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Pág. 190858 NORMAS LEGALES Lima, lunes 24 de julio de 2000 Las solicitudes de órdenes de servicio de INFODUCTOS observarán el siguiente procedimiento: 1.1 La Gerencia de Regulación y Planificación Estratégi- ca de TELEFONICA o la que haga sus veces, recibirá las solicitudes de órdenes de servicio de INFODUCTOS. TELEFONICA evaluará las solicitudes de órdenes de servicio de INFODUCTOS y las ingresará en su sistema mediante un formato establecido de común acuerdo, que provea con el número de orden a INFODUCTOS. El Departamento Técnico de INFODUCTOS o el que haga sus veces, será la contraparte de la Gerencia de Desarrollo de TELEFONICA, para todos los aspectos técni- cos mencionados, una vez aceptada la orden de servicio. 1.2 TELEFONICA e INFODUCTOS acordarán la utili- zación de uno de los siguientes medios: courier, fax o cual- quier intercambio electrónico de datos y la utilización de un determinado formato para solicitar puntos de interconexión y enlaces. 1.3 Las solicitudes de órdenes de servicio deberán conte- ner como mínimo la siguiente información para que TELE- FONICA pueda proveer lo solicitado: • Fecha de solicitud de orden de servicio. • Número de orden de INFODUCTOS. • Nombre y dirección del local de cada terminal de enlace de punto de interconexión. • Nombre y número de teléfono del área de INFODUC- TOS encargada de realizar las siguientes funciones: coordi- nación de la orden, confirmación de la orden, instalación y prueba. • Descripción del lugar de punto de interconexión. • Fecha de puesta en servicio requerida. • Cantidad de enlaces requeridos. • Servicios opcionales, de ser requeridos. 1.4 Algunas fechas importantes, de aquí en adelante conocidas como fechas críticas, se asociarán con la orden de servicio. Estas fechas críticas utilizadas por TELEFONICA e INFODUCTOS para monitorear el progreso del proceso de interconexión serán : a) Fecha de solicitud de orden de servicio.- El día que INFODUCTOS entrega a TELEFONICA una solicitud de acuerdo a lo establecido en el punto 1.1 del presente anexo. b) Fecha de emisión de la orden.- La fecha en la cual TELEFONICA emite por escrito las condiciones para la implementación de la orden. c) Fecha de aceptación de la orden. - La fecha en la cual INFODUCTOS acepta por escrito las condiciones esta- blecidas por TELEFONICA para la implementación de la orden, incluido el presupuesto presentado. d) Fecha de prueba.- Fecha en la cual TELEFONICA e INFODUCTOS comienzan las pruebas técnicas de acepta- ción de equipos y sistemas. Antes de las mismas, ambos Operadores completarán todo el cableado, verificarán la continuidad y operación de equipos, así como la carga de los datos. e) Fecha de puesta en servicio o fecha de servicio.- Fecha en la cual el punto de interconexión o enlaces se encuentran operativos y disponibles después de las pruebas de aceptación acordadas en el Anexo I.D y firmada el acta de aceptación respectiva. La fecha de puesta en servicio será una fecha acordada entre las partes, basada en el intervalo de provisión para el tipo de requerimiento realizado. Una vez establecida una fecha de puesta de servicio, ésta no se cambiará sin el consentimiento y acuerdo de ambos opera- dores. 1.5 Cuando INFODUCTOS envíe una solicitud u orden de servicio a TELEFONICA para requerir un enlace o punto de interconexión, TELEFONICA deberá responder a más tardar en quince (15) días hábiles desde la fecha de solicitud. En caso que la respuesta sea afirmativa, se procesará la orden según los intervalos descritos en el Punto 2 del presente Anexo. En el caso que factores técnicos impidan que la respuesta de TELEFONICA sea afirmativa, ésta, dentro del plazo de 15 días, señalará una fecha para obtener el servicio. La confirmación de la orden por parte de TELEFONICA contendrá la siguiente información: a) Número de orden de TELEFONICA y número de solicitud de orden de INFODUCTOS b) El circuito o número de equipo para cada enlace ordenado c) Número de Grupo Troncal.d) Fechas críticas para las órdenes recibidas. e) Código de Punto de Señalización 2. INTERVALOS DE PROVISION 2.1 El intervalo de provisión es el tiempo requerido para disponer de los enlaces y puntos de interconexión solicita- dos. El intervalo de provisión indicará el número de días hábiles que deberán mediar entre la fecha de solicitud y la fecha de puesta en servicio. 2.2 Los siguientes intervalos de provisión serán aplica- bles desde la fecha de solicitud de orden de servicio: Requerimiento Intervalo de Provisión (*) Provisión de un punto de interconexión Menor o igual a 90 días hábiles Provisión de Enlaces Adicionales Menor o igual a 30 días hábiles (*)El intervalo de provisión de un punto de interconexión incluye la provisión de los enlaces de interconexión correspondientes a dicho punto. Durante el proceso de adecuación de equipos e infraes- tructura expuesto en el numeral 5 del Anexo I.A se indicará a TELEFONICA los requisitos de proyección a largo plazo de INFODUCTOS y se ayudará a TELEFONICA a cumplir con estos intervalos. 2.3 Para instalar un enlace de interconexión o un punto de interconexión, ambos operadores deberán garantizar la disponibilidad de suficiente personal técnico en la ejecución de las pruebas de aceptación acordadas en el Anexo I.D. 2.4 Una vez realizada la provisión de enlaces de interco- nexión o de un punto de interconexión, ésta deberá ser puesta en conocimiento de OSIPTEL en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario. ANEXO 1.G OPERACION, MANTENIMIENTO Y GESTION DE AVERIAS 1. GENERALIDADES 1.1 Cada operador establecerá su centro principal de monitoreo de red como punto central de contacto, con el propósito de informar al otro operador de fallas en los puntos de interconexión a nivel nacional y para coordinar aspectos de operación y mantenimiento de los PdI que afecten al sistema de otro operador o a sus clientes. 1.2 Cada operador dispondrá de personal para garanti- zar la operación y mantenimiento con el fin de asegurar la continuidad y calidad del servicio. Cada operador realizará el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de su propiedad en los PdI. 1.3 Las rutinas de mantenimiento se ajustarán a las recomendaciones del fabricante. 2. EVALUACION Y PRUEBAS EN EL PUNTO DE INTERCONEXION 2.1 Las averías deberán ser registradas en formatos que contemplen información básica como fecha y hora del repor- te, posible avería detectada, infraestructura afectada, nom- bre de la persona que efectúa el reporte, nombre de la persona que recibe el reporte y tiempo estimado de la reparación. 2.2 Para evaluar la calidad de los enlaces de interco- nexión se utilizarán las recomendaciones de transmisión definidas en los estándares y especificaciones que recomien- dan la UIT-T aplicables a los sistemas de transmisión digital y los que se acuerden y sean aplicables en los protocolos de Aceptación y Prueba contenidos en el Anexo I.D. 2.3 Con el fin de prevenir fallas en los equipos del PdI y su proceso de recuperación, se realizarán pruebas de calidad en coordinación con el otro operador, en lapsos no mayores de 3 meses. 3. GESTION DE AVERIAS 3.1 Fallas en los puntos de interconexión: Cada operador establecerá su centro principal de monitoreo de red como punto central de contacto para el propósito de informar al otro operador de fallas en los puntos de interconexión que afecten al sistema del otro operador o sus clientes Ambas empresas se informarán, por escrito, sobre los teléfonos de contacto de los Centros de Gestión los cuales atenderán durante las 24 horas del día, los 365 días del año. Si cualquiera de las partes proyectara modificar el punto de contacto establecido, deberá comunicarlo a la otra parte con una anticipación no menor de quince días.