Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2000 (26/07/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2000

Que, el Articulo 5º de la citada resolucion viceministerial establece que cumplida con la formalidad exigida se efectuara el reconocimiento de la titularidad de los derechos y obligaciones que se deriven de la transferencia de concesiones; Que, con fecha 26.5.2000, las empresas involucradas en la transferencia presentan el testimonio de escritura publica de fusion y posterior escision extendida el 4.3.2000 e inscrito en Registros Publicos dentro del plazo establecido en la Resolucion Viceministerial Nº 017-2000-MTC/15.03; Que, habiendo cumplido las empresas con presentar el instrumento publico inscrito en los Registros Publicos sobre fusion, escision y constitucion social de las nuevas sociedades dentro del plazo establecido en la Resolucion Viceministerial Nº 017-2000-MTC/15.03, corresponde en aplicacion del Articulo 5º de la citada resolucion, dictar el acto administrativo de reconocimiento de titularidad de los derechos y obligaciones que se derivan de la transferencia de las concesiones en los terminos senalados en la Resolucion Viceministerial Nº 017-2000-MTC/15.03; Que, de otro lado, las empresas solicitaron la modificacion de las caracteristicas tecnicas como consecuencia de la fusion y posterior escision; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, a traves del Informe Nº 179-2000-MTC/ 15.03.UECT opina que es procedente el reconocimiento de la titularidad a favor de la empresa SMR DIRECT PERU S.R.L. y la modificacion de las caracteristicas tecnicas de operacion solicitadas; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, su Reglamento General y modificatorias; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconocer a la empresa SMR DIRECT PERU S.R.L., como titular de las concesiones otorgadas por Resoluciones Ministeriales Nºs. 131-95-MTC/15.04, 418-95-MTC/15.17, 447-95-MTC/15.17, 043-96-MTC/ 15.17 y 069-96-MTC/15.17 para la prestacion del servicio publico movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado) en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; empresa que asume de pleno derecho las obligaciones y derechos derivados de las referidas concesiones. Articulo 2º.- Autorizar a la empresa SMR DIRECT PERU S.R.L. la modificacion de las caracteristicas tecnicas de operacion, conforme a los anexos que forman parte integrante de la presente resolucion y que reemplazan a los anexos aprobados por las Resoluciones Ministeriales a que se refiere el articulo precedente, en lo que corresponda. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba la addenda a efectos de formalizar lo dispuesto en los articulos precedentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 8430

Que, el Articulo 186º del mismo texto legal precisa que tratandose de servicios publicos de telecomunicaciones, la asignacion del espectro se MORDAZA mediante Resolucion Viceministerial; Que, el inciso 2) del Articulo 124º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones dispone que el otorgamiento de la concesion asi como las asignaciones de espectro que corresponda, se efectuaran obligatoriamente por concurso publico de ofertas cuando se senale en el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias (PNAF); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 450-98-MTC/ 15.03 de fecha 19.10.98, se modifica el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias (PNAF) para la banda comprendida entre 1850 y 1990 MHz, destinandola a los servicios publicos moviles y fijos que se prestan mediante sistemas de comunicaciones personales (PCS) y aplicaciones de acceso fijo inalambrico (FWA). Asimismo, se establecio que el otorgamiento de la autorizacion correspondiente para el uso de frecuencias para la explotacion de PCS y aplicaciones de FWA sera por concurso publico de ofertas; Que, de acuerdo con el numeral 2 del Articulo 6º del Texto Unico Ordenado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el Articulo 1º de la Ley Nº 27111, corresponde a la Comision de Promocion de la Inversion Privada (COPRI) establecer las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos que seran entregados en concesion al sector privado; Que, como resultado de la Licitacion Publica Especial a cargo de la COPRI, para la asignacion del espectro radioelectrico y la entrega en concesion al sector privado de los servicios de telefonia fija local y portador local, se ha otorgado la buena pro a MILLICOM PERU S.A., en acto publico de fecha 20.6.2000; Que, asimismo, de acuerdo a lo previsto en las bases de la Licitacion Publica Especial, la sociedad concesionaria debera presentar su perfil del proyecto tecnico en un plazo no mayor de seis (6) meses para su aprobacion, en el que se aprobara las metas de uso de espectro radioelectrico y las caracteristicas tecnicas de operacion; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, resulta procedente la asignacion del espectro radioelectrico; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 020-98-MTC, 021-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Asignar a MILLICOM PERU S.A. espectro radioelectrico conforme se precisa en el anexo 1 que forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 8467 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 258-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2000 CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 118º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones dispone que "En el caso de servicios publicos que utilicen medios radioelectricos, dichas caracteristicas tecnicas estaran contenidas en la respectiva resolucion de asignacion de espectro"; Que, el Articulo 186º del mismo texto legal precisa que tratandose de servicios publicos de telecomunicaciones, la asignacion del espectro se MORDAZA mediante Resolucion Viceministerial; Que, el inciso 2) del Articulo 124º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones dispone que el otorgamiento de la concesion asi como las asignaciones de espectro que corresponda, se efectuaran obligatoriamente por concurso publico de ofertas cuando se senale en el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias (PNAF);

Asignan espectros radioelectricos a Millicom Peru S.A. y Telefonica del Peru S.A.A.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 257-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2000 CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 118º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones dispone que "En el caso de servicios publicos que utilicen medios radioelectricos, dichas caracteristicas tecnicas estaran contenidas en la respectiva resolucion de asignacion de espectro";

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