Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2000 (10/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de marzo de 2000

Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "d" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 155º Inc. "d" y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 172-99-COPEPROAD-PNP de 22.DIC.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la EC PC PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Destitucion por falta disciplinaria (Abandono de Cargo), con fecha 30.ABR.99, en via de regularizacion. Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion al interesado, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 2490 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0238-2000-IN/PNP MORDAZA, 1 de marzo del 2000 Visto, el Acta Nº 106-99-COPEPROAD-PNP de 21.JUL.99, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en relacion a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado a las EE CC PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (37) CIP Nº 269433 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS (39) CIP Nº 259868; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3257-DIPER-PNP de 30.JUN.99, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a las EE CC PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS, por la presunta comision de faltas disciplinarias, al haber incurrido la EC PB PNP (Enfermera) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en grave indisciplina y faltamiento de palabra en agravio de la My. Med. PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Dpto. Medico del Policlinico PNP "ALCIDES MORDAZA HURTADO", hechos ocurridos el 20.OCT y 16.NOV.98, negandose ademas el 6.ENE.99 a recepcionar el Memorandum Nº 006-99-JPMC-POL.CAP..AVH.PNP.sp. de 6.ENE.99, mediante el cual se le amonestaba por haber inasistido a sus labores injustificadamente el 29.DIC.98; asimismo, la EC PB PNP (Enfermera) MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS, Jefe del Topico del Policlinico referido, sin tener la autorizacion del Jefe de Personal concedio permiso los dias 28.OCT. y 25.NOV.98 a la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, motivo por el cual fue amonestada con el Memorandum Nº 618-98POL.CAP.AVH.PNP.sp. de 26.NOV.98, documento que se nego a recepcionar; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, las procesadas han presentado sus descargos correspondientes ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, desvirtuando la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS, la imputacion efectuada; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra las referidas servidoras, observando las garantias y procedimientos establecidos, habiendose determinado que las acciones realizadas por la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA constituyen faltas graves, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le sancione con SESENTA (60) dias de Cese Temporal sin goce de remuneraciones y se absuelva del cargo imputado a la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS, por no encontrarsele responsabilidad disciplinaria; Que, de conformidad a los Arts. 28º Incs. "a", "b" y "c" y 26º Inc. "c" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 155º Inc. "c", 158º, 168º, 169º, 170º y 171º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90;

Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 106-99-COPEPROAD-PNP de 21.JUL.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con SESENTA (60) dias de Cese Temporal sin goce de remuneraciones, por faltas disciplinarias (Incumplimiento de normas, reiterada resistencia al cumplimiento de las ordenes de sus Superiores y faltamiento de palabra en agravio de su Superior Jerarquico). Articulo 2º.- Absolver a la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS de la falta disciplinaria imputada mediante R.D. Nº 3257-DIPER-PNP de 30.JUN.99. Articulo 3º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a las interesadas, a partir del dia siguiente de su notificacion y/ o publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 2599

JUSTICIA
Autorizan realizacion de forum sobre conciliacion extrajudicial, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 076-2000-JUS MORDAZA, 2 de marzo del 2000 Visto el Oficio Nº 0175-00-JUS/DNAJ de fecha 17 de febrero del 2000 de la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos; CONSIDERANDO: Que la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos en cumplimiento de sus fines, ha propuesto la realizacion del Forum denominado "LA CONCILIACION EXTRAJUDICIAL: Una importante alternativa de solucion de conflictos", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA los dias 16 y 17 de marzo del ano en curso, con el objeto de continuar la divulgacion de los aspectos mas importantes que introduce la Conciliacion, labor emprendida por el Ministerio de Justicia a nivel nacional; Que el Articulo 1º de la Ley Nº 26872 "Ley de Conciliacion" declara de interes nacional la institucionalizacion y desarrollo de la Conciliacion como mecanismo alternativo de solucion de conflictos, que propicie alcanzar una cultura de paz, que internalice en las personas el valor de la conciliacion como un modo natural de resolver sus discrepancias de manera rapida, economica y mutuamente satisfactoria, erradicando a su vez la tendencia de judicializar conflictos que por su naturaleza podrian ser sancionados extrajudicialmente; Que el Ministerio de Justicia tiene entre sus funciones sistematizar la legislacion y promover su estudio y difusion, asi como ejecutar y coordinar su edicion oficial; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 26612, inciso i) del Articulo 3º e inciso i) del Articulo 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 190-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos a realizar el Forum denominado "LA CONCILIACION EXTRAJUDICIAL: Una importante alternativa de solucion de conflictos", los dias 16 y 17 de marzo del 2000 en la MORDAZA de Cajamarca. Articulo 2º.- La Oficina General de Administracion brindara a la Direccion Nacional organizadora del citado certamen la colaboracion necesaria para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 2826

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