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Pág. 188234 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de junio de 2000 Area de Seguridad del Terminal Portuario del Callao, para que realice la visita de inspección antes mencionada; Que, debe expedirse el acto administrativo que autorice el viaje del funcionario mencionado en el considerando precedente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización el viaje del señor Atilio Aranda Ipince, jefe de Seguridad Industrial del Area de Seguridad del Terminal Portuario del Callao de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., a la ciudad de Viena, Austria, los días 12 al 18 de junio del año 2000, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no ocasionará gastos al presupuesto de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 6995 Autorizan viaje de asesor técnico del Ministerio a México, para participar en eventos referidos a nuevas tecnolo- gías de telecomunicaciones RESOLUCION MINISTERIAL Nº 278-2000-MTC/15.03 Lima, 19 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que, la Asociación Hispanoamericana de Centros de Inves- tigación y Empresas de Telecomunicaciones - AHCIET, TELE- COMM y SATMEX de los Estados Unidos de México, han organizado los eventos denominados "AHCIET Inalámbricos 2000" y "Comisión Permanente III: Servicios Móviles", los mismos que se desarrollarán del 12 al 15 de junio del presente año en la ciudad de México D.F., Estados Unidos de México; Que, en los citados eventos se reunirán delegados de empresas vinculadas a las telecomunicaciones y se tratarán temas relacionados con las nuevas tecnologías de telecomuni- caciones inalámbricas, satelital, celular y móvil, lo que per- mitirá desarrollar proyectos de diseño, implementación, op- timización y supervisión de sistemas de telecomunicaciones; Que, la Asociación Hispanoamericana de Centros de In- vestigación y Empresas de Telecomunicaciones - AHCIET, ha otorgado al ingeniero Carlos Sotelo López, Asesor Técnico de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicacio- nes del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción, una beca integral cubriendo los costos que demande su participación en los eventos mencionados; Que, debe expedirse el acto administrativo que autorice el viaje del mencionado profesional; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización el viaje del ingeniero Carlos Sotelo López, Asesor Técnico de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a la ciudad de México D.F., Estados Unidos de Mexico, del 11 al 15 de junio del año 2000, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogará gastos al Estado. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 6998Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima-Pisco RESOLUCION DIRECTORAL Nº 223-2000-MTC/15.18 Lima, 14 de febrero de 2000 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 05729010 y 00491010, organizado por la empresa de transportes COM- PERSA 73 S.A., sobre Concesión de Ruta del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Nº 093-2000-MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Dirección de Transportes de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes COMPERSA 73 S.A., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado la concesión de la ruta: LIMA - PISCO y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 093-2000-MTC/15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida Empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendándose la procedencia del pedido for- mulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05- 95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes COM- PERSA 73 S.A. la concesión de ruta: LIMA - PISCO y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Te- rrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omni- bus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :LIMA - PISCO y VICEVERSA ORIGEN :LIMA DESTINO :PISCO ITINERARIO :CAÑETE - CHINCHA ESCALA COMERCIAL :CAÑETE - CHINCHA FRECUENCIAS :TRES DIARIAS HORARIOS DE SALIDA :DE LIMA: 06.00, 07.00 y 09.00 HORAS DE PISCO:11.00, 12.00 y 13.00 HORAS FLOTA OPERATIVA :UQ-4483 (1992), UQ-4308 (1992) y UO-2860 (1994) FLOTA DE RESERVA :UQ-2176 (1984) TIEMPO APROXIMADO :3 HORAS Las tarjetas de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposicio- nes vigentes, concernientes al Servicio Público de Trans- porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carrete- ra en Omnibus. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de su notificación. Cuarto.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 16º del referido Reglamento.