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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (14/06/2000)

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Pág. 187955 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de junio de 2000 De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descentralización y el Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha al Ing. César Chia Dávila en el cargo de Secretario Técnico del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Loreto. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 6808 PESQUERIA Autorizan viaje de funcionario del IMARPE a Noruega, para participar en reuniones sobre contrato de adquisi- ción de boyas oceanográficas para proyecto relativo al pronóstico y eva- luación del Fenómeno "El Niño" RESOLUCION SUPREMA Nº 037-2000-PE Lima, 12 de junio del 2000 Visto el Oficio Nº DE-100-134-2000-IMP/PE, del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, del 7 de junio del 2000. CONSIDERANDO: Que mediante comunicación de OCEANOR - Oceanographic Company of Norway ASA, el Administrador del Proyecto "Mejoramiento de la Capacidad de Pronóstico y Evaluación del Fenómeno "El Niño" para la Prevención y Mitigación de Desastres en el Perú", invita al Vicealmirante (r) Luis A. Giampietri Rojas, Presidente del Consejo Directivo del Insti- tuto del Mar del Perú - IMARPE, a participar en las reuniones sobre el Contrato de Adquisición de Boyas Oceanográficas que se realizarán en las Oficinas de OCEANOR en Trondheim, Noruega del 14 al 20 de junio del 2000; Que el Consejo Directivo del IMARPE, mediante Acuerdo Nº 047-2000-CD/O, adoptado en la Décima Sesión Ordinaria, del 24 de mayo del 2000, aprobó la participación del Vicealmi- rante AP (r) Luis A. Giampietri Rojas, Presidente del Consejo Directivo del citado Instituto, en las reuniones citadas en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27212 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000, Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF, 053-84-PCM, 074-85- PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 037-91-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Vicealmirante AP (r) Luis A. Giampietri Rojas, Presidente del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, a la ciudad de Trond- heim - Noruega, del 13 al 20 de junio del 2000, a fin de sostener reuniones con Directivos de la empresa OCEANOR, Oceano- graphic Company of Norway ASA, relacionadas al Contrato de Adquisición de Boyas Oceanográficas para el Proyecto a que se hace referencia en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, en lo que respecta a pasajes, serán cubiertos por la empresa OCEANOR y los demás gastos, por el Pliego Presupuestal del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos 2 340,00 - Tarifa CORPAC 25,00Artículo 3º.- Al término de su viaje, el indicado funciona- rio presentará un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Planificación y Presupuesto. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería 6806 Sancionan con decomiso y multa a personas naturales por infringir la Ley General de Pesca RESOLUCION COMISION DE SANCIONES Nº 091-2000-PE/CS Lima, 19 de mayo del 2000 Visto el Dictamen Nº 092-2000-PE/CS-ST del 4 de mayo del 2000, emitido por la Secretaría Técnica de la Comisión de Sanciones. CONSIDERANDO: Que el Artículo 77º de la Ley General de Pesca, promulgada por Decreto Ley Nº 25977, establece que constituye infracción toda acción u omisión que contravenga o incumpla alguna de las normas contenidas en dicha Ley, su Reglamento o demás disposiciones sobre la materia; Que de las investigaciones efectuadas, se ha determinado que con fecha 2 de diciembre de 1996, en la localidad de Paracas, el señor LUIS MARQUEZ RIOS, transportó 1 saco del recurso hidrobiológico almeja, encontrándose el mismo en época de veda establecida por la Resolución Ministerial Nº 104-95-PE, infringiendo lo dispuesto en el inciso 3) del Artículo 76º de la Ley General de Pesca; Que mediante manifestación de fecha 4 de diciembre de 1996, el señor LUIS MARQUEZ RIOS presentó sus descargos a la infracción imputada, con lo que hizo uso de su derecho de defensa en esta etapa del proceso; Que teniendo en consideración lo flagrante de la infracción cometida por el señor LUIS MARQUEZ RIOS, así como la naturaleza perecible del recurso almeja, determinó que la Direc- ción Subregional de Pesquería de Pisco adoptara como medida precautoria el decomiso del citado recurso, tal como obra en autos, a fin de asegurar la eficacia de la resolución que se expidiera por esta Comisión, por lo cual la ejecución efectuada de la citada medida debe compensarse con la sanción a imponerse; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 24º del Reglamento del Título XI de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-PE; Estando a lo acordado en el Acta de la Comisión de Sanciones Nº 009-2000-PE/CS de fecha 16 de mayo del 2000. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar con el Decomiso del recurso encon- trado en su poder, al señor LUIS MARQUEZ RIOS, al haber infringido lo dispuesto en el inciso 3) del Artículo 76º de la Ley General de Pesca. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería de Pisco, para los fines a que haya lugar. Regístrese y comuníquese. RAUL FLORES ROMANI Presidente de la Comisión de Sanciones Ma. DEL PILAR RAZURI ZARATE Miembro Deliberante de la Comisión de Sanciones JORGE VERTIZ CALDERON Miembro Deliberante de la Comisión de Sanciones 6696 RESOLUCION COMISION DE SANCIONES Nº 101-2000-PE/CS Lima, 26 de mayo del 2000