Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2000 (26/07/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 190914

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2000

para la inscripcion de las Empresas Extranjeras de Reaseguros; Que, la citada empresa ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la mencionada MORDAZA administrativa; Que, la Comision Calificadora de Empresas Extranjeras de Reaseguros y Corredores de Reaseguros, en sesion celebrada el 12 de MORDAZA de 2000, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion de la empresa Royal & Sun Alliance Insurance PLC en el Registro del Sistema de Seguros que lleva esta Superintendencia, bajo matricula E.RE.86, cuya representacion sera ejercida por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con domicilio legal en MORDAZA Araguez Nº 250, Miraflores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QUIROGA Superintendente Adjunto de Seguros 8440

ADUANAS
Modifican estructuras de datos para transmision electronica de la Declaracion Unica de Aduanas, la Orden de Embarque y demas documentos complementarios del despacho aduanero
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL DE SISTEMAS Nº 003-2000-ADUANAS Callao, 20 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 5º de la Ley General de Aduanas establece que para el desarrollo y facilidades de las actividades aduaneras, ADUANAS podra expedir normas y establecer procedimientos que regulen la emision, transferencia, uso y control de la informacion, relacionada con tales actividades, sea esta soportada en medios documentales, magneticos o electronicos, la que se reputara legitima, salvo prueba en contrario. Que, ADUANAS ha venido trabajando en la modernizacion de sus servicios y en la automatizacion de la totalidad de los procedimientos aduaneros, llevandolos a medios electronicos (TELEDESPACHO). Que, mediante Resolucion de Intendencia Nacional Nº 001059-INTA del 14.9.99, se aprobo el Procedimiento Especifico INTA-PE.00.02 Teledespacho, donde se establece que la Intendencia Nacional de Sistemas define la estructura de los archivos electronicos que se utilizan para el envio electronico de la informacion del despacho aduanero. Que, a fin de implementar las mejoras y/o modificaciones para el ejemplar B de la DUA requeridas por la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, es necesario modificar las estructuras de datos para la transmision electronica de la Declaracion Unica de Aduanas, la Orden de Embarque y de los documentos complementarios al despacho aduanero. Que, los cambios se han venido coordinando desde el 22.06.2000 con los proveedores de software, se encuentran publicados en la pagina Web de Aduanas y han sido motivo de charlas informativas, siendo necesaria su formalizacion. Que, en uso de las facultades establecida por la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 0122399 modificada por Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 000320 del 23.2.2000 respectivamente, y estando a la delegacion de facultades contenida en las Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 01322 del 16.12.99. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebase la modificacion de las estructuras de datos de la "DECLARACION UNICA DE ADUANAS - ELECTRONICA" ( e-DUA ), la "ORDEN DE EMBARQUE" y demas documentos del despacho aduanero electronico, que en anexo forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- A partir del 5 de agosto del 2000, los Despachadores de Aduana, Empresas de mensajeria, Aerolineas y Depositos de material de uso aeronautico, que realicen transmisiones electronicas deberan utilizar los formatos electronicos senalados en el Articulo Primero de la presente resolucion. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 5 de agosto del 2000. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Sistemas

Autorizan a MIBANCO la apertura de oficina especial temporal en el distrito de San MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 488-2000 MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por MIBANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., para que se le autorice la apertura de una oficina especial de caracter temporal en las instalaciones de la Feria Internacional del MORDAZA, ubicada en la Av. La MORDAZA Nº 2355 del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; De acuerdo con lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "E" mediante el Informe Nº ASIF "E" - 108-OT/2000; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros-, y de acuerdo con la Circular SBS Nº B1996-97, y en virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a MIBANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. la apertura de una oficina especial del 22 de MORDAZA al 6 de agosto del 2000, en las instalaciones de la Feria Internacional del MORDAZA, ubicada en la Av. La MORDAZA Nº 2355 del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca 8443

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.