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Pág. 190914 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de julio de 2000 para la inscripción de las Empresas Extranjeras de Rea- seguros; Que, la citada empresa ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la mencionada norma administra- tiva; Que, la Comisión Calificadora de Empresas Extranje- ras de Reaseguros y Corredores de Reaseguros, en sesión celebrada el 12 de julio de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción de la em- presa Royal & Sun Alliance Insurance PLC en el Registro del Sistema de Seguros que lleva esta Superin- tendencia, bajo matrícula E.RE.86 , cuya representación será ejercida por el señor Germán José Martín Barrios Fernández Concha con domicilio legal en Arias Aragüez Nº 250, Miraflores. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA MASIAS QUIROGA Superintendente Adjunto de Seguros 8440 Autorizan a MIBANCO la apertura de oficina especial temporal en el distrito de San Miguel RESOLUCION SBS Nº 488-2000 Lima, 19 de julio del 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por MIBANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., para que se le autorice la apertura de una oficina especial de carácter temporal en las instalaciones de la Feria Internacional del Pacífico, ubicada en la Av. La Marina Nº 2355 del distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solici- tada; De acuerdo con lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "E" mediante el Informe Nº ASIF "E" - 108-OT/2000; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros-, y de acuerdo con la Circular SBS Nº B- 1996-97, y en virtud de la facultad delegada por Resolu- ción SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a MIBANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. la apertura de una oficina especial del 22 de julio al 6 de agosto del 2000, en las instalaciones de la Feria Internacional del Pacífico, ubica- da en la Av. La Marina Nº 2355 del distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunto de Banca 8443ADUANAS Modifican estructuras de datos p ara transmisión electrónica de la Decla- ración Unica de Aduanas, la Orden de Embarque y demás documentos complementarios del despacho aduanero RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL DE SISTEMAS Nº 003-2000-ADUANAS Callao, 20 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 5º de la Ley General de Aduanas establece que para el desarrollo y facilidades de las acti- vidades aduaneras, ADUANAS podrá expedir normas y establecer procedimientos que regulen la emisión, trans- ferencia, uso y control de la información, relacionada con tales actividades, sea ésta soportada en medios documen- tales, magnéticos o electrónicos, la que se reputará legíti- ma, salvo prueba en contrario. Que, ADUANAS ha venido trabajando en la moderni- zación de sus servicios y en la automatización de la totalidad de los procedimientos aduaneros, llevándolos a medios electrónicos (TELEDESPACHO). Que, mediante Resolución de Intendencia Nacional Nº 001059-INTA del 14.9.99, se aprobó el Procedimien- to Específico INTA-PE.00.02 Teledespacho, donde se establece que la Intendencia Nacional de Sistemas define la estructura de los archivos electrónicos que se utilizan para el envío electrónico de la información del despacho aduanero. Que, a fin de implementar las mejoras y/o modificacio- nes para el ejemplar B de la DUA requeridas por la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, es necesario modificar las estructuras de datos para la transmisión electrónica de la Declaración Unica de Aduanas, la Orden de Embarque y de los documentos complementarios al despacho aduanero. Que, los cambios se han venido coordinando desde el 22.06.2000 con los proveedores de software, se encuen- tran publicados en la página Web de Aduanas y han sido motivo de charlas informativas, siendo necesaria su for- malización. Que, en uso de las facultades establecida por la Ley Orgánica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 01223- 99 modificada por Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000320 del 23.2.2000 respectivamente, y estando a la delegación de facultades contenida en las Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 01322 del 16.12.99. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébase la modificación de las estruc- turas de datos de la "DECLARACION UNICA DE ADUA- NAS - ELECTRONICA" ( e-DUA ), la "ORDEN DE EM- BARQUE" y demás documentos del despacho aduanero electrónico, que en anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- A partir del 5 de agosto del 2000, los Despachadores de Aduana, Empresas de mensajería, Aerolíneas y Depósitos de material de uso aeronáutico, que realicen transmisiones electrónicas deberán utilizar los formatos electrónicos señalados en el Artículo Primero de la presente resolución. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigen- cia a partir del 5 de agosto del 2000. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO RUIZ GUEVARA Intendente Nacional de Sistemas