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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2000 (10/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 184519 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de marzo de 2000 SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las acciones legales pertinentes contra la Capitán Médico Asimila- do PNP Guadalupe Violeta CABANILLAS TORO, a fin de que revierta al Estado el total de los gastos ocasionados por el Residentado Médico que realizó en la especialidad de Cardiolo- gía, desde el 1.JUN.96 hasta el 31.MAY.99, incluidos los intere- ses legales generados a la fecha de reversión. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 0631 Sancionan con suspensión, cese tem- poral y destitución a servidores de la PNP RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0166-2000-IN/PNP Lima, 9 de febrero de 2000 Visto, el Acta Nº 151-99-COPEPROAD-PNP de 3.NOV.99, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- plinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario instaurado a la EC TF PNP María Guadalupe OLAECHEA VILLEGAS (41) CIP Nº 31011638; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 5364-DIPER- PNP de 20.SET.99, se instauró proceso administrativo dis- ciplinario a la EC TF PNP María Guadalupe OLAECHEA VILLEGAS por haber dejado de asistir a su centro de labores del 5 al 8.ABR.99; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolución Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo escrito ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al proceso seguido contra la referida servidora, observando las garantías y procedimientos establecidos, habiéndose determi- nado que la acción realizada constituye falta grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le im- ponga la sanción de DIEZ (10) días de Suspensión sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "b" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y al Art. 155º Inc. "b" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 151-99-COPEPROAD-PNP de 3.NOV.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el Teniente General Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC TF PNP María Guadalupe OLAECHEA VILLEGAS con DIEZ (10) días de Suspensión sin goce de remuneraciones, por falta disciplinaria (Abandono de Cargo). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolución a la interesada, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 1731 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0223-2000-IN/PNP Lima, 28 de febrero del 2000Visto, el Acta Nº 176-99-COPEPROAD-PNP de 23.DIC.99, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- plinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario instaurado al EC AB PNP Víctor Manuel ESPINO- ZA LARREA (30) CIP Nº 31043447; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 7218-DIPER-PNP de 1.DIC.99, se instauró proceso administrativo disciplinario al EC AB PNP Víctor Manuel ESPINOZA LARREA por incurrir en presunto Abandono de cargo desde el 31.MAR.99, no reincorporándose hasta la fecha; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolución Directoral y transcurrido el plazo establecido, el procesado no ha presentado su descargo escrito ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al proceso seguido contra el referido servidor, observando las garantías y procedimientos establecidos, habiéndose determi- nado que la acción realizada constituye falta grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le im- ponga la sanción de Destitución; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "d" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y a los Arts. 155º Inc. "d" y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 176-99-COPEPROAD-PNP de 23.DIC.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar al EC AB PNP Víctor Manuel ESPINOZA LARREA, con Destitución por falta disciplinaria (Abandono de Cargo), con fecha 31.MAR.99, en vía de regulari- zación. Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolución al interesado, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente Reso- lución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 2489 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0225-2000-IN/PNP Lima, 28 de febrero del 2000 Visto, el Acta Nº 172-99-COPEPROAD-PNP de 22.DIC.99, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- plinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario instaurado a la EC PC PNP Eliana Alejandra NUÑEZ CASTILLO (36) CIP Nº 70039334; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 7072-DIPER-PNP de 25.NOV.99, se instauró proceso administrativo disciplinario a la EC PC PNP Eliana Alejandra NUÑEZ CASTILLO por incurrir en presunto Abandono de cargo desde el 30.ABR.99, no reincorporándose hasta la fecha; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolución Direc- toral y transcurrido el plazo establecido, la procesada ha presenta- do su descargo escrito ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, sin desvirtuar el cargo imputado; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al proceso seguido contra la referida servidora, observando las garantías y procedimientos establecidos, habiéndose determi- nado que la acción realizada constituye falta grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le im- ponga la sanción de Destitución;