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Pág. 187499 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de junio de 2000 para la extracción comercial del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas ) el que tendrá vigencia hasta el 30 de junio del 2000, o hasta la captura de veinte mil toneladas métricas (20,000 TM) de este recurso, lo que ocurra primero; en este régimen no son de aplicación los numera- les indicados en la citada resolución, en lo aplicable, del Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-98-PE, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98- PE y 156-2000-PE; Que a través de los escritos del visto, el recurrente solicita permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras calamareras "TENYU MARU Nº 88" y "TEN- YU MARU Nº 28" de 337 TRN y 359 TRN, respectiva- mente, en la extracción del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero mediante Informe Nº 161- 2000-PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal según las facultades delegadas por Resolución Ministerial Nº 010- 2000-PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-98-PE modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98- PE y 156-2000-PE, la Resolución Ministerial Nº 086- 2000-PE, el Procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca al señor GEOR- GE LUIS KAWANO VERA, representante legal en el Perú del armador japonés OGATA GYOGYO KABUS- HIKI KAISHA, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera japonesa cuyas características se detallan a continuación, en la extracción del recurso calamar gigan- te o pota ( Dosidicus gigas ) en aguas jurisdiccionales pe- ruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa. EMBARCACION T.R.N. CAPAC. DE INDI- SISTEMA ARTE VIGENCIA INTERN. ALMAC. CATIVO DE DE DE (m3) INTERNAC. PRESERV. PESCA PERMISO DE PESCA "TENYU AMARU Nº 88" 337 953.70 J K F F CONGELADO POTERA 1-6 AL 30-6-2000 "TENYU AMARU Nº 28" 359 847.00 J D X Y CONGELADO POTERA 1-6 AL 30-6-2000 Artículo 2º.- El permiso de pesca otorgado por el artículo precedente está sujeto al Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Reso- lución Ministerial Nº 047-98-PE modificado por Resolu- ciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE, en lo aplicable, a las condiciones y compromisos asumidos conforme a la Resolución Ministerial Nº 086-2000-PE que establece el régimen especial para la extracción comercial de calamar gigante o pota, normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento jurídico pesquero nacional, cuyo incumplimiento será causal de suspensión o caduci- dad del derecho otorgado según corresponda. Artículo 3º.- La eficacia de la presente Resolución y el inicio de las operaciones de pesca de las embarcacio- nes pesqueras calamareras citadas en el Artículo 1º de la presente Resolución, está condicionada a la entrada en vigencia del permiso de pesca y la comunicación que efectúe la Dirección Nacional de Extracción del Ministe- rio de Pesquería a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, después de efectuada la inspección técnica correspondiente y de la instalación del sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de las referidas embarcaciones. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción (e) 6215PROMUDEH Designan presidentes y miembros de directorio s de las Sociedades de Beneficencia Pública de Barranca, Ilo y Huancayo RESOLUCION MINISTERIAL Nº 138-2000-PROMUDEH Lima, 2 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirió al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiéndose asimismo la transfe- rencia al referido Instituto, de las Beneficencias Públicas del país y Juntas de Participación Social; Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMU- DEH, se dispone la nueva conformación de los Directo- rios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participación Social, los mismos que deben estar inte- grados, entre otros, por dos representantes del Ministe- rio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Decreto Supremo Nº 002-97- PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al doctor RONALD JORGE VICTOR TAMBINI CARRION como Presidente y al señor JORGE LUIS BALABARCA FERNANDEZ como Miembro del Directorio de la Socie- dad de Beneficencia Pública de Barranca, ambos en repre- sentación del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 6271 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 148-2000-PROMUDEH Lima, 2 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirió al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiéndose asimismo la transfe- rencia al referido Instituto, de las Beneficencias Públicas del país y Juntas de Participación Social; Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMU- DEH, se dispone la nueva conformación de los Directo- rios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participación Social, los mismos que deben estar inte- grados, entre otros, por dos representantes del Ministe- rio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; Que la Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo Nº 26918, establece que los Directores de las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participa- ción Social, continúan en sus funciones, mientras no sean expresamente removidos de sus cargos, resultando necesario aceptar la renuncia formulada por la Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huancayo y dar por concluida la designación de la Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Ilo;