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Pág. 184315 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de marzo de 2000 Autorizan subdivisión sin cambio de uso y sin obras de terreno ubicado en el distrito de Santa Anita RESOLUCION Nº 003-2000-MML-DMDU-DHU Lima, 9 de febrero de 2000 LA DIRECTORA DE HABILITACIONES URBANAS Visto el Expediente Nº 49154-99, seguidos por PLAS- TICOS FORT S.A., por los que solicita se le autorice la Subdivisión sin cambio de uso y sin Obras del terreno de 11,767.20 m2, calificado como Zona de Gran Industria "I- 3", constituido por los lotes 1, 2, 3, 4, 5, 9, 10, 11, 12, 13, y 14 de la manzana D-5, de la Lotización Industrial Puente, Sector 5to., Zona Industrial 1ra. Etapa, ubicada en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el recurrente ha cumplido con presentar la documentación requerida para el trámite correspon- diente, y ha abonado los derechos administrativos se- ñalados en el TUPA y en el Reglamento Nacional de Construcciones. Estando con los Informes Nº 001-2000-MML-DMDU- DHU-DSD y Nº 004-2000-MML-DMDU-DHU-DSD, de fecha 7 y 28 de enero del 2000 respectivamente, emitidos por la División de Subdivisiones de la Dirección de Habi- litaciones Urbanas. De conformidad con lo previsto en el Art. 168º, del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Subdivisión sin cambio de uso y sin Obras del terreno de 11,767.20 m2 (ONCE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE ME- TROS CUADRADOS CON VEINTE DECIMETROS CUADRADOS) calificado como Zona de Gran Industria "I-3", constituido por los lotes 1, 2, 3, 4, 5, 9, 10, 11, 12, 13, y 14 de la Manzana D-5, de la Lotización Industrial Puente, Sector 5to., Zona Industrial 1ra. Etapa, ubicada en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima de la siguiente forma: SUBLOTE A.- Con un área de 5,347.20 m2 (CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTE DECIMETROS CUADRA- DOS). SUBLOTE B.- Con un área de 1,406.06 m2 (MIL CUATROCIENTOS SEIS METROS CUADRADOS CON SEIS DECIMETROS CUADRADOS). SUBLOTE C.- Con un área de 1,253.15 m2 (MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS CUA- DRADOS CON QUINCE DECIMETROS CUADRADOS). SUBLOTE D.- Con un área de 1,232.72 m2 (MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRA- DOS CON SETENTA Y DOS DECIMETROS CUADRA- DOS). SUBLOTE E.- Con un área de 2,528.07 m2 (DOS MIL QUINIENTOS VEINTE Y OCHO METROS CUADRA- DOS CON SIETE DECIMETROS CUADRADOS). Las características de los Sublotes resultantes figuran en el Plano signado con el Nº 006-2000-MML-DMDU- DHU, y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la inscripción ante la Oficina Registral de Lima y Callao de los Sublotes A,B.C,D, y E, así como autorizar la libre venta de los mismos. Asimismo la presente Resolución sólo aprueba lasubdivisión del lote, no convalidando la falta de licencias de construcción que a la fecha podrían existir, ni regula- rizando las construcciones existentes. Artículo Tercero.- DISPONER, que de acuerdo al Reglamento de Zonificación General de Lima, Título V.2.3 y V.2.3.1., el Sublote B de 1406.06 m2, el Sublote C de 1253.15 m2, y el Sublote D de 1232.72 m2, se acogerán a las normas establecidas considerándose como una Subzo- na, que si bien se considera dentro de la zonificación "I-3", se acogerán a las normas establecidas en este reglamento para el tipo de zonificación "I-2", correspondiendo a la Municipalidad Distrital de Santa Anita salvaguardar el estricto cumplimiento de lo antes mencionado, para los futuros trámites de aprobación de los proyectos arquitec- tónicos y posteriores emisiones de las licencias de Cons- trucción y de funcionamiento respectivas. Artículo Cuarto.- DISPONER, que los propietarios están obligados a insertar en los contratos de venta que celebre, una cláusula en la que se establezca la indivisi- bilidad de los mismos. Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, la cual estará a cargo de los interesados, debiendo efectuar- se en un plazo máximo de treinta días calendario contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR, la presente Reso- lución a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción correspondiente, a la Municipalidad Distrital de Santa Anita para que la incorpore al radio de su jurisdicción, y a la Superintendencia Nacional de Admi- nistración Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. ROSA CACERES VALENCIA Directora de Habilitaciones Urbanas Dirección Municipal de Desarrollo Urbano Dirección General de Obras 2500 MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban dictamen que declara en situación de urgencia el servicio de recojo de residuos sólidos en el dis- trito ACUERDO DE CONCEJO Nº 012 Ate, 7 de febrero de 2000 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en la Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 7.2.00, el Dictamen Conjunto Nº 001-00-C.S.M. y C.A.L., de la Comisión de Servicios Municipales y la Comisión de Asuntos Legales, así como el Informe Nº 153-00-OALJ/MDA, de la Oficina de Asuntos Legales y Judiciales, Informe Nº 052-00-DSM/MDA de la Direc- ción de Servicios Municipales y el Informe Nº 037-A-00- DA-MDA, de la Dirección de Administración de fecha 28-1-2000; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Ate como Organo de Gobierno Local tiene entre sus funciones la prestación de los Servicios Públicos Locales, entre ellos el servicio de Recolección de Transporte y Disposición Final de los Residuos Sólidos, que se ha venido efectuando desde el inicio de la Gestión y durante el año 1999.