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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2000 (04/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 37

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Pág. 184380 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de marzo de 2000 solicitud que fue aprobada mediante Resolución de Geren- cia Nº 0726-99-RNC-CONSUCODE del 16.4.99, con una Capacidad Máxima de Contratación de SETENTIDOS MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/. 72'000,000.00), expi- diéndosele el Certificado de Inscripción Nº 834, de fecha 27.4.99, con vigencia hasta el 15.4.2001, en razón de haber cumplido con presentar los requisitos legales correspon- dientes, acreditando como integrantes de su plantel técnico a los ingenieros Alex Eduardo Zúñiga Araya, Fernando Lorenzo Lázaro Pastor, Michel Alejandro Boza Solis, Daniel Huaman Mosqueira y Luís Fernado Méndez Fernández; Que, de la fiscalización posterior efectuada a la docu- mentación recaudada por la empresa TECSUR S.A.A. en su referida solicitud, se verificó que uno de los profesionales integrante de su plantel técnico, el ingeniero Fernando Lorenzo Lázaro Pastor, ha dejado de pertenecer a la misma, conforme es de verse de los documentos obrantes a fojas 1629, 1630 y 1631; Que, el Artículo 20º de la Resolución Ministerial Nº 043- 99-PCM, establece como requisito para estar inscrito en el Registro Nacional de Contratistas, acreditar Capacidad Técnica; la cual está dada por la conformación del plantel técnico; que para el presente caso es de cinco ingenieros o arquitectos, en razón que la Capacidad de Contratación otorgada a la empresa de la referencia es de SETENTIDOS MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/.72'000,000.00); Que, el Artículo 25º de la acotada norma legal, estipula que los Ejecutores de Obras, están obligados a comunicar al CONSUCODE dentro de los diez días siguientes al término de cada mes, las variaciones de su plantel técnico; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, éste de oficio le disminuirá la Capacidad de Contratación o le cancelará la Inscripción, según corresponda, publicando la resolución correspondiente en el Diario Oficial El Peruano; Que, de la revisión efectuada, se tiene que la empresa en mención ha incumplido con comunicar oportunamente la variación de su plantel técnico, por lo que siendo así, en aplicación de la acotada norma legal, resulta pertinente disminuir la Capacidad de Contratación otorgada a la empresa TECSUR S.A.A., ante el Registro Nacional de Contratistas, de SETENTIDOS MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/.72'000,000.00) a la suma de VEINTITRES MI- LLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/ .23'200,000.00) por ende, modificar el primer párrafo de la parte resolutiva de la Resolución de Gerencia Nº 0726-99- RNC-CONSUCODE del 16.4.99; procediéndose en conse- cuencia a emitir de oficio un nuevo certificado de Inscripción a favor de la empresa TECSUR S.A.A., con la nueva Capa- cidad Máxima de Contratación dispuesta por la presente Resolución, por el término que resta del certificado anterior; Que, estando a la facultad conferida por Resolución Nº 069-99-CONSUCODE/PRE, a lo dispuesto por los Artículos 20º y 25º de la R.M. Nº 043-99-PCM, al D.S. Nº 047-98-PCM, Artículo 14º incisos c) y h), y a lo informado por el Registro Nacional de Contratistas; SE RESUELVE: 1.- Modificar el primer párrafo de la parte resolutiva de la Resolución de Gerencia Nº 0726-99-RNC-CONSUCODE del 16.4.99, únicamente en el extremo que otorga la Capa- cidad Máxima de Contratación a la empresa TECSUR S.A.A., la cual a partir de la fecha, disminuye a la suma de VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 23'200,000.00), por contar ésta con solo cuatro (4) profesionales como integrantes de su plantel técnico y no con cinco (5) como se requiere de acuerdo a ley. 2.- Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INS- CRIPCION Nº 834 del 27.4.99 emitido a nombre de la mencionada empresa. 3.- Emitir de oficio, nuevo Certificado de Inscripción a favor de la empresa TECSUR S.A.A., con la nueva Capaci- dad Máxima de Contratación dispuesta por la presente Resolución, por el término que resta del certificado anterior, previa devolución del Certificado de Inscripción Nº 834 del 27.4.99. 4.- Declarar que la empresa TECSUR S.A.A., tiene expedito su derecho a solicitar nuevamente el AUMENTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION, regularizando la falta de integrante de Plantel Técnico en dicha solicitud. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VARGAS DE ZELA Gerente de Registros 2547CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION Reconocen labor efectuada por la Em- presa Prestadora de Servicios de Sa- neamiento de Tacna S.A. en la pre- sentación de rendición de cuentas del ejercicio fiscal 1999 RESOLUCION JEFATURAL Nº 021-2000-EF/93.01 Lima, 11 de febrero de 2000 VISTOS, los documentos que acreditan la recepción de la información sobre rendición de cuentas para la elabora- ción de la Cuenta General de la República de 1999 de las Empresas del Estado; CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE TACNA S.A. ha ocupado el tercer lugar de las Empresas del Estado, en la presentación de la información presupuestaria y financiera correspondiente a la rendición de cuentas del ejercicio fiscal 1999 por lo que merece ser felicitada; Estando a lo previsto en el Artículo 10º y el inciso m) del Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y su Organo Rector; a lo propuesto por la Dirección General de Contabilidad del Sector Privado, con la aprobación de la Alta Dirección y la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- FELICITAR, al Presidente del Directorio de la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SA- NEAMIENTO DE TACNA S.A. señor EDGAR ACOSTA PINTO, al Gerente General Ing. FIDEL CARITA MON- ROY y al Contador General señor CPC PERCY JAUREGUI BRUNA, por haber presentado en tercer lugar de las Em- presas del Estado la rendición de cuentas para elaboración de la Cuenta General de República 1999. Artículo 2º.- SOLICITAR, al Gerente General de la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEA- MIENTO DE TACNA S.A., haga extensiva esta especial felicitación al personal de Contabilidad, Presupuesto y a todas las demás personas que con su esfuerzo y dedicación han contribuido a la presentación de la rendición de cuentas en forma oportuna, lo que significa un ejemplo que la Contaduría Pública de la Nación exhorta a imitar. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ Contador General de la Nación 2464 OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y CALLAO Disponen inscripción de contrato de compraventa sobre inmueble ubicado en el distrito de La Victoria RESOLUCION DEL TRIBUNAL REGISTRAL Nº 031-2000-ORLC/TR Lima, 9 de febrero de 2000