Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2000 (10/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, viernes 10 de marzo de 2000

NORMAS LEGALES

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Convocan a candidatos proclamado y no proclamada para que asuman cargos de MORDAZA y regidora del Concejo Distrital de Azangaro, provincia de Yauyos
RESOLUCION Nº 327-2000-JNE MORDAZA, 9 de marzo de 2000 Visto el Oficio Nº 1979-98-IHC recibido el pasado 26 de enero de 2000, mediante el cual la Juez del Decimo Juzgado Especializado en lo Penal del MORDAZA Norte de MORDAZA, ha remitido copias de la sentencia expedida por la Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA, de fecha 5 de setiembre de 1997, y de la Ejecutoria Suprema dictada con fecha 9 de MORDAZA de 1998, por la Sala Penal "C" de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; CONSIDERANDO: Que, la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA mediante la sentencia de fecha 5 de setiembre de 1997, MORDAZA condenando a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como autor del delito contra la Administracion Publica - usurpacion de autoridad, a la pena de tres anos de privativa de la MORDAZA, con ejecucion suspendida por dos anos, e inhabilitacion por dos anos para obtener mandato, cargo, empleo o comision de caracter publico, aunque provenga de eleccion popular; Que, la sentencia MORDAZA referida se elevo en recurso de nulidad por ante la Sala Penal "C" de la Corte Suprema de Justicia, la cual mediante Ejecutoria Suprema de fecha 9 de MORDAZA de 1998, declara no haber nulidad en la sentencia en cuanto condena a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el delito de usurpacion de autoridad, ni en cuanto a la inhabilitacion determinada; pero declara haber nulidad en la propia sentencia, en cuanto impone tres anos de pena privativa de MORDAZA, y reformandola impusieron al citado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuatro anos de pena privativa de MORDAZA, suspendida en su ejecucion por el plazo de dos anos; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha sido proclamado como MORDAZA del concejo distrital de Azangaro, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, para el periodo MORDAZA 1999-2002, conforme se desprende del acta de proclamacion extendida por el MORDAZA Electoral Especial de Yauyos, de fecha 20 de octubre de 1998, conforme corre en autos, no obstante que la sentencia determinaba su inhabilitacion para obtener mandato; Que, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, desde la fecha de su postulacion como candidato a las Elecciones Municipales Generales de 1998, el dia mismo de las elecciones municipales el 11 de octubre de 1998, el dia de la proclamacion, e incluso a partir del 1 de enero de 1999, en que asumieron sus cargos los nuevos concejales, se encontraba inhabilitado para obtener mandato, cargo, empleo o comision de caracter publico, aunque provenga de eleccion popular; asimismo, recaia sobre el el impedimento que establece el Articulo 23º inciso 9) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por lo que luego de haber sido proclamado corresponde aplicarle lo dispuesto por el articulo citado, en concordancia con lo establecido por el Articulo 26º inciso 3) de la misma norma; debiendo declararse por tanto su vacancia en dicho cargo; Que, conforme lo dispone el Articulo 28º inciso a) de la citada Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, correspondera asumir la alcaldia al MORDAZA MORDAZA que es el primer regidor habil de la lista del vacado, por lo que, de acuerdo con los archivos que obran en el MORDAZA Nacional de Elecciones, debe llamarse a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la lista independiente "Nuevo Azangaro"; asimismo, a fin de completar el numero de regidores, debe convocarse a la MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Luyolliuya, regidora no proclamada de la misma lista; Que, hasta la fecha el concejo distrital de Azangaro, provincia de Yauyos, no se ha pronunciado al respecto, no obstante las fechas de las resoluciones aludidas, por lo que en aplicacion de lo dispuesto por el Articulo 5º inciso u) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486; este organo electoral, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia en el cargo de MORDAZA que ejerce don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el concejo distrital de Azangaro, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, por haber recaido en su contra sentencia condenatoria por delito doloso, y haber sido inhabilitado para obtener mandato, cargo o empleo, aun cuando provenga de eleccion popular. Articulo Segundo.- Llamar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que asuma la alcaldia del concejo distrital de Azangaro, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, por ser el

primer regidor habil de la misma lista independiente "Nuevo Azangaro" del vacado, y conforme lo dispone el Articulo 28º inciso a) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. Articulo Tercero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Luyolliuya, a fin que asuma el cargo de regidora en el concejo distrital de Azangaro, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, para completar el numero de regidores del mismo. Articulo Cuarto.- Otorgar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Luyolliuya, las credenciales que los acredite como MORDAZA y regidora del concejo distrital de Azangaro, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, para el periodo MORDAZA 1999-2002. Articulo Quinto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 2867

SBS
Tabla de Tasas Activa de MORDAZA, de Interes Legal Efectiva y Laboral en moneda nacional y extranjera, correspondiente al mes de febrero del ano 2000
CIRCULAR Nº G-0063-2000 MORDAZA, 6 de marzo del 2000 REF.: TAMN, TAMEX, Tasa de Interes Legal Efectiva, Laboral Diaria y Acumulada al mes de febrero del 2000. Senor Gerente : Con la presente, se remite la Tabla que contiene las Tasas de Interes, Factor Diario y Factor Acumulado de la Tasa Activa de MORDAZA en Moneda Nacional (TAMN) y en Moneda Extranjera (TAMEX), asi mismo, las tablas correspondientes a la Tasa de Interes Legal Efectiva y a la Tasa de Interes Laboral en Moneda Nacional y Moneda Extranjera del mes de febrero del 2000. Atentamente, MORDAZA POGGI CAMPODONICO Gerente de Estudios Economicos
TASA ACTIVA DE MORDAZA (Circular BCR Nº 041-94-EF/90) MONEDA NACIONAL MONEDA EXTRANJERA FEBRERO TAMN(1) FACTOR FACTOR TAMEX(2) FACTOR FACTOR 2000 % DIARIO ACUMUL.(*) % DIARIO ACUMUL.(*) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 32,42 32,11 32,31 32,31 32,31 32,31 32,65 32,81 32,77 32,51 32,79 32,79 32,79 32,48 32,70 31,93 31,84 32,16 32,16 32,16 32,22 31,96 31,73 32,44 0,00078 0,00077 0,00078 0,00078 0,00078 0,00078 0,00079 0,00079 0,00079 0,00078 0,00079 0,00079 0,00079 0,00078 0,00079 0,00077 0,00077 0,00077 0,00077 0,00077 0,00078 0,00077 0,00077 0,00078 118,46070 118,55237 118,64460 118,73691 118,82929 118,92174 119,01511 119,10896 119,20277 119,29602 119,39003 119,48412 119,57828 119,67174 119,76583 119,85805 119,95012 120,04306 120,13608 120,22917 120,32248 120,41521 120,50742 120,60151 14,72 14,57 14,57 14,56 14,56 14,56 14,59 14,62 14,46 14,45 14,47 14,47 14,47 14,45 14,44 14,41 14,36 14,39 14,39 14,39 14,40 14,39 14,30 14,34 0,00038 0,00038 0,00038 0,00038 0,00038 0,00038 0,00038 0,00038 0,00038 0,00037 0,00038 0,00038 0,00038 0,00037 0,00037 0,00037 0,00037 0,00037 0,00037 0,00037 0,00037 0,00037 0,00037 0,00037 3,97134 3,97284 3,97434 3,97585 3,97735 3,97885 3,98035 3,98186 3,98336 3,98485 3,98635 3,98784 3,98934 3,99084 3,99233 3,99383 3,99531 3,99681 3,99830 3,99979 4,00129 4,00278 4,00427 4,00576

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