Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2000 (02/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de marzo de 2000

de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, este de oficio le disminuira la Capacidad de Contratacion o le cancelara la Inscripcion, segun corresponda, publicando la resolucion correspondiente en el Diario Oficial El Peruano; Que, de la revision efectuada, se tiene que la empresa en mencion ha incumplido con comunicar oportunamente la variacion de su plantel tecnico, por lo que siendo asi, en aplicacion de la acotada MORDAZA legal, resulta pertinente disminuir la Capacidad de Contratacion otorgada a la empresa CORPORACION PIRAMIDE MORDAZA S.A.C., ante el Registro Nacional de Contratistas, de CIENTO SESENTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTIDOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 167'892,000.00) a la suma de VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 23'200,000.00), por ende, modificar el primer parrafo de la parte resolutiva de la Resolucion de Gerencia Nº 2141-99/ RNC-CONSUCODE del 6.9.99; procediendose en consecuencia a emitir de oficio un MORDAZA certificado de Inscripcion a favor de la empresa CORPORACION PIRAMIDE MORDAZA S.A.C, con la nueva Capacidad MORDAZA de Contratacion dispuesta por la presente Resolucion, por el termino que resta del certificado anterior; Que, estando a la facultad conferida por Resolucion Nº 069-99-CONSUCODE/PRE, a lo dispuesto por los Articulos 20º y 25º de la R.M. Nº 043-99-PCM, al D.S. Nº 047-98PCM, Articulo 14º incisos c) y h), y a lo informado por el Registro Nacional de Contratistas; SE RESUELVE: 1.- Modificar el primer parrafo de la parte resolutiva de la Resolucion de Gerencia Nº 2141-99/RNC-CONSUCODE del 6.9.99, unicamente en el extremo que otorga la Capacidad MORDAZA de Contratacion a la empresa CORPORACION PIRAMIDE MORDAZA S.A.C, la cual a partir de la fecha, disminuye a la suma de VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 23'200,000.00), por contar esta con solo cuatro (4) profesionales como integrantes de su plantel tecnico y no con cinco (5) como se requiere de acuerdo a ley. 2.- Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INSCRIPCION Nº 1725 del 8.9.99 otorgado a la mencionada empresa. 3.- Emitir de oficio, MORDAZA Certificado de Inscripcion a favor de la empresa CORPORACION PIRAMIDE MORDAZA S.A.C, con la nueva Capacidad MORDAZA de Contratacion dispuesta por la presente Resolucion, por el termino que resta del certificado anterior, previa devolucion del Certificado de Inscripcion Nº 1725. 4.- Declarar que la empresa CORPORACION PIRAMIDE MORDAZA S.A.C, tiene MORDAZA su derecho a solicitar nuevamente el AUMENTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION, regularizando la falta de integrante de Plantel Tecnico en dicha solicitud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE ZELA Gerente de Registros 2485

RES S.A., solicito la RENOVACION DE INSCRIPCION de su representada ante el Registro Nacional de Contratistas, solicitud que fue aprobada mediante Resolucion de Gerencia Nº 2737-99/RNC-CONSUCODE del 27.10.99, con una Capacidad MORDAZA de Contratacion de VEINTE MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/.20'000,000.00), expidiendosele el Certificado de Inscripcion Nº 2101 de fecha 29.10.99, con vigencia hasta el 26.10.2001, en razon de haber cumplido con presentar los requisitos legales correspondientes, acreditando como integrantes de su plantel tecnico, a los ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Gejano MORDAZA y Norka MORDAZA MORDAZA Quintana; Que, de la fiscalizacion posterior efectuada a la documentacion recaudada por la empresa CHREM CONSTRUCTORES S.A., en su referida solicitud, se verifico que uno de los profesionales integrante de su plantel tecnico, el ingeniero MORDAZA MORDAZA Gejano Gastelu; ha dejado de pertenecer a la misma, conforme es de verse de su carta renuncia presentada ante la referida empresa con fecha 30.11.99, obrante a fojas 40; Que, el Articulo 20º de la Resolucion Ministerial Nº 043-99-PCM, establece como requisito para estar inscrito en el Registro Nacional de Contratistas, acreditar Capacidad Tecnica; la cual esta dada por la conformacion del plantel tecnico; que para el presente caso es de cuatro ingenieros o arquitectos, en razon que la Capacidad de Contratacion otorgada a la empresa es de VEINTE MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/. 20'000,000.00); Que, el Articulo 25º de la acotada MORDAZA legal, estipula que los Ejecutores de Obras, estan obligados a comunicar al CONSUCODE dentro de los diez dias siguientes al termino de cada mes, las variaciones de su plantel tecnico; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, este de oficio le disminuira la Capacidad de Contratacion o le cancelara la Inscripcion, segun corresponda, publicando la resolucion correspondiente en el Diario Oficial El Peruano; Que, de la revision efectuada, se tiene que la empresa en mencion ha incumplido con comunicar oportunamente la variacion de su plantel tecnico, por lo que siendo asi, en aplicacion de la acotada MORDAZA legal, resulta pertinente disminuir la Capacidad de Contratacion otorgada a la empresa CHREM CONSTRUCTORES S.A., ante el Registro Nacional de Contratistas, de VEINTE MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/. 20'000,000.00) a la suma de DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 17'400,000.00), por ende, modificar el primer parrafo de la parte resolutiva de la Resolucion de Gerencia Nº 2737-99/RNC-CONSUCODE del 27.10.99, procediendose en consecuencia a emitir de oficio un MORDAZA certificado de Inscripcion a favor de la empresa CHREM CONSTRUCTORES S.A., con la nueva Capacidad MORDAZA de Contratacion dispuesta por la presente Resolucion, por el termino que resta del certificado anterior; Que, estando a la facultad conferida por Resolucion Nº 069-99-CONSUCODE/PRE, a lo dispuesto por los Articulos 20º y 25º de la R. M. Nº 043-99-PCM, al D.S. Nº 047-98PCM, Articulo 14º incisos c) y h), y a lo informado por el Registro Nacional de Contratistas; SE RESUELVE:

CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION DE GERENCIA Nº 0221-2000-RNC-CONSUCODE San MORDAZA, 28 de enero de 2000 Vista la solicitud de RENOVACION DE INSCRIPCION otorgado a la empresa CHREM CONSTRUCTORES S.A. con Registro Nº 4487 mediante Resolucion de Gerencia Nº 2737-99/RNC-CONSUCODE del 27.10.99, relacionado con el MORDAZA de Fiscalizacion Posterior. CONSIDERANDO: Que, el 20.10.99 don MORDAZA Chrem MORDAZA, Representante Legal de la empresa CHREM CONSTRUCTO-

1.- Modificar el primer parrafo de la parte resolutiva de la Resolucion de Gerencia Nº 2737-99/RNC-CONSUCODE del 27.10.99, unicamente en el extremo que otorga la Capacidad MORDAZA de Contratacion a la empresa CHREM CONSTRUCTORES S.A., la cual a partir de la fecha, disminuye a la suma de DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 17'400,000.00), por contar esta con solo tres (3) profesionales como integrantes de su plantel tecnico y no con cuatro (4) como se requiere de acuerdo a ley. 2.- Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INSCRIPCION Nº 2101 del 29.10.99 otorgado a la mencionada empresa. 3.- Emitir de oficio, MORDAZA Certificado de Inscripcion a favor de la empresa CHREM CONSTRUCTORES S.A., con la nueva Capacidad MORDAZA de Contratacion dispuesta por la presente Resolucion, por el termino que resta del

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