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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2000 (04/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 37

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 184362 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de marzo de 2000 Que, la Resolución materia de impugnación ha sido emitida después de un exhaustivo análisis e investigación de los hechos, los mismos que no han sido desvirtuados por la recurrente con nuevos elementos de prueba que haga variar su situación administrativa; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96- ED; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- DECLARAR INFUNDADO el recur- so de apelación interpuesto por doña SOCORRO AIDA HURTADO SANCHEZ, contra la Resolución de Secretaría General venida en grado de apelación, dándose por agotada la vía administrativa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 2669 Autorizan exportación de diversas muestras arqueológicas provenien- tes de excavaciones en el sitio de Mocollope y Piedra Molina, departa- mento de La Libertad RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2000-ED Lima, 3 de marzo del 2000 VISTO, el Oficio Nº 1406-99-INC/DN cursado por el Director Nacional del instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta sin número de fecha 12 de agosto de 1999 el Sr. Christopher J. Attarian con R.N.A. Nº BA-9834, solicita autorización para exportar diversas muestras ar- queológicas provenientes de las excavaciones en el sitio de Mocollope y Piedra Molina, departamento de La Libertad, las mismas que serán sometidas a diversos análisis en los Estados Unidos de Norteamérica; Que, el Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú, mediante el Oficio Nº 481-99-MNAAHP/ D, de fecha 19 de agosto de 1999 y el Informe Nº 49-SDI- MNAAHP-INC/vef, de fecha 17 de agosto de 1999, emite opinión favorable sobre la salida de las muestras; Que, la "Comisión Técnica de Arqueología" del Instituto Nacional de Cultura mediante el Acuerdo Nº 236 de fecha 24 de agosto de 1999, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura aprobar la solicitud del Sr. Christopher J. Attarian para exportar: - Huesos: procedentes del sitio Mocollope, setentiséis (76) muestras. - Muestras para fechados radiocarbónicos, setentiún (71) muestras, procedentes de Mocollope y Piedra Molina, para ser analizadas en los Laboratorios BETA ANALYTIC. - Huesos de animales: cincuenta (50) muestras, para estudios comparativos a ser realizados por el Dr. Thomas A. Wake del Laboratorio de Zooarqueología de la Universidad de California, Los Angeles (EE.UU.). - Peces del Litoral Norteño: ciento dieciocho (118) mues- tras, especímenes actuales, para colección comparativa; un total de trescientos quince (315) muestras. Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura for- talecer las acciones tendentes a investigar y preservar el Patrimonio Cultural de la Nación, promoviendo la coopera- ción técnica internacional; por lo que esta Institución reco- mienda autorizar la salida de las muestras citadas; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación; DecretoSupremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; la Resolución Suprema Nº 559-85-ED, Reglamento de Exploraciones y Excavaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Sr. Christopher J. Attarian, para exportar: - Huesos: procedentes del sitio Mocollope, setentiséis (76) muestras. - Muestras para fechados radiocarbónicos, setentiún (71) muestras, procedentes de Mocollope y Piedra Molina, para ser analizadas en los Laboratorios BETA ANALYTIC. - Huesos de animales: cincuenta (50) muestras, para estudios comparativos a ser realizados por el Dr. Thomas A. Wake del Laboratorio de Zooarqueología de la Universidad de California, Los Angeles (EE.UU.). - Peces del Litoral Norteño: ciento dieciocho (118) mues- tras, especímenes actuales, para colección comparativa; Artículo 2º.- El M.A. Christopher J. Attarian responsable de la investigación, deberá remitir el informe de los resultados correspondientes al Instituto Nacional de Cultura, según lo dispuesto en la Resolución Suprema Nº 559-85-ED, Reglamen- to de Exploraciones y Excavaciones Arqueológicas. Artículo 3º.- El Museo Nacional de Arqueología, Antro- pología e Historia del Perú queda encargado de dar cumpli- miento a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 2670 INTERIOR Modifican resolución que autorizó a procurador iniciar proceso judicial con- tra la Municipalidad Provincial de Tala- ra, sobre nulidad de resolución RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0239-2000-IN/0103 Lima, 1 de marzo del 2000 Visto el Oficio Nº 177-00-PP-IN-PNP-1204 de 7.FEB.2000, solicitando ampliación de la Resolución Minis- terial Nº 1224-99-IN-0103 de 13.DIC.99. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 1224-99- IN-0103 de 13.DIC.99, se autoriza al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que en defensa y representación del Estado, interponga demanda de Nuli- dad de la Resolución de Alcaldía Nº 361-04-95-MPT del 21.ABR.95, contra la Municipalidad Provincial de Talara; Que, al expedirse la citada Resolución Ministerial, se ha omitido considerar, entre otros aspectos, el Acuerdo de Concejo Nº 047-08-99-MPT de 24.AGO.99, con el que la Municipalidad Provincial de Talara deja sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 1277-12-98-MPT de 30.DIC.98, que también requiere la intervención del representante judicial del Sector Interior; Lo establecido en el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en juicio, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; y lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Modificar el Artículo 1º de la Resolu- ción Ministerial Nº 1224-99-IN-103 de 13.DIC.99, con el siguiente texto: