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Pág. 187952 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de junio de 2000 mico Financiero Nº 023-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/ LAT. y el Informe Técnico Nº 043-2000-MITINCI/VMT/DNT/ DE-JCMT/AT-h.r.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 29 de febrero del 2000 la empresa PROYEC- CIONES RECREATIVAS S.A. solicita autorización para ex- plotar juegos de máquinas tragamonedas en el estableci- miento denominado "Krash", ubicado en la Avda. Paseo de la República Nº 119, distrito, provincia y departamento de Lima; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas", le otorga a la Direc- ción Nacional de Turismo las facultades administrativas de auto- rización vinculadas a la aplicación de dicha Ley, estableciéndose en el inciso a) del Artículo 25º que a la Dirección Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autorizaciones de explotación de juegos de máquinas tragamonedas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Dirección Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de julio del 2000, la explotación de máquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados; Que, de la evaluación del Expediente Nº 002932-2000- MITINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorización Expresa exigi- dos en la Ley Nº 27153 como en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153, su modificatoria Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supre- mo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa PROYECCIONES RECREATIVAS S.A. la explotación de juegos de máquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "Krash", con giro principal de funcionamiento correspondiente a Discoteca, ubicado en la Avda. Paseo de la República Nº 119, distrito, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empre- sa PROYECCIONES RECREATIVAS S.A. a instalar y explo- tar en su sala de juegos, Setentinueve (79) máquinas tragamo- nedas y Ciento Cuarenta (140) programas de juego cuyas características aparecen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolución, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Los modelos de máquinas tragamonedas y aquellas memorias de solo lectura que conforman los progra- mas de juego autorizados en la presente Resolución, que no se encuentren autorizados ni registrados por la Dirección Nacio- nal de Turismo, únicamente podrán ser explotados hasta el 31 de julio del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorización y Registro correspondiente tendrán que ser reti- rados o reemplazados, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- Debido a que la empresa PROYECCIONES RECREATIVAS S.A. se encontraba autorizada para explotar juegos de máquinas tragamonedas con anterioridad a la entra- da en vigencia de la Ley Nº 27153 y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, deberán cumplir con presentar la documentación y requisitos descritos en el procedi- miento establecido en el Artículo 23º de la Ley Nº 27153 y el Artículo 30º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, en el plazo de 20 días hábiles de publicada la presente Resolución. Artículo 5º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada a la empresa PROYECCIONES RECREATIVAS S.A. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre del 2002. Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA Directora Nacional de Turismo 6690 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 197-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 5 de junio del 2000 Vistos, el Expediente Nº 003026-2000-MITINCI, presenta- do por la empresa INVERSIONES LARIMAR S.A. solicitando Autorización para Explotar Juegos de Máquinas Tragamone- das en el establecimiento denominado "Miami Bingo Tragamonedas" ubicado en la Avda. La Marina Nº 1729,distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; el Informe Legal Nº 190-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/ a.g.; el Informe Económico Financiero Nº 026-2000-MITINCI/ VMT/DNT/DE-JCMT/LAT. y el Informe Técnico Nº 046-2000- MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/AT-h.r.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 29 de febrero del 2000 la empresa INVER- SIONES LARIMAR S.A. solicita autorización para explotar juegos de máquinas tragamonedas en el establecimiento deno- minado "Miami Bingo Tragamonedas" ubicado en la Avda. La Marina Nº 1729, distrito de San Miguel, provincia y departa- mento de Lima; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas", le otorga a la Dirección Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorización vinculadas a la aplicación de dicha Ley, estableciéndose en el inciso a) del Artículo 25º que a la Dirección Nacional de Turismo le corresponde expedir y revo- car las autorizaciones de explotación de juegos de máquinas tragamonedas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Dirección Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de julio del 2000, la explotación de máquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados; Que, de la evaluación del Expediente Nº 003026-2000- MITINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorización Expresa exigi- dos en la Ley Nº 27153 como en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153, su modificatoria Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supre- mo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa INVERSIONES LARI- MAR S.A. la explotación de juegos de máquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "Miami Bingo Tragamonedas" ubicado en la Avda. La Marina Nº 1729, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, con giro principal de funciona- miento correspondiente a Sala de Juego de Bingo. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empresa INVERSIONES LARIMAR S.A. a instalar y explotar en su sala de juegos, Ciento Veinte (120) máquinas tragamonedas y Ciento Sesentiocho (168) programas de juego cuyas características apare- cen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolución, no pudiendo ser trasladados a un estableci- miento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Los modelos de máquinas tragamonedas y aquellas memorias de solo lectura que conforman los progra- mas de juego autorizados en la presente Resolución, que no se encuentren autorizados ni registrados por la Dirección Nacio- nal de Turismo, únicamente podrán ser explotados hasta el 31 de julio del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorización y Registro correspondiente tendrán que ser reti- rados o reemplazados, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- Debido a que la empresa INVERSIONES LARIMAR S.A. se encontraba autorizada para explotar juegos de máquinas tragamonedas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153 y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, deberán cumplir con presentar la documentación y requisitos descritos en el procedimiento establecido en el Artículo 23º de la Ley Nº 27153 y el Artículo 30º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, en el plazo de 20 días hábiles de publicada la presente Resolución. Artículo 5º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada a la empresa INVERSIONES LARIMAR S.A. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre del 2002. Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA Directora Nacional de Turismo 6691 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 198-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 5 de junio del 2000 Vistos, el Expediente Nº 002872-2000-MITINCI, presenta- do por la empresa INVERSIONES TURISTICAS LAS VEGAS S.A. solicitando Autorización para Explotar Juegos de Máqui-