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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (21/06/2000)

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TEXTO PAGINA: 35

Pág. 188241 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de junio de 2000 nes rurales ISBN/PES 5000 (Integrated Satellite Busi- ness Network/Personal Earth Station 5000), en las insta- laciones de la empresa Hughes Network System (HNS) ubicadas en Germantown (Maryland, Estados Unidos de América), del 26 al 30 de junio de 2000; CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 147 y 148- 98-MTC/15.03 se aprobaron los Proyectos de Telecomunica- ciones Rurales Selva Norte (departamentos de Loreto y San Martín), Sur (departamentos de Arequipa, Moquegua, Puno y Tacna) y Centro Sur (departamentos de Apurímac, Ayacu- cho, Cusco, Huancavelica, Ica y Madre de Dios); y se encargó al OSIPTEL la conducción del concurso para las concesiones de los servicios públicos de telecomunicaciones conforme a dichos Proyectos; Que, por Resolución Nº 016-99-CD/OSIPTEL, el Con- sejo Directivo del OSIPTEL aprobó las Bases de la Licita- ción Pública Internacional OSIPTEL/FITEL/001-99 para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en las áreas rurales de los Proyectos Selva Norte, Sur y Centro Sur; Que, mediante cartas C.689.PD.GF/99 y C.1265.GG.GF/ 99, OSIPTEL comunica al MTC que el Comité Especial designado para los efectos de la citada licitación pública internacional, según Acta de Apertura de propuestas econó- micas con fecha 30 de noviembre de 1999, otorgó la buena pro a favor de la empresa TELEREP al realizar la mejor oferta económica para la prestación de los servicios públicos de telefonía fija local, teléfonos públicos y portador de larga distancia nacional en las áreas rurales de los Proyectos Selva Norte, Sur y Centro Sur; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 503-99- MTC/15.03 del 30 de diciembre de 1999 se otorgó la concesión a la empresa Telerep para la operación de los servicios de telefonía fija local, teléfonos públicos y portador de larga distancia nacional en las áreas rurales de los Proyectos Selva Norte, Sur y Centro Sur; y se aprobó el respectivo contrato de concesión para los ser- vicios antes indicados; Que, el 31 de enero del 2000 OSIPTEL firmó con TELE- REP el contrato de financiamiento para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en las áreas rurales de los Proyectos Selva Norte, Sur y Centro Sur; Que, en las cláusulas 11.3.1.c) de la sección I y 3.9.b) de la sección II del Apéndice 1 de dicho contrato de financiamiento, se estipula que TELEREP debe proveer, sin costo alguno para OSIPTEL, un programa de capacitación en fábrica relaciona- do con los sistemas propuestos en el perfil técnico de los proyectos Selva Norte, Sur y Centro Sur; Que, en el curso de entrenamiento técnico se tratarán los aspectos más importantes del sistema de telecomunicaciones rurales ISBN/PES 5000 incluyendo una revisión de las comu- nicaciones satelitales, arquitectura y diseño del sistema, dimensionamiento y operación de la red, así como sus componentes y equipamiento remoto para servicios de telefo- nía pública e Internet; Que, es de interés institucional la participación de los señores Enrique Ulffe Whu, Felipe Vallejos Huapaya, Javier Velasco Rodríguez de Arce, Karim Anaya Stucchi, Elías Ruiz Gonzales y Aldo Laderas Parra; funcionarios de la Gerencia de FITEL del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; Que, el financiamiento total del curso, incluidos los gastos de pasajes aéreos, impuestos de salida, alojamiento y viáticos, son asumidos por TELEREP; En aplicación de lo dispuesto por el inciso j) del Artículo 52º del Reglamento de OSIPTEL; Con la opinión favorable de la Gerencia General del OSIPTEL; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Enrique Ulffe Whu, Felipe Vallejos Huapaya, Javier Velasco Rodrí- guez de Arce, Karim Anaya Stucchi, Elías Ruiz Gonzales y Aldo Laderas Parra; funcionarios de la Gerencia de FITEL del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Teleco- municaciones - OSIPTEL, del 25 de junio al 1 de julio, para que participen en el curso de capacitación técnica en las instalaciones de la fábrica Hughes de Estados Unidos de América. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente resolución no ocasionará gasto alguno al Estado.Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, cuales- quiera fuese su denominación o clase. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KUNIGAMI KUNIGAMI Presidente del Consejo Directivo 6968 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican ordenanza de la Municipali- dad de Punta Hermosa que regula ta- sas de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Serenazgo y Agua y Desagüe ACUERDO DE CONCEJO Nº 119 Lima, 7 de junio de 2000 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Vista en Sesión de Concejo de la fecha, la solicitud formu- lada por la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, me- diante Oficio Nº 052-2000-APH para la ratificación de la Ordenanza Nº 008-2000-MPH que regula las Tasas de Arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos, Serenazgo y Agua y Desagüe en su jurisdicción para el presente ejercicio; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Admi- nistración Tributaria (SAT), emitida mediante Informe Nº 000171-2000-SAT/04 y Oficio Nº 00217-00-SAT/MML de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 051-2000- MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y la Ordenanza Nº 211; y, CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Nº 213 de 23 de febrero de 1999, establece que a partir de su vigencia las Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropo- litana de Lima fijarán a las Ordenanzas y Edictos que aprueben el número cardinal que les corresponda en forma correlativa continua, según el orden en que se promulguen; Que, la misma Ordenanza establece que los Acuerdos de Concejo, Decretos y Resoluciones Municipales, llevarán la numeración correlativa anual que les corresponda; Que, en tal virtud, las Ordenanzas Municipales deben llevar numeración correlativa continua sin referencia de año, a lo que en algunos casos no se está dando cumplimiento, situación que es necesario corregir; ACORDO: Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 008-2000-MPH, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de abril de 2000 de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, que regula las Tasas de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos, Serenazgo y Agua y Desagüe en su juris- dicción para el Ejercicio 2000. Segundo.- Recordar y recomendar a la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa que las Ordenanzas que apruebe deben llevar el número cardinal que les corresponda en forma correlativa continua sin referencia de año, conforme estable- ce la Ordenanza Metropolitana Nº 213. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 6992