Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2000 (03/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 3 de junio de 2000

NORMAS LEGALES

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para la extraccion comercial del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) el que tendra vigencia hasta el 30 de junio del 2000, o hasta la captura de veinte mil toneladas metricas (20,000 TM) de este recurso, lo que ocurra primero; en este regimen no son de aplicacion los numerales indicados en la citada resolucion, en lo aplicable, del Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98PE y 156-2000-PE; Que a traves de los escritos del visto, el recurrente solicita permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras calamareras "TENYU MARU Nº 88" y "TENYU MARU Nº 28" de 337 TRN y 359 TRN, respectivamente, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante Informe Nº 1612000-PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal segun las facultades delegadas por Resolucion Ministerial Nº 0102000-PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98PE y 156-2000-PE, la Resolucion Ministerial Nº 0862000-PE, el Procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca al senor MORDAZA MORDAZA KAWANO MORDAZA, representante legal en el Peru del armador japones OGATA GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera japonesa cuyas caracteristicas se detallan a continuacion, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa.
EMBARCACION T.R.N. CAPAC. DE INDIINTERN. ALMAC. CATIVO (m3) INTERNAC. SISTEMA DE PRESERV. ARTE DE PESCA VIGENCIA DE PERMISO DE PESCA

PROMUDEH
Designan presidentes y miembros de directorios de las Sociedades de Beneficencia Publica de Barranca, Ilo y Huancayo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 138-2000-PROMUDEH MORDAZA, 2 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirio al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiendose asimismo la transferencia al referido Instituto, de las Beneficencias Publicas del MORDAZA y Juntas de Participacion Social; Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, se dispone la nueva conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Decreto Supremo Nº 002-97PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA TAMBINI MORDAZA como Presidente y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Barranca, ambos en representacion del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 6271 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 148-2000-PROMUDEH MORDAZA, 2 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirio al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiendose asimismo la transferencia al referido Instituto, de las Beneficencias Publicas del MORDAZA y Juntas de Participacion Social; Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, se dispone la nueva conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; Que la Ley de Creacion del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo Nº 26918, establece que los Directores de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social, continuan en sus funciones, mientras no MORDAZA expresamente removidos de sus cargos, resultando necesario aceptar la renuncia formulada por la Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Huancayo y dar por concluida la designacion de la Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Ilo;

"TENYU MORDAZA Nº 88" "TENYU MORDAZA Nº 28"

337 359

953.70 847.00

JKFF JDXY

CONGELADO CONGELADO

POTERA 1-6 AL 30-6-2000 POTERA 1-6 AL 30-6-2000

Articulo 2º.- El permiso de pesca otorgado por el articulo precedente esta sujeto al Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE, en lo aplicable, a las condiciones y compromisos asumidos conforme a la Resolucion Ministerial Nº 086-2000-PE que establece el regimen especial para la extraccion comercial de calamar gigante o pota, normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento juridico pesquero nacional, cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda. Articulo 3º.- La eficacia de la presente Resolucion y el inicio de las operaciones de pesca de las embarcaciones pesqueras calamareras citadas en el Articulo 1º de la presente Resolucion, esta condicionada a la entrada en vigencia del permiso de pesca y la comunicacion que efectue la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, despues de efectuada la inspeccion tecnica correspondiente y de la instalacion del sistema de Seguimiento Satelital SISESAT a bordo de las referidas embarcaciones. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 6215

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