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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2000 (24/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 185009 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de marzo de 2000 - Zárate (Lima) y 02 - La Perla (Callao), el día miércoles 6.OCT.99, en el DOV.-01 SURQUILLO; Que, del Acta Certificada de Adjudicación por Remate otor- gado por el Martillero Público Dr. Javier REYNOSO EDEN, de 6.OCT.99, se establece que a mérito de la R.D. Nº 190-99-IN/ 0501, se efectuó el Remate Público Nº 04-1999-IN/OGA-CRV- Lima, de 280 vehículos, rematándose entre otros vehículos, el lote 79, clase camioneta, marca Kía, color blanco, año 92, Placa de Rodaje RGP-365, Boleta de Internamiento Nº 52702, Nº Motor SD23013701, Nº Serie KNHTP7352NS304323, Depósito 01 - Surquillo, adjudicado al Sr. José UNTOL CALLE; Que, a mérito del escrito de fecha 14 de octubre de 1999, don Luis Felipe NOEL RUBINI, apoderado de BANCOSUR S.A., solicita la nulidad de la Resolución Directoral Nº 190-99-IN- 0501, de 17.SET.99, respecto al remate del automóvil de Placa de Rodaje RGP-365, por los fundamentos que en dicho escrito expone; Que, de los instrumentales obrantes en el expediente mate- ria del análisis se desprende que el remate del vehículo con Placa de Rodaje RGP-365, se efectuó de acuerdo al procedimiento establecido por la Ley Nº 15378 y demás disposiciones conexas y complementarias, no adoleciendo de vicios de nulidad contem- plado en el Art. 43º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, apro- bado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, de 28.ENE.94; y, Estando a lo informado por la Asesoría Jurídica y la visación de la Oficina Legal de Asuntos Administrativos de la OGA; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar Improcedente el pedido del Dr. Luis Felipe NOEL RUBINI, apoderado de BANCOSUR S.A., sobre nulidad de la Resolución Directoral Nº 190-99-IN-0501, de 17.SET.99, respecto al remate del vehículo marca Kía, año 92, color blanco, Placa de Rodaje RGP-365, por carecer de sustento legal que lo ampare. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 3376 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0328-2000-IN/0501 Lima, 21 de marzo del 2000 Visto, el EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO organizado por el Dr. Javier Martín GAMARRA DANCOURT, apoderado de BANCOSUR S.A., en el que solicita la nulidad de la Resolu- ción Directoral Nº 190-99-IN/0501 de 17.SET.99, en la parte que dispone el remate del automóvil de Placa de Rodaje AIM-136. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 190-99-IN/0501 de 17.SET.99, se dispone convocar a Remate Público Nº 04-1999- IN/OGA-CRV-Lima, un total de 280 vehículos internados por más de sesenta (60) días en los DD.OO.VV. Nº 01 - Surquillo, 03 - Zárate (Lima) y 02 - La Perla (Callao), el día miércoles 6.OCT.99, en el DOV.-01 SURQUILLO; Que, del Acta Certificada de Adjudicación por Remate otor- gado por el Martillero Público Dr. Javier REYNOSO EDEN, de 6.OCT.99, se establece que a mérito de la R.D. Nº 190-99-IN/ 0501, se efectuó el Remate Público Nº 04-1999-IN/OGA-CRV- Lima, de 280 vehículos, rematándose entre otros vehículos, el lote 18, clase automóvil, marca Daewoo, color verde, año 96, Placa de Rodaje AIM-136, Boleta de Internamiento Nº 050328, Nº Motor G155F440282B, Nº Serie KLATF19T1VC249338, Depósito 01 - Surquillo, adjudicado al Sr. Luis Angel VILLA- NUEVA PEREZ; Que, a mérito del escrito de fecha 14 de octubre de 1999, el Dr. Javier Martín GAMARRA DANCOURT, apoderado de BAN- COSUR S.A., solicita la nulidad de la Resolución Directoral Nº 190-99-IN-0501, de 17.SET.99, respecto al remate del automó- vil de Placa de Rodaje AIM-136, por los fundamentos que en dicho escrito expone; Que, de los instrumentales obrantes en el expediente mate- ria del análisis se desprende que el remate del vehículo con Placa de Rodaje AIM-136, se efectuó de acuerdo al procedimiento establecido por la Ley Nº 15378 y demás disposiciones conexas y complementarias, no adoleciendo de vicios de nulidad contem- plado en el Art. 43º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, apro- bado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, de 28.ENE.94; y, Estando a lo informado por la Asesoría Jurídica y la visación de la Oficina Legal de Asuntos Administrativos de la OGA; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar Improcedente el pedido del Dr. Javier Martín GAMARRA DANCOURT, apoderado de BANCO- SUR S.A., sobre nulidad de la Resolución Directoral Nº 190-99-IN-0501, de 17.SET.99, respecto al remate del vehículo marca Daewoo, año 96, color verde, Placa de Rodaje AIM-136, por carecer de sustento legal que lo ampare. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 3377 JUSTICIA Conceden indulto por razones humanitarias a interno del Estableci- miento Penitenciario de Régimen Ce- rrado Ordinario - Lurigancho RESOLUCION SUPREMA Nº 066-2000-JUS Lima, 23 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 1º de la Constitución Política del Perú, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que don Juan José MARTINEZ JURADO, viene cumplien- do condena en el Establecimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Ordinario - Lurigancho; Que de acuerdo a los Informes Médicos Nºs. 956-99-INPE- EPRCOL-DSP/Jf y 532-00-INPE-EPRCOL-DSP/Jf, el citado interno de ochenta y ocho años de edad, que ha sido clasificado como paciente senil, presenta una D/C valvulopatía y una hernia inguino escrotal bilateral incarcerada, que puede necro- sarse y constituir un peligro para la conservación de la salud del interno, por lo que requiere seguir un tratamiento médico especializado; Que el caso del referido interno, por sus condiciones persona- les, su avanzada edad y su delicado estado de salud, se adecua a los requerimientos de una decisión humanitaria, por encon- trarse debidamente acreditado en los Informes antes menciona- dos; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú, corresponde al Presidente de la República conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder INDULTO por razones humanitarias, a don Juan José MARTINEZ JURADO, quien cumple conde- na en el Establecimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Ordinario - Lurigancho. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 3449 PESQUERIA Disponen levantar suspensión de im- portación de postlarvas de langostino RESOLUCION MINISTERIAL Nº 092-2000-PE Lima, 23 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo Nº 009-99-PE del 12 de junio de 1999, suspendió por un período de 180 días calendario la impor- tación de nauplios, postlarvas y reproductores de langostino "Penaeus sp." , artemia, poliquetos y otros crustáceos en cual- quier estadio biológico y forma de presentación con fines de acuicultura, así como crustáceos vivos o muertos con destino al