Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2000 (24/07/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 24 de MORDAZA de 2000

tia de fabrica vigente, que cumplan requerimientos minimos de confiabilidad y calidad de acuerdo con el estandar que disponga la normatividad vigente y que resulte aplicable 2.12 La senalizacion empleada para la interconexion sera mediante senalizacion por MORDAZA comun Nº 7, de acuerdo a lo indicado en el numeral 2 del Anexo 1.C. Sin perjuicio de lo anterior, MORDAZA empresas deberan realizar las modificaciones y adecuaciones correspondientes a fin de cumplir con la normativa que para tal efecto establezca el MTC. 3. CALIDAD DEL SERVICIO 3.1 Cada una de las partes cuyas redes se interconectan asumira a su costo las modificaciones y ampliaciones de su red que MORDAZA necesarias para mantener los estandares de calidad del servicio que se deriven de los Contratos de Concesion de cada operador. En el caso que OSIPTEL dicte alguna MORDAZA al respecto, esta se utilizara para el desarrollo del presente proyecto tecnico. 3.2 Las partes podran acordar efectuar reuniones con la finalidad de mantener los indices de calidad de servicio, de acuerdo a lo indicado en el punto 3.1 3.3 Cada parte tiene el derecho de proveer o suministrar al interior de su red, caracteristicas diferentes a las de la otra (por ejemplo, anuncios grabados, tonos de timbrado y ocupado, tonos de congestion de red, etc.), siempre y cuando cumplan con lo establecido por el MTC o en su defecto por las Recomendaciones de la UIT sobre el particular. En el caso de diferencias, las mismas no se consideraran como problemas de calidad de servicio, siempre y cuando no afecten los indices de calidad y/o causen disturbios a la red del otro operador y que esten directamente relacionados con los eventos que lo originan. En caso se afecten los indices de calidad, se procedera de acuerdo a lo establecido en el numeral anterior. En caso se causen disturbios en la red del otro operador, este ultimo podra interrumpir la interconexion hasta que desaparezca la causa que lo origino. 3.4 En caso de congestion en cualquiera de las redes, INFODUCTOS, TELEFONICA o TM, podran implementar una locucion durante un tiempo breve con un mensaje neutral, siempre que dicha congestion se genere en su propia red. 3.5 Los empleados de cada operador que atiendan la interconexion deberan tener la capacidad necesaria para llevar a cabo su cometido de la manera mas eficiente en la prestacion del servicio de mantenimiento, de averias, programacion de cortes, etc., con disponibilidad durante las 24 horas del dia a fin de garantizar el mantenimiento y la calidad de servicio al cliente. 3.6 INFODUCTOS y TELEFONICA mantendran permanentemente un stock suficiente de equipos (equipos, tarjetas, baterias, etc.) que les permitan solucionar fallas y averias en sus redes de manera inmediata, de manera tal que no se afecte la calidad del servicio. 4. ADECUACION DE RED 4.1. Dentro de los cuatro (4) dias habiles de la vigencia del presente MANDATO, TELEFONICA presentara a INFODUCTOS una oferta por E1, por uso compartido de los elementos de adecuacion de red, conforme a lo establecido en la Resolucion de Gerencia General Nº 064-2000-GG/OSIPTEL,. De conformidad con el MORDAZA parrafo de la modificacion indicada en el Articulo 1º de la Resolucion Nº 006-2000-CD/ OSIPTEL, solo en caso de requerirse elementos de red adicionales (los que formaran parte de la lista de elementos de adecuacion de red senalada en el numeral 7 del Anexo 2 - Condiciones Economicas), TELEFONICA podra presentar a INFODUCTOS la relacion de dichos elementos, dentro del plazo senalado en el parrafo anterior. INFODUCTOS podra optar entre las alternativas de uso compartido de los elementos de adecuacion de red o la lista de elementos de adecuacion de red. 4.2. Dentro de los veinte (20) dias habiles posteriores de recibida la comunicacion a la que hace referencia el numeral 4.1 precedente, INFODUCTOS podra verificar en las instalaciones de TELEFONICA, si los elementos de red considerados en la lista son los requeridos, para lo cual debera cursar una comunicacion escrita, con una anticipacion no menor a 48 horas, luego de lo cual debera comunicar a TELEFONICA la alternativa a la cual se acoge. 4.3. En caso INFODUCTOS opte por el listado de elementos de adecuacion de red, se realizaran las siguientes pautas: 4.3.1. Las partes negociaran la distribucion de pagos correspondientes a la adecuacion de red tomando en consideracion lo establecido en la normativa vigente. 4.3.2. Una vez implementada la adecuacion de red, INFODUCTOS podra verificar en las instalaciones de TELEFONI-

CA, los elementos de red adquiridos por TELEFONICA, para lo cual debera cursar una comunicacion escrita, cada vez que lo requiera, con una anticipacion no menor a 48 horas. 4.4. Las partes podran negociar una alternativa distinta sobre costos de adecuacion que contengan condiciones economicas mas favorables. 4.5. Las partes adoptaran las medidas necesarias, a fin de mantener los estandares de calidad de servicio que se deriven de sus contratos de concesion. 4.6. La adecuacion de la red de TELEFONICA debera estar terminada MORDAZA del inicio de las pruebas tecnicas indicadas en el Anexo 1.D. 4.7. Los acuerdos que suscriban las partes deberan presentarse a OSIPTEL para su respectiva aprobacion. 5. ADECUACION DE EQUIPOS E INFRAESTRUCTURA La adecuacion de equipos e infraestructura esta referida a las modificaciones que cada operador hace en su red para brindar sus propios servicios y que puedan afectar la interconexion. 5.1 INFODUCTOS es responsable de adecuar sus equipos e infraestructura de telecomunicaciones en el punto de interconexion a las especificaciones empleadas por TELEFONICA, senaladas en el Anexo I.C, numeral 2 (Senalizacion). 5.2 Posteriormente a la puesta en servicio de la interconexion con INFODUCTOS, TELEFONICA comunicara a INFODUCTOS con una anticipacion no menor de seis meses las modificaciones en su red que pudiesen afectar a la red de INFODUCTOS o la relacion de interconexion, con la finalidad de que INFODUCTOS realice las adaptaciones necesarias. De ser necesario se estableceran reuniones entre ambos operadores para concretar su ejecucion. 5.3 INFODUCTOS informara anualmente a TELEFONICA desde la vigencia del presente MANDATO, de las expansiones de los enlaces de interconexion planificados para su sistema, las cuales se llevaran a cabo dentro de los 6 a 24 meses siguientes a la comunicacion, al igual que la proyeccion de troncales requeridas entre sus centrales y las de TELEFONICA. La referida proyeccion no sera considerada una orden de servicio hasta que INFODUCTOS la presente como tal, no incluyendose en este MORDAZA el caso de requerimiento de E1's para el primer ano. 5.4 La informacion de planificacion y de proyecciones sera considerada como informacion confidencial, la misma que sera de conocimiento unicamente de aquellos empleados de cada Operador que deban estar informados de las mismas y solo para propositos de planificacion. Bajo ninguna circunstancia dicha informacion sera divulgada a cualquier proveedor, contratista, empleador, director u otro representante de ninguno de los dos operadores, salvo que la parte propietaria de la informacion autorice, mediante comunicacion escrita y en forma indubitable a la otra el uso de la informacion requerida. Lo dispuesto en este numeral no afecta el cumplimiento de las obligaciones que a cada parte correspondan de proveer a OSIPTEL la informacion que requiera en ejercicio de sus atribuciones. 5.5 Sera responsabilidad de INFODUCTOS que los enlaces y MORDAZA de voz utilizados MORDAZA en cada momento suficientes para atender los estandares de calidad referidos en el punto 3.1. del presente Anexo. 5.6 Sin perjuicio de la obligacion establecida en el numeral 5.5 anterior, las partes podran negociar la posibilidad de que TELEFONICA encamine trafico desbordado que se dirija a la red de INFODUCTOS asi como los supuestos en que se realizaria dicho encaminamiento. Dicho acuerdo debera ser puesto en conocimiento de OSIPTEL en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias calendario de su suscripcion, para su aprobacion. 6. FECHAS Y PERIODOS PARA LA INTERCONEXION 6.1 Las fechas y periodos de implementacion de puntos y enlaces de interconexion se encuentran especificados en el numeral 2 del Anexo 1.F del presente MANDATO. 6.2 Las pruebas tecnicas de aceptacion de equipos y sistemas se realizaran dentro de los plazos establecidos en el Anexo 1.D del presente proyecto. 6.3 Los enlaces de interconexion deberan estar instalados MORDAZA del inicio de las pruebas tecnicas de aceptacion. A tal efecto, TELEFONICA, debera brindar las facilidades necesarias en caso que INFODUCTOS proporcione los enlaces de interconexion. 7. REVISION DEL PROYECTO TECNICO DE INTERCONEXION 7.1 Las caracteristicas tecnicas del presente Proyecto Tecnico de Interconexion podran ser revisadas por las partes

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