes deberán garantizar el acceso a sus instalaciones, sea en días hábiles o inhábiles y a cualquier hora. Para tal efecto las partes se deberán notificar la lista de los representantes que se encontrarán acreditados para acceder a dichas instalacio- nes. 3.2 Notificación de actividades que afecten el ser- vicio: Cada operador notificará al otro operador, con por lo menos cinco (5) días hábiles de anticipación, la ejecución de los trabajos de mantenimiento preventivo, expansión o mejora tecnológica que afecten o puedan afectar el servicio en el Punto de Interconexión con el fin de llevar a cabo su coordinación, excepto casos imprevistos o de fuerza mayor que se comunicarán de inmediato. 3.3 Coordinación con respecto a planes de con- tingencia: Ambos operadores trabajarán conjuntamen- te para desarrollar planes de contingencia de la red, con la finalidad de mantener la capacidad máxima de la red si ocurriesen desastres naturales o de cualquier natura- leza que afecten seriamente los servicios de telecomuni- caciones. ANEXO 1.H DOCUMENTACION TECNICA DEL EQUIPAMIENTO Se deberá adjuntar la documentación técnica del equipa- miento del presente proyecto al finalizar el período de pruebas. ANEXO 2 CONDICIONES ECONOMICAS NUMERAL 1.- CARGOS POR TERMINACION DE LLAMADAS En todos los casos deberá entenderse que los cargos de interconexión se aplican sobre el tráfico eficaz cursa- do entre las redes. Los cargos se aplican sólo si el tráfico es cursado a través de las redes de larga distancia de INFODUCTOS. a) Origen: abonado fijo de TELEFONICA; destino: abonado fijo de TELEFONICA; utilizando a INFO- DUCTOS como portador de larga distancia Una llamada de larga distancia nacional que se origi- na en un abonado fijo de TELEFONICA (que hubiera preseleccionado a INFODUCTOS como su portador del servicio de larga distancia) en un área local de telefonía fija en donde INFODUCTOS se encuentre interconecta- do con TELEFONICA, cuyo destino final es un abonado fijo de TELEFONICA situado en otra área local de telefonía fija en donde INFODUCTOS también se en- cuentre interconectado con TELEFONICA; tendrá el siguiente tratamiento de cargos por terminación de lla- mada entre las dos empresas: Por el servicio de originación de la llamada en un abona- do fijo, INFODUCTOS pagará a TELEFONICA el equiva- lente a una (1) vez el cargo vigente por terminación de llamada por minuto de tráfico eficaz. Por el servicio de terminar la llamada en un abonado fijo, INFODUCTOS pagará a TELEFONICA el equivalente a una (1) vez el cargo vigente por terminación de llamada por minuto de tráfico eficaz. b) Origen: abonado fijo de TELEFONICA; destino: internacional; utilizando a INFODUCTOS como por- tador de larga distancia Una llamada que se origina en un abonado fijo de TELEFONICA, el cual ha preseleccionado a INFODUCTOS como su portador de larga distancia, y termina en una red de destino internacional a través de INFODUCTOS, tendrá el siguiente tratamiento de pagos entre las dos empresas: TELEFONICA recibirá el equivalente a una (1) vez el cargo vigente por terminación de llamada en la red fija, por el servicio de acceso que brinda al portador de larga distancia.c) Origen: internacional; destino: abonado fijo de TELEFONICA; utilizando a INFODUCTOS como por- tador de larga distancia Una llamada que se origina en una red internacional y termina en un abonado fijo de TELEFONICA, tendrá el siguiente tratamiento de pagos entre las dos empresas: TELEFONICA recibirá el equivalente a una (1) vez el cargo vigente por terminación de llamada en la red fija, por el servicio de terminar la llamada en la red fija local de TELEFONICA. Tráfico liquidable . La liquidación de tráficos de inter- conexión debe hacerse de acuerdo al siguiente mecanismo: el total de minutos salientes y entrantes de ambas redes interconectadas, por cada tipo de servicio, será la suma de los tiempos reales de duración de las llamadas - redondean- do la duración de cada llamada al minuto siguiente - efectua- das durante el período de liquidación. A partir de la entrada en vigencia del Artículo 7º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 014-99-CD/OSIPTEL la liquidación de tráficos de interconexión se realizará de la forma siguiente (20): a) sumando el total de tráfico eficaz de cada una de las llama- das de larga distancia expresadas en segundos, ocurridas durante el período de facturación; b) el total de tiempo eficaz así calculado expresado en segundos se redondea al minuto más cercano; c) el total de pagos resulta de la multiplicación del tiempo eficaz expresado en minutos por el cargo por terminación de llamada. d) Llamada transportada por la red de larga dis- tancia de INFODUCTOS hacia un abonado móvil de TM Habiéndose identificado como mejor práctica, la que establecieron TM y GVT, en su respectivo contrato de interconexión, esta se aplicara a las llamadas transportadas por la red de larga distancia de INFODUCTOS con destino a un abonado móvil de TM. A tal efecto, por las llamadas que utilicen como portador de larga distancia nacional a INFO- DUCTOS para terminar en la red móvil de TM, INFODUC- TOS entregará a TM el 25% del monto facturado por dicho tráfico. Asimismo, en lo que respecta a las llamadas de larga distancia internacional entrante que INFODUCTOS termi- ne en la red móvil de TM, INFODUCTOS entregará a TM el 25% de las remesas recibidas correspondientes a INFO- DUCTOS (administración peruana). Estos cargos serán independientes del cargo a pagarse por transporte conmutado. NUMERAL 2 .- CARGO POR TRANSPORTE CON- MUTADO El cargo por transporte conmutado será de US$ 0,016 por minuto. Dicho cargo será pagado por INFODUCTOS respec- to de las llamadas entregadas a TELEFONICA con destino a la red móvil de TM o redes de otros operadores. TELEFONICA prestará el servicio de transporte conmu- tado, para las llamadas entregadas por INFODUCTOS con destino a otras redes con las cuales INFODUCTOS no esté interconectada directamente. No se pagará cargo por trans- porte conmutado si la llamada es cursada por la red de larga distancia de TELEFONICA. A solicitud de INFODUCTOS, TELEFONICA cursará el tráfico entregado por INFODUCTOS y destinado a una tercera red con la cual TELEFONICA esté interconectada, previo acuerdo entre INFODUCTOS y el concesionario de dicha red mediante el cual este último permita la termina- ción de llamadas entregadas por INFODUCTOS a TELEFO- NICA para el servicio de tránsito a dicha tercera red. Este acuerdo no será necesario si el concesionario de la tercera red manifiesta por escrito su aceptación de aplicar al tráfico a que se refiere esta cláusula los mismos términos que los previstos en la interconexión con TELEFONICA mientras subsista la facilidad de transporte conmutado. Este servicio será otorgado de acuerdo al principio de no discriminación, neutralidad e igualdad de acceso. En el caso que TELEFONICA utilice para la función de transporte conmutado más de una central local en una misma área local de forma que una llamada originada en una red de INFODUCTOS interconectada a una central local de TELEFONICA termine en otra red de INFODUCTOS o de otro operador interconectada a otra central local de TELE- FONICA dentro de la misma área local, esta empresa cobrará a INFODUCTOS un solo cargo de transporte con-