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Pág. 184375 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de marzo de 2000 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar las facultades de la Octa- va Fiscalía Provincial en lo Penal de Arequipa y Fiscalía Provincial Mixta de Castilla del Distrito Judicial de Arequi- pa, para que en adición de sus funciones y atribuciones, también conozcan de los delitos previstos y penados en los Capítulos V, VI del Título V, Capítulo III Sección Primera del Título XVIII y Capítulos I, II y III del Título XIX del Libro Segundo del Código Penal, referidos en la Resolución Nº 636-98-MP-CEMP de 23 de setiembre de 1998. Artículo Segundo.- Disponer que el Fiscal Superior Encargado de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Arequipa, adopte las acciones administrativas para establecer el turno fiscal y la distribución equitativa de la carga procesal, según sea el caso; dando cuenta a la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordi- nación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Ministro del Interior, Presidente de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República Especializada en Delitos Tributa- rios y Aduaneros, Fiscal Supremo Provisional Encargado de la Tercera Fiscalía Suprema en lo Penal y Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, Fiscal Supremo Provisio- nal de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Director General de la Policía Nacional del Perú, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Fiscal Superior Encargado de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministe- rio Público en el Distrito Judicial de Arequipa; Encargado de la Oficina de Registro de Fiscales de la Comisión Ejecu- tiva del Ministerio Público y Fiscales Provinciales de la Octava Fiscalía Provincial en lo Penal de Arequipa y Fisca- lía Provincial Mixta de Castilla, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 2640 Encargan despacho de la Primera Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima y designan fiscal ad hoc para que conozca caso materia de la Res. Nº 739-99-MP-CEMP RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 171-2000-MP-CEMP Lima, 3 de marzo del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: El escrito presentado por la doctora Julia María Yanac Acedo, Fiscal Adjunta Provincial Provisional encargada del Despacho de la Primera Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima y Fiscal Ad Hoc materia de la Resolución Nº 739-99- MP-CEMP de 4 de octubre de 1999, por el que solicita vacaciones e informa el estado actual del referido caso Ad Hoc; y estando al Acuerdo Nº 1811 adoptado por unanimi- dad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ensesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; en uso de las atribuciones conferidas en el inciso g) de la Tercera Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la Ley Nº 26623 y Leyes Nºs. 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conceder vacaciones a la docto- ra Julia María Yanac Acedo, Fiscal Adjunta Provincial Provisional encargada del Despacho de la Primera Fis- calía Provincial en lo Penal de Lima y Fiscal Ad Hoc materia de la Resolución Nº 739-99-MP-CEMP de 4 de octubre de 1999, por el término de 28 días a partir del 4 de marzo del 2000. Artículo Segundo.- Encargar a la doctora María del Pilar Malpica Coronado, Fiscal Adjunta Provincial Titular de la Vigésima Sexta Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima, quien reúne los requisitos de ley, el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima; y designarla como Fiscal Ad Hoc, para que con retención del mencionado Despacho, se avoque al cono- cimiento del caso materia de la Resolución Nº 739-99- MP-CEMP de 4 de octubre de 1999, por el término que dure las vacaciones citadas en el artículo precedente. Al término de la presente encargatura y designación debe- rá reincorporarse a la Fiscalía de origen. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordi- nación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Ministro de Salud, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Fiscal Superior Encargado de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Minis- terio Público en el Distrito Judicial de Lima; Encargado de la Oficina de Registro de Fiscales de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Fiscales mencionadas, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 2641 S B S Fijan tasa de contribuciones a la SBS a cargo de empresas supervisadas del sistema de seguros RESOLUCION SBS Nº 0146-2000 Lima, 3 de marzo de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, el Artículo 373º de la Ley Nº 26702, modificada por las Leyes Nº 27008 y Nº 27102 dispone que el presupuesto de la Superintendencia es aprobado por el Superintendente de Banca y Seguros, quien tiene a su cargo la administra- ción, ejecución y control del mismo, y es cubierto mediante contribuciones trimestrales adelantadas a cargo de las empresas supervisadas;