Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2000 (24/07/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, lunes 24 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 190853

oportunamente los cargos que le correspondan establecidos en el Anexo 2 - Condiciones Economicas, bajo estricto cumplimiento del procedimiento contenido en el Anexo 3 del presente Mandato de interconexion. En dicho caso, y sin perjuicio de las disposiciones y/o procedimientos que OSIPTEL dicte sobre el particular, las partes adoptaran las medidas adecuadas que salvaguarden el derecho a la continuidad del servicio de los usuarios de los servicios publicos de telecomunicaciones involucrados. Lo dispuesto en el parrafo anterior no afecta el derecho de las partes a ejercer los derechos e interponer las acciones que legalmente les correspondan. Articulo 10º.- El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones del MANDATO, no contempladas en el Reglamento de Infracciones y Sanciones o en la Resolucion Nº 01499-CD/OSIPTEL sera calificado como infraccion grave. Articulo 11º.- Las condiciones tecnicas y economicas establecidas en el MANDATO, tales como los cargos de interconexion o el regimen de tasacion, se adecuaran a los cambios de regimen y a la normativa que apruebe OSIPTEL. Asimismo, los cargos y condiciones economicas se adecuaran automaticamente cuando una de las partes acuerde con un tercer operador un contrato de interconexion con cargos o condiciones mas favorables, para la otra parte, que los establecidos en el MANDATO. Articulo 12º.- Las obligaciones establecidas en el MANDATO de cargo de TELEFONICA tambien seran asumidas por TM en caso se concrete la interconexion via transporte no conmutado entre la red movil de TM y la red del servicio de larga distancia de INFODUCTOS, en lo que fuere aplicable. Articulo 13º.- El MANDATO entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion a las empresas involucradas. MORDAZA MORDAZA Gerente General (e) ANEXO 1 PROYECTO TECNICO DE INTERCONEXION ANEXO 1.A CONDICIONES BASICAS 1. DESCRIPCION: El presente proyecto establece las condiciones tecnicas y operativas para interconectar la red del servicio portador de larga distancia nacional e internacional de INFODUCTOS con la red de los servicios de telefonia fija local (bajo la modalidad de abonado y bajo la modalidad de telefonos publicos) y de larga distancia de TELEFONICA y la red de telefonia movil de TM. La interconexion debe permitir que las llamadas telefonicas de larga distancia nacional e internacional desde y hacia la red de INFODUCTOS, MORDAZA cursadas a traves de las redes de TELEFONICA y TM. Para el caso de las llamadas de larga distancia nacional e internacional senaladas en el parrafo anterior, la interconexion debe permitir que estas terminen en cualquier area local, inclusive donde INFODUCTOS no tenga presencia. 1.1 Servicios basicos ofrecidos por TELEFONICA y/o TM 1.1.1 Terminacion de llamada: Incluye la conmutacion e informacion de senalizacion y tasacion necesarias a intercambiar para hacer efectiva la interconexion. La terminacion de llamada supone la posibilidad de completar las llamadas originadas desde y hacia la red del operador solicitante de la interconexion hacia y desde la red del operador al que se le solicita la interconexion en el area local donde ambos tengan infraestructura propia instalada. En ese orden, TELEFONICA y TM haran posible que las llamadas de larga distancia nacional o de larga distancia internacional que se originen o terminen en sus redes de telefonia fija local y movil respectivamente, se cursen por la red portadora de INFODUCTOS inicialmente en los departamentos de MORDAZA incluyendo la Provincia Constitucional del Callao, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Cusco. En los departamentos donde INFODUCTOS no tenga presencia fisica, la red de larga distancia de TELEFONICA le prestara el servicio de larga distancia en las condiciones economicas establecidas en el Anexo 2. La definicion de terminacion de llamada sera aplicable tambien para los futuros puntos de interconexion. 1.1.2 Enlace de interconexion: Es el circuito de interconexion punto a punto fisico o virtual que enlaza las redes de distintos operadores concesionarios a ser interconecta-

das en la misma localidad y aplica tambien entre operadores locales con operadores de larga distancia en la misma localidad. Los cargos generados por el enlace de interconexion se encuentran establecidos en el Anexo 2 de Condiciones Economicas. 1.1.3 Transporte conmutado: Es el conjunto de medios de transmision y conmutacion de un portador local que enlazan las redes de distintos operadores concesionarios en la misma localidad. El transporte conmutado generara un cargo unicamente cuando la llamada es destinada/originada a redes moviles o de terceros operadores. Dicho cargo se encuentra establecido en el Anexo 2 de Condiciones Economicas. 2. PUNTOS DE INTERCONEXION 2.1 El Punto de Interconexion (PdI) es el lugar especifico, fisico o virtual, a traves del cual entran o salen las senales que se cursan entre las redes o servicios interconectados. Define y delimita la responsabilidad de cada operador. 2.2 Los Puntos de Interconexion iniciales se encuentran ubicados en los locales de TELEFONICA en las ciudades solicitadas por INFODUCTOS, cuyas direcciones se indican en el numeral 2 del ANEXO 1.B. 2.3 Los Puntos de Interconexion pueden ser incrementados en cualquier area local donde INFODUCTOS tenga presencia, por acuerdo entre ambos operadores. 2.4 En los puntos de interconexion senalados en los numerales 2.2 y 2.3, ambos operadores garantizaran la calidad de servicio, accesibilidad y capacidad de trafico. 2.5 En el caso de presentarse alguna circunstancia que imposibilite a TELEFONICA la implementacion del o de los Puntos de Interconexion senalados en el numeral 2.2, ambos operadores acordaran la implementacion de un Punto de Interconexion alternativo, semejante en terminos economicos y tecnicos al Punto de Interconexion originalmente senalado en el presente MANDATO. 2.6 En el caso que se cancele una Orden de Servicio para la implementacion de un Punto de Interconexion, el operador que solicito la cancelacion debera asumir los gastos que MORDAZA incurrido la otra parte para dicha implementacion. 2.7 La informacion minima requerida para que se pueda proporcionar un Punto de Interconexion es la siguiente: a) Cantidad de enlaces de interconexion expresada en numero de E1. b) Servicios opcionales de ser requeridos. c) Informacion sobre las dimensiones, requerimientos de energia y demas facilidades para los equipos a ser coubicados, en caso de ser requerida la coubicacion. d) Proyeccion a cinco (5) anos de los enlaces de interconexion que se requeriran. e) Cronograma requerido de fechas estimadas de instalacion. INFODUCTOS remitira a TELEFONICA las correspondientes ordenes de servicio de acuerdo al procedimiento establecido en el Anexo I.F, a efectos de establecer el o los Puntos de Interconexion. 2.8 El sistema de transmision utilizado para los enlaces de interconexion en el Punto de Interconexion puede ser proporcionado ya sea por INFODUCTOS, TELEFONICA o por un tercer concesionario del servicio portador local segun decida INFODUCTOS. En el caso que TELEFONICA provea los enlaces de interconexion, las partes se sujetaran a lo establecido en el numeral 5 del Anexo 2 - Condiciones Economicas. Si INFODUCTOS proporciona los enlaces de interconexion mantendra la propiedad y se responsabilizara de la operacion y mantenimiento de los mismos, los cuales estaran a su cargo. 2.9 INFODUCTOS podra solicitar a TELEFONICA rutas alternas de transmision para proteger los enlaces de interconexion, las que seran proporcionadas, de ser tecnicamente posibles, encontrandose las mismas sujetas a acuerdos especificos. Dichos acuerdos deberan ser puestos en conocimiento de OSIPTEL en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la suscripcion, para su aprobacion. 2.10 Las interfaces de la red en los Puntos de Interconexion, las normas y otras caracteristicas tecnicas para la interconexion cumpliran con las especificaciones tecnicas establecidas en el Anexo I.C. 2.11 Todos los equipos y accesorios que MORDAZA instalados por MORDAZA partes seran digitales, nuevos y de reciente generacion. A estos efectos MORDAZA partes deberan proporcionarse mutuamente los certificados de los equipos con garan-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.