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Pág. 184531 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de marzo de 2000 Convocan a candidatos proclamado y no proclamada para que asuman cargos de alcalde y regidora del Con- cejo Distrital de Azángaro, provincia de Yauyos RESOLUCION Nº 327-2000-JNE Lima, 9 de marzo de 2000 Visto el Oficio Nº 1979-98-IHC recibido el pasado 26 de enero de 2000, mediante el cual la Juez del Décimo Juzgado Especia- lizado en lo Penal del Cono Norte de Lima, ha remitido copias de la sentencia expedida por la Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, de fecha 5 de setiembre de 1997, y de la Ejecutoria Suprema dictada con fecha 9 de julio de 1998, por la Sala Penal "C" de la Corte Suprema de Justicia de la República; CONSIDERANDO: Que, la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima mediante la sentencia de fecha 5 de setiembre de 1997, falla condenando a Juan Pablo Quispe Rodríguez, como autor del delito contra la Administración Pública - usurpación de autoridad, a la pena de tres años de privativa de la libertad, con ejecución suspendida por dos años, e inhabilitación por dos años para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carác- ter público, aunque provenga de elección popular; Que, la sentencia antes referida se elevó en recurso de nulidad por ante la Sala Penal "C" de la Corte Suprema de Justicia, la cual mediante Ejecutoria Suprema de fecha 9 de julio de 1998, declara no haber nulidad en la sentencia en cuanto condena a Juan Pablo Quispe Rodríguez por el delito de usurpación de autoridad, ni en cuanto a la inhabilitación deter- minada; pero declara haber nulidad en la propia sentencia, en cuanto impone tres años de pena privativa de libertad, y reformándola impusieron al citado Juan Pablo Quispe Rodrí- guez, cuatro años de pena privativa de libertad, suspendida en su ejecución por el plazo de dos años; Que, Juan Pablo Quispe Rodríguez ha sido proclamado como alcalde del concejo distrital de Azángaro, provincia de Yauyos, departamento de Lima, para el período edil 1999-2002, confor- me se desprende del acta de proclamación extendida por el Jurado Electoral Especial de Yauyos, de fecha 20 de octubre de 1998, conforme corre en autos, no obstante que la sentencia determinaba su inhabilitación para obtener mandato; Que, el ciudadano Juan Pablo Quispe Rodríguez, desde la fecha de su postulación como candidato a las Elecciones Muni- cipales Generales de 1998, el día mismo de las elecciones municipales el 11 de octubre de 1998, el día de la proclamación, e incluso a partir del 1 de enero de 1999, en que asumieron sus cargos los nuevos concejales, se encontraba inhabilitado para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público, aunque provenga de elección popular; asimismo, recaía sobre él el impedimento que establece el Artículo 23º inciso 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por lo que luego de haber sido proclamado corresponde aplicarle lo dispuesto por el artículo citado, en concordancia con lo establecido por el Artículo 26º inciso 3) de la misma norma; debiendo declararse por tanto su vacancia en dicho cargo; Que, conforme lo dispone el Artículo 28º inciso a) de la citada Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, corresponderá asumir la alcaldía al teniente alcalde que es el primer regidor hábil de la lista del vacado, por lo que, de acuerdo con los archivos que obran en el Jurado Nacional de Elecciones, debe llamarse a don Ponciano Quispe Cortez, de la lista independiente "Nuevo Azángaro"; asimismo, a fin de completar el número de regidores, debe convocarse a la doña Teodocia Quispe de Luyolliuya, regidora no proclamada de la misma lista; Que, hasta la fecha el concejo distrital de Azángaro, provin- cia de Yauyos, no se ha pronunciado al respecto, no obstante las fechas de las resoluciones aludidas, por lo que en aplicación de lo dispuesto por el Artículo 5º inciso u) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486; este órgano electoral, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la vacancia en el cargo de alcalde que ejerce don Juan Pablo Quispe Rodríguez, en el concejo distrital de Azángaro, provincia de Yauyos, departa- mento de Lima, por haber recaído en su contra sentencia condenatoria por delito doloso, y haber sido inhabilitado para obtener mandato, cargo o empleo, aun cuando provenga de elección popular. Artículo Segundo.- Llamar a don Ponciano Quispe Cor- tez, para que asuma la alcaldía del concejo distrital de Azánga- ro, provincia de Yauyos, departamento de Lima, por ser elprimer regidor hábil de la misma lista independiente "Nuevo Azángaro" del vacado, y conforme lo dispone el Artículo 28º inciso a) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. Artículo Tercero.- Convocar a doña Teodocia Quispe de Luyolliuya, a fin que asuma el cargo de regidora en el concejo distrital de Azángaro, provincia de Yauyos, departamento de Lima, para completar el número de regidores del mismo. Artículo Cuarto.- Otorgar a don Ponciano Quispe Cortez y a doña Teodocia Quispe de Luyolliuya, las credenciales que los acredite como alcalde y regidora del concejo distrital de Azánga- ro, provincia de Yauyos, departamento de Lima, para el período edil 1999-2002. Artículo Quinto.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR MUÑOZ ARCE HERNANDEZ CANELO DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 2867 S B S Tabla de Tasas Activa de Mercado, de Interés Legal Efectiva y Laboral en moneda nacional y extranjera, co- rrespondiente al mes de febrero del año 2000 CIRCULAR Nº G-0063-2000 Lima, 6 de marzo del 2000 REF.: TAMN, TAMEX, Tasa de Interés Legal Efectiva, Laboral Diaria y Acumulada al mes de febrero del 2000. Señor Gerente : Con la presente, se remite la Tabla que contiene las Tasas de Interés, Factor Diario y Factor Acumulado de la Tasa Activa de Mercado en Moneda Nacional ( TAMN) y en Moneda Extranjera (TAMEX) , así mismo, las tablas correspondientes a la Tasa de Interés Legal Efectiva y a la Tasa de Interés Laboral en Moneda Nacional y Moneda Extranjera del mes de febrero del 2000. Atentamente, JAVIER POGGI CAMPODONICO Gerente de Estudios Económicos TASA ACTIVA DE MERCADO (Circular BCR Nº 041-94-EF/90) MONEDA NACIONAL MONEDA EXTRANJERA FEBRERO TAMN(1) FACTOR FACTOR TAMEX(2) FACTOR FACTOR 2000 % DIARIO ACUMUL.(*) % DIARIO ACUMUL.(*) 1 32,42 0,00078 118,46070 14,72 0,00038 3,97134 2 32,11 0,00077 118,55237 14,57 0,00038 3,97284 3 32,31 0,00078 118,64460 14,57 0,00038 3,97434 4 32,31 0,00078 118,73691 14,56 0,00038 3,97585 5 32,31 0,00078 118,82929 14,56 0,00038 3,97735 6 32,31 0,00078 118,92174 14,56 0,00038 3,97885 7 32,65 0,00079 119,01511 14,59 0,00038 3,98035 8 32,81 0,00079 119,10896 14,62 0,00038 3,98186 9 32,77 0,00079 119,20277 14,46 0,00038 3,98336 10 32,51 0,00078 119,29602 14,45 0,00037 3,98485 11 32,79 0,00079 119,39003 14,47 0,00038 3,98635 12 32,79 0,00079 119,48412 14,47 0,00038 3,98784 13 32,79 0,00079 119,57828 14,47 0,00038 3,98934 14 32,48 0,00078 119,67174 14,45 0,00037 3,99084 15 32,70 0,00079 119,76583 14,44 0,00037 3,99233 16 31,93 0,00077 119,85805 14,41 0,00037 3,99383 17 31,84 0,00077 119,95012 14,36 0,00037 3,99531 18 32,16 0,00077 120,04306 14,39 0,00037 3,99681 19 32,16 0,00077 120,13608 14,39 0,00037 3,99830 20 32,16 0,00077 120,22917 14,39 0,00037 3,99979 21 32,22 0,00078 120,32248 14,40 0,00037 4,00129 22 31,96 0,00077 120,41521 14,39 0,00037 4,00278 23 31,73 0,00077 120,50742 14,30 0,00037 4,00427 24 32,44 0,00078 120,60151 14,34 0,00037 4,00576