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Pág. 188472 NORMAS LEGALES Lima, domingo 25 de junio de 2000 SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el formato "INFORMACION ESTADISTICA TRIMESTRAL: EMPRESAS ESPECIALES DE SERVICIOS" y "LAS INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DE LA INFORMACION ESTADISTICA TRI- MESTRAL QUE DEBEN PRESENTAR LAS EMPRESAS ESPECIALES DE SERVICIOS", la presentación de la infor- mación se hará de acuerdo al siguiente cronograma: FECHAS DE FECHAS DE PERIODOS REFERENCIA PRESENTACION 1º Trimestre 31 de enero Primera semana de abril 28 de febrero 31 de marzo 2º Trimestre 30 de abril Primera semana de julio 31 de mayo 30 de junio 3º Trimestre 31 de julio Primera semana de octubre 31 de agosto 31 de setiembre 4º Trimestre 31 de octubre Primera semana de enero 30 de noviembre 31 de octubre Artículo 2º.- Las empresas especiales de servicios que cuenten con registro de sucursales, agencias u oficinas deberán presentar el formato ante la Autoridad Regional de Trabajo y Promoción Social, con la información solicitada en el ámbito de la provincia donde funcionará la empresa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 7187 CONGRESO DE LA REPUBLICA FE DE ERRATAS LEY Nº 27287 - LEY DE TÍTULOS VALORES Por Oficio-Pub. Nº 065-2000-OM/CR, el Congreso de la República solicita se publique Fe de Erratas de la Ley Nº 27287 - Ley de Títulos Valores, publicada en Separata Especial en nuestra edición del 19 de junio de 2000. EN EL LIBRO PRIMERO (Página N° 188148): 1. SECCIÓN TERCERA, TÍTULO TERCERO Dice en el índice: "Cláusula sobre Pago de Intere- ses" Debe decir: "Cláusula sobre Pago de Intereses y Reajustes" 2. SECCIÓN SEXTA, TÍTULO TERCERO Dice en el índice: "De los Títulos Valores no Sujetos al Protesto" Debe decir: "De los Títulos Valores no Sujetos a Protesto" 3. SECCIÓN OCTAVA, TÍTULO TERCERO Dice en el índice: "Prescripción de la Acción de Enriquecimiento sin Causa" Debe decir: "De la Prescripción de la Acción de Enriquecimiento sin Causa" 4. SECCIÓN NOVENA Dice en el índice: "Del Deterioro, Destrucción, Ex- travío y Sustracción de Títulos Valores" Debe decir: "Del Deterioro, Destrucción, Extravío y Sustracción de los Títulos Valores"5. SECCIÓN NOVENA, TÍTULO SEGUNDO Dice en el índice: "Deterioro Total, Extravío o Sus- tracción" Debe decir: "Deterioro Total, Extravío y Sustrac- ción" EN EL LIBRO SEGUNDO (Página N° 188149): 6. SECCIÓN NOVENA, TÍTULO SEGUNDO, CAPÍTU- LO CUARTO Dice en el índice: "De los Valores Emitidos con Respaldo de Patrimonios Fideicometidos" Debe decir: "De los Valores Emitidos en Procesos de Titulización" 7. SECCIÓN NOVENA, TÍTULO TERCERO, CAPÍ- TULO PRIMERO Dice en el índice: "Las Obligaciones: Bonos y Pape- les Comerciales" Debe decir: "De las Obligaciones: Bonos, Papeles Comerciales y otros Valores" En la Página Nº 188174 Dice: Artículo 219º.- (...) J) Las condiciones ... (...) Debe decir: Artículo 219º.- (...) g) Las condiciones ... (...) 7188 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Aprueban el Reglamento de Concur- sos para el Nombramiento de Jueces y Fiscales RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 021-2000-CNM Lima, 22 de junio de 2000 VISTO: El Oficio Nº 003-2000-TID-C-CNM, del Presidente de la Comisión de Selección y Nombramiento de Magistrados del Consejo Nacional de la Magistratura; y, CONSIDERANDO: Que, compete al Consejo Nacional de la Magistratura conforme a los Artículos 2º y 21º inciso a) de su Ley Orgánica Nº 26397, la selección y nombramiento de jueces y fiscales de todos los niveles, previo concurso público de méritos y evaluación personal. Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura aprobó el Reglamento vigente de Concursos Públicos de Méritos y Evaluación Personal para el nombramiento de Magistrados que se puso en vigencia por Resolución Nº 019- 98-CNM de 10 de julio de 1998. Que, con el oficio de visto, el Presidente de la Comisión de Selección y Nombramiento de Magistrados del Consejo Nacional de la Magistratura, eleva el Proyecto de Reglamen- to de Concursos para el Nombramiento de Jueces y Fiscales,