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Pág. 188229 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de junio de 2000 Por los fundamentos expuestos, se debe reponer al señor Carlos Diego Alvarado Montoya en la Situación de Actividad en el período que va del 30 de diciembre de 1992 al 11 de marzo de 1996, a efectos de que el órgano competente disponga su pase a la Situación de Retiro a partir de la segunda de las fechas mencionadas, conforme a ley; SE RESUELVE: 1º.- Dejar sin efecto para el caso específico del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República don Carlos Diego Alvarado Montoya la Resolución Suprema Nº 453/RE, del 29 de diciembre de 1992. 2º.- Reponer al señor Carlos Diego Alvarado Montoya a la Situación de Actividad, en la Categoría de Primer Secretario, en el período que corre del 30 de diciembre de 1992 al 11 de marzo de 1996. 3º.- Disponer se emita resolución del órgano competente relativa al pase a Situación de Retiro del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República don Carlos Diego Alvarado Montoya, a partir del 12 de marzo de 1996. 4º.- El Ministerio de Relaciones Exteriores dictará las disposiciones complementarias que sean necesarias para la aplicación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 7052 Autorizan viaje de funcionario diplomático a la Confederación Suiza para participar en reunión de la UNCTAD sobre Fusiones y Adquisi- ciones Transfronterizas RESOLUCION SUPREMA Nº 312-2000-RE Lima, 20 de junio del 2000 Visto el memorándum (OPE-PIN) Nº 451, del Director Ejecutivo de la Oficina de Promoción Económica, de 12 de junio del año 2000, mediante el cual comunica que el Tercer Secre- tario Roberto Ricardo De Urioste Samanamud, funcionario de dicha Oficina, ha recibido una invitación del Jefe de la División de Inversiones, Tecnología y Desarrollo Empresarial de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desa- rrollo UNCTAD, para que participe en la Reunión de UNC- TAD sobre Fusiones y Adquisiciones Transfronterizas, que se realizará en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 19 al 21 de junio del año 2000; Considerando que el Ministerio de Relaciones Exteriores promueve el perfeccionamiento y la capacitación de los funcio- narios diplomáticos, a través de facilidades para estudios e investigaciones en instituciones académicas y centros especia- lizados dentro y fuera del territorio nacional; De conformidad con los Artículos 12º inciso b) y 28º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje del Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, don Roberto Ricardo De Urioste Samanamud, funcionario de la Oficina de Promoción Econó- mica, para que participe en la Reunión de UNCTAD sobre Fusiones y Adquisiciones Transfronterizas, que se realizará en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 19 al 21 de junio del año 2000. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución por concepto de pasajes US$ 1,573.63 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, será con cargo al Programa 003, Subprograma 0006, Actividad 00267, Componente 0693, Meta 00318: Capacitar a Personas del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denomi- nación.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 7053 M T C Aceptan renuncia de Jefe de la Oficina de Auditoría Interna de la AATE RESOLUCION SUPREMA Nº 092-2000-MTC Lima, 19 de junio del 2000 Vista la renuncia formulada por el CPC Leoncio Mendoza Arroyo; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 049-98-MTC se designó al CPC Leoncio Mendoza Arroyo en el cargo de Jefe de la Oficina de Auditoría Interna de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE; Que, el mencionado funcionario ha presentado renuncia al cargo para el cual fue designado, a hacerse efectiva con fecha 31 de marzo de 2000, la misma que se hace de conocimiento por el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Autónoma del Proyec- to Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, mediante Oficio Nº 104-200-AATE/PE; De conformidad con los Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar, a partir del 31 de marzo de 2000, la renuncia formulada por el CPC Leoncio Mendoza Arroyo al cargo de Jefe de la Oficina de Auditoría Interna de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctri- co de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE; dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 7048 Aprueban Directiva "Normas Complementarias para la adjudicación de lotes mediante Subasta Pública en Posesiones Informales Formalizadas" RESOLUCION MINISTERIAL Nº 267-2000-MTC/15.01 Lima, 15 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promo- ción del Acceso a la Propiedad Informal, complementada por la Ley Nº 27046, se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, como organismo rector máxi- mo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un Programa de Formalización de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, se apro- bó el Texto Unico Ordenado de la Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal; Que, el literal a) del Artículo 3º del precitado Texto Unico Ordenado establece como función de COFOPRI el formular, aprobar y ejecutar de manera progresiva un Programa de