Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2000 (10/03/2000)


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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de marzo de 2000

Articulo 1º.- Imponer, a favor de Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A., con caracter permanente, la servidumbre de electroducto y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de transmision en 138 kV. S.E. Tarapoto - S.E. Bellavista, ubicada en las provincias de Tarapoto, Juanjui y Bellavista, departamento de San Martin; conforme al siguiente cuadro:
Exp./ Codigo 21100499 Denominacion de la Servidumbre electrica S.E. Tarapoto - S.E. Bellavista Tension (kV.) 138 Nº de Ternas 01 Longitud (m.) 79 872,38 Ancho de la faja (m.) 20

Que, asimismo, la Direccion Nacional de Turismo ha procedido a evaluar la citada solicitud, considerando conveniente otorgar la renovacion solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 9º de la Resolucion Ministerial Nº 041-95-ITINCI/DM, que aprueba el Reglamento de Consultores en Turismo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar por tres (3) anos, el plazo de designacion como Consultor en Turismo al senor MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA VEGAZZO, otorgandole facultades para emitir Informes Tecnicos a nivel nacional, sobre clasificacion y categorizacion de establecimientos de hospedaje hasta de Cinco (5) Estrellas. El referido plazo regira a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Direccion Nacional de Turismo debera dejar MORDAZA en el Registro correspondiente, de la renovacion del plazo de la designacion establecida en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Turismo 2842

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 1077

INTERIOR
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra servidora de la PNP a fin que reintegre gastos sufragados por especializacion profesional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0054-2000-IN/PNP MORDAZA, 13 de enero del 2000 Visto, el PARTE Nº 01-99-DIRSAN.PNP.H."ABL".CC de 12.JUL.99 y demas actuados, instruidos contra la Capitan Medico Asimilado PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por faltas graves Contra la Moral, la Disciplina y el Servicio Policial; y por ser presunta autora del delito de Abandono de Destino; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA administrativo disciplinario seguido, contra la citada servidora se ha establecido que, hace abandono de su habitual puesto de servicio en el Consultorio de Cardiologia del Hospital "Augusto B. Leguia" de la Direccion de Sanidad, desde el 5.JUL.99 desconociendose su paradero actual, conforme se acredita con el PARTE Nº 0199-DIRSAN.PNP.H."ABL".CC de 12.JUL.99; siendo denunciada ante la II-Zona Judicial de Policia - 2da. Sala, con Oficio Nº 140-99-DIRSAN.PNP/H."ABL"OFAD.UPB.A1 de 22.ABR.99, por la presunta comision del delito de Abandono de Destino; Que, la referida Oficial Subalterno Asimilado de Servicios realizo Residentado Medico en la especialidad de Cardiologia, desde el 1.JUN.96 hasta el 31.MAY.99; especializacion profesional cuyos gastos fueron sufragados por el Estado, no pudiendo dejar el servicio activo, sino despues de haber servido a partir del termino de dicha instruccion el doble del tiempo utilizado, en caso contrario, debera reintegrar el total de los gastos ocasionados en la misma, no habiendo cumplido con ninguno de estos requisitos; por lo que es procedente autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que inicie las acciones legales pertinentes a efectos de que la referida Capitan Medico Asimilado, reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por su especializacion, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversion; Que, de conformidad con lo prescrito por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con lo estipulado por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Legal de la Direccion de Personal, en el Dictamen Nº 1571-99-OAL-DAPODIPER-PNP de 6.SET.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el MORDAZA General Director General de la Policia Nacional del Peru;

MITINCI
Renuevan plazo de designacion de persona natural como consultor en turismo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 11-2000-MITINCI/VMT MORDAZA, 3 de marzo del 2000 Vistos, el Expediente Nº 000749, el Informe Nº 001-2000CTAR-LL/DRIT y el Informe Nº 002-2000-MITINCI/VMT/DNT/ CONS de la Direccion Nacional de Turismo, sobre la solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA VEGAZZO, respecto a la renovacion del plazo de su designacion como Consultor en Turismo; CONSIDERANDO: Que, la Resolucion Ministerial Nº 041-95-ITINCI/DM de fecha 20 de marzo de 1995, dispone las funciones y procedimientos de calificacion de las personas naturales o juridicas interesadas en ser designadas como Consultores en Turismo por el Viceministerio de Turismo, para efectos de cumplir con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 12-94-ITINCI, Reglamento de Establecimientos de Hospedaje; Que, el Articulo 9º de la mencionada Resolucion Ministerial establece que el plazo de designacion de los Consultores en Turismo sera de tres (3) anos, renovables; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 005-97-MITINCI/VMTINCI de fecha 21 de enero de 1997 se ampliaron las facultades otorgadas al senor MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA VEGAZZO designandolo Consultor en Turismo a nivel nacional, autorizandolo a emitir Informes Tecnicos sobre clasificacion y categorizacion de establecimientos de hospedaje hasta de Cinco (5) Estrellas, por un periodo de tres anos contados a partir de la fecha de su expedicion; figurando su inscripcion con el Nº 030 en el Registro de Consultores en Turismo de la Direccion Nacional de Turismo; Que, habiendo vencido el periodo otorgado mediante la referida Resolucion Viceministerial, el recurrente ha solicitado la renovacion del plazo de su designacion como Consultor en Turismo; Que, la Direccion Regional de Industria y Turismo La MORDAZA ha efectuado una primera evaluacion de la solicitud del senor MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA VEGAZZO, opinando que es procedente la renovacion de su designacion;

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