Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2000 (21/06/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de junio de 2000

"MANCO CAPAC" Ltda. autorizacion para desarrollar la actividad de acuicultura de subsistencia y a menor escala, con la especie "Gamitana" (Colossoma macropomun), mediante la utilizacion de estanques seminaturales con un MORDAZA de agua de 0.72 Has., en un terreno ubicado en al MORDAZA MORDAZA del Centro Poblado Menor de MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas; Que el Articulo 115º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que es causal de caducidad de la autorizacion, el incumplimiento de los objetivos prefijados en los proyectos que motivaron su otorgamiento; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la COOPERATIVA AGRARIA "MANCO CAPAC" Ltda. no ha efectuado la construccion de la infraestructura necesaria para desarrollar las actividades acuicolas autorizadas, y que durante el presente ano no ha previsto iniciar obra alguna, incumpliendo con los objetivos prefijados en el proyecto que motivo el otorgamiento de la autorizacion que ostenta, por lo que habiendo incurrido en la causal de caducidad prevista en la MORDAZA citada en el considerando precedente, resulta necesario declarar formalmente la caducidad de los derechos administrativos otorgados mediante la Resolucion Ministerial Nº 428-96-PE; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Acuicultura y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la caducidad de la autorizacion otorgada a la COOPERATIVA AGRARIA "MANCO CAPAC" Ltda. para desarrollar la actividad de acuicultura, mediante la Resolucion Ministerial Nº 428-96-PE del 20 de agosto de 1996, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion Ministerial a la Direccion Regional de Pesqueria de Amazonas y a la Direccion General de Aguas y Suelos del INRENA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria 6974

der a emitir el acto administrativo declarativo que formalice la extincion del objeto de la Resolucion Ministerial Nº 172-95PE, por el cual esta MORDAZA ha dejado de producir sus efectos, incurriendo en incumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 43º inciso d) del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 016-2000-PE/ DNPP-Dc del 10 de MORDAZA de 2000, con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la licencia de operacion otorgada a traves de la Resolucion Ministerial Nº 172-95-PE, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion Ministerial a la Direccion Regional de Pesqueria Ica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria 6975

Aceptan donacion destinada a mejorar instalaciones del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 179-2000-PE MORDAZA, 16 de junio de 2000 Visto el Oficio Nº 359-2000-PE/C.E.P-PAITA-DE del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita (CEP-PAITA), del 17 de MORDAZA del 2000. CONSIDERANDO: Que en el MORDAZA de la Cooperacion Tecnica en el MORDAZA de la Pesqueria desarrollada entre los Gobiernos del Japon y del Peru, el Ministerio de Pesqueria suscribio el 6 de agosto de 1999 en MORDAZA, el Memorandum de Acuerdo con Overseas Fishery Cooperation Foundation - OFCF del Japon, para la ejecucion del "Proyecto para el Mejoramiento de las Instalaciones para el Desarrollo Pesquero", para mejorar las instalaciones del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita (CEPPAITA) y recibir transferencia tecnologica por los tecnicos de la OFCF a contrapartes presentadas por el Ministerio de Pesqueria - MIPE, a efectos de contribuir con el mantenimiento y mejor uso del equipamiento, encargandose al CEP-PAITA su ejecucion; Que a traves del Contrato de Ejecucion de Obra del 1 de noviembre de 1999, celebrado entre Overseas Fishery Cooperation Foundation - OFCF, Sistema Sukiyaki S.A. y el CEPPAITA, se ejecuto la obra: "Rehabilitacion de las Instalaciones - Varadero de Embarcaciones y Muelle del CEP-PAITA", en el MORDAZA del "Proyecto para el Mejoramiento de las Instalaciones para el Desarrollo Pesquero", por un monto ascendente a US$ 89 340,00 (ochenta y nueve mil trescientos cuarenta dolares americanos) mas el 18% del Impuesto General a las Ventas; Que mediante el Certificado de Conclusion de Obra expedido por Sistema Sukiyaki S.A. el 30 de diciembre de 1999, se acredita que se ha concluido con la obra que se refiere el considerando que antecede; De conformidad con el Articulo 109º del Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Resolucion de Contraloria Nº 122-98CG; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la donacion que efectua la Overseas Fishery Cooperation Foundation - OFCF del Japon, a favor del Ministerio de Pesqueria - Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita (CEP-PAITA), a traves de los servicios prestados por la empresa Sistema Sukiyaki S.A., para la ejecucion de la obra: "Rehabilitacion de las Instalaciones - Varadero de Embarcaciones y Muelle del CEP-PAITA", en el MORDAZA de ejecucion del "Proyecto para el Mejoramiento de las Instalaciones para el Desarrollo Pesquero", por un valor total de US$ 89 340,00 (ochenta y nueve mil trescientos cuarenta dolares americanos) mas el 18% del Impuesto General a las Ventas (IGV), contribucion amparada en la documentacion que en Anexo forma

Dejan sin efecto licencia de operacion de procesamiento de productos hidrobiologicos otorgada a PESQUERA SAN MORDAZA S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 178-2000-PE MORDAZA, 16 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 172-95-PE del 18 de MORDAZA de 1995, se otorgo a la empresa PESQUERA SAN MORDAZA S.A., licencia de operacion en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento para que desarrolle las actividades de procesamiento de productos hidrobiologicos para la produccion de conservas y congelado, con las capacidades instaladas de 448 cajas/turno y 6 t/dia respectivamente, en su establecimiento industrial ubicado en Lotizacion Industrial MORDAZA MORDAZA, lote 1, Mz. B, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica. Que de la inspeccion efectuada el 28 de febrero del 2000, por la Direccion Regional de Pesqueria Ica, al establecimiento industrial pesquero de PESQUERA SAN MORDAZA S.A. se ha constatado que las plantas de enlatado y congelado se encuentran inoperativas y deterioradas; Que los actos administrativos dejan de producir efectos juridicos entre otros, por la extincion de su objeto, como en el presente caso, en que el derecho administrativo ha dejado de contar con una de las condiciones previas para su vigencia, cual es la operatividad de la planta de procesamiento, en consecuencia el Ministerio de Pesqueria en uso de sus facultades de administracion y control otorgadas por ley, debe proce-

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