Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2000 (24/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 185022 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de marzo de 2000 Que por Resolución Jefatural Nº 081-2000-J/ONPE del 14.2.2000; la Oficina Nacional de Procesos Electorales, pos- tergó la fecha central del proceso electoral en mención para el domingo 24 de setiembre del año en curso, en razón a que el Ministerio de Economía y Finanzas no había atendido el requerimiento del presupuesto que se necesitaba para lle- var a cabo dicho acto electoral, dejando en suspenso todas las actividades establecidas hasta la fecha por la Comisión Electoral Nacional; Que por escrito de fecha 10.2.2000, el señor doctor Vladimir Paz de la Barra, candidato a representante del Colegio de Abogados del país, formuló renuncia a su candidatura, aceptada por Resolución Jefatural Nº 079-2000-J/ONPE; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 129-2000-J/ONPE de fecha 16.3.2000, se resuelve reiniciar las actividades del proceso electoral para las elecciones de los representantes de Colegios Profesionales, así como de los Colegios de Abogados del país, señalándose para el día 25 de junio del presente año, como fecha central de las elecciones; Que, el Artículo 19º de la Ley Nº 26397, establece que "las impugnaciones son resueltas por el Jurado Nacional de Eleccio- nes conforme a las normas electorales" ; De conformidad con el Artículo 19º de la Ley Nº 26397, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, así como de los Artículos 7º y 8º del Reglamento del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 026-99-CNM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Elévese al Jurado Nacional de Eleccio- nes, el expediente de tacha presentado por el representante del Colegio de Periodistas del Perú, filial Cusco, señor Bayardo Mujica Oporto, contra los candidatos a que se refiere la Resolu- ción Jefatural Nº 077-2000-J/ONPE, para los fines de Ley. Artículo Segundo.- Póngase la presente Resolución en conocimiento de don Bayardo Mujica Oporto y de los candidatos a que se refiere la Resolución Nº 077-2000-J/ONPE. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE PORTILLO CAMPBELL Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 3416 RESOLUCION JEFATURAL Nº 135-2000-J/ONPE Lima, 22 de marzo del 2000 VISTO: El recurso de tacha presentado por el Dr. Juan Palacios Echegaray contra el candidato Dr. Luis Antonio Legua Aguirre. CONSIDERANDO: Que mediante recurso de tacha de fecha 14.2.2000, esta Oficina Nacional de Procesos Electorales recepcionó la tacha contra el candidato doctor Luis Antonio Legua Aguirre, repre- sentante por el Colegio de Abogados de Ica, en el que se señala que el referido candidato se encuentra procesado por el delito contra la administración de Justicia-Prevaricato en agravio de Balvina Aspilcueta Vda. de Manya, y por tanto, dicho candidato se encuentra incurso dentro de las prohibiciones que establece el Artículo 6º inciso 4) de la Ley Nº 26397; Que por Resolución Jefatural Nº 077-2000-J/ONPE de fecha 9.2.2000, se aceptó la inscripción de los candidatos para el proceso de elección de los representantes de Colegios Profesio- nales, así como de los Colegios de Abogados del país, asimismo, el Artículo 2º de la mencionada resolución, modificó el período de tachas establecido por Resolución Jefatural Nº 003-2000-J/ ONPE de fecha 10.1.2000; Que por Resolución Jefatural Nº 081-2000-J/ONPE de fecha 14.2.2000; la Oficina Nacional de Procesos Electo- rales, postergó la fecha central del proceso electoral en mención, para el domingo 24 de setiembre del año en curso, en razón a que el Ministerio de Economía y Finanzas no había atendido el requerimiento del presupuesto que se necesitaba para llevar a cabo dicho acto electoral, dejando en suspenso todas las actividades establecidas hasta la fecha por la Comisión Electoral Nacional; Que mediante Resolución Jefatural Nº 129-2000-J/ONPE de fecha 16.3.2000, se resuelve reiniciar las actividades del proceso electoral para las elecciones de los representantes de los Colegios Profesionales y de los Colegios de Abogados del país, señalándose para el día 25 de junio del presente año como fecha central de las elecciones; Que el Artículo 19º de la Ley Nº 26397, establece que "las impugnaciones son resueltas por el Jurado Nacional de Eleccio- nes conforme a las normas electorales" ; De conformidad con el Artículo 19º de la Ley Nº 26397, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, así como los Artículos 7º y 8º del Reglamento del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 026-99-CNM;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Remítase al Jurado Nacional de Elec- ciones, el expediente de tacha presentado por el doctor Juan Palacios Echegaray, contra el candidato doctor Luis Antonio Legua Aguirre, representante por el Colegio de Abogados de Ica, para los fines de Ley. Artículo Segundo.- Póngase la presente resolución en conocimiento del doctor Luis Antonio Legua Aguirre y del doctor Juan Palacios Echegaray. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE PORTILLO CAMPBELL Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 3417 S B S Autorizan a Financiera Cordillera S.A. la apertura de agencias en los distritos de Santiago de Surco y San Isidro, provincia de Lima RESOLUCION SBS Nº 0168-2000 Lima, 13 de marzo del 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La comunicación recibida con fecha 2 de marzo del 2000 de Financiera Cordillera S.A., mediante la cual solicita autoriza- ción para la apertura de las agencias que se detallan en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la docu- mentación pertinente que justifica la apertura de dichas agen- cias; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "D", mediante Informe Nº ASIF "D"-031-OT/2000; y, De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Circular Nº B-1996-97; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a Financiera Cordillera S.A. la apertura de las siguientes agencias: - Av. Javier Prado Este Nº 4200 Multitienda Nº 1, 4to. piso (Centro Comercial Jockey Plaza Shopping Center), Santiago de Surco. - Calle Las Begonias Nº 545, 4to. piso, San Isidro. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 3278 CONASEV Modifican el Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, en lo referente a presentación de informa- ción financiera auditada RESOLUCION CONASEV Nº 020-2000-EF/94.10 Lima, 22 de marzo de 2000 VISTO: El Informe Conjunto Nº 001-2000-EF/94.50/94.40/94.20 de fecha 15 de marzo de 2000, presentado por la Gerencia de