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Pág. 185097 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de marzo de 2000 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 185-2000-CDSB-C Por Oficio Nº 209-2000-CDSB-SC, la Municipalidad de San Borja solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 185- 2000-CDSB-C, publicada en nuestra edición del jueves 23 de marzo de 2000, en la página 184988. DICE: Artículo 31º.- RECURSO DE RECONSIDERACION El Recurso de Reconsideración se interpondrá contra la Multa y la Resolución, dentro del plazo de quince (15) días hábiles de notificada, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba instrumental. Este Recurso es opcional y su no interposición no impide el ejercicio del Recurso de Apelación. Este Recurso será resuelto y suscrito por el Director General de la Dirección o División que emitió la Resolución y/o Multa impugnada. DEBE DECIR: Artículo 31º.- RECURSO DE RECONSIDERACION El Recurso de Reconsideración se interpondrá contra la Multa y la Resolución, dentro del plazo de quince (15) días hábiles de notificada, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba instrumental. Este Recurso es opcional y su no interposición no impide el ejercicio del Recurso de Apelación. Este Recurso será resuelto y suscrito por el Director de la Dirección o Jefe de la División que emitió la Resolución y/o Multa impugnada. 3477 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Declaran cumplidas obras de habilita- ción urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCION Nº 2758-99-RASS Expediente Nº 001126-99.2 Santiago de Surco, 29 de diciembre de 1999 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Expediente Nº 001126-99.2 conteniendo la solici- tud de la Cooperativa de Viviendas Luis M. Sánchez Cerro Ltda. Nº 535 propietaria del inmueble de 24,734.94 m2, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, para que se ratifique la Resolu- ción Nº 366-97-MML-DMDU, de fecha 26.12.97 expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, declarando cumplidas las Obras de Habilitación Urbana en Vía de Regularización y con ello subsanar la observación efectuada por la Oficina Regis- tral de Lima y Callao al Título Nº 29415; y, CONSIDERANDO: Que la Municipalidad Metropolitana de Lima expide la Resolución Nº 366-97-MML-DMDU de fecha 26.12.97 (fs. 39 a 42) declarando cumplidas las Obras de Habilitación Urbana en Vía de Regularización del terreno de 24,734.94 m2, integrante de un área mayor de 36,820.00 m2, constituido por parte del Potrero "Monte San Lorenzo" de conformidad con el Plano de Lotización signado con el Nº 137-97-MML-DMDU-DGO-DHU- DCO de propiedad de la Cooperativa de Vivienda Luis M. Sánchez Cerro Ltda. Nº 535, ubicado en el distrito de Santiago de Surco; Que, la Oficina Registral de Lima y Callao a través del Tribunal Registral ha sentado jurisprudencia, con la expedición de la Resolución Nº 315-98-ORLCTR, estableciendo la no ins- cripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima de las Resoluciones emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima relativas a los trámites de Habilitaciones Urbanas previs-tos en la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas dentro de la jurisdicción de El Cercado, al haberse facultado a las Municipalidades Distritales iniciar, proseguir y culminar las habilitaciones urbanas en mención; motivo por el cual ha expe- dido la Esquela de Observación al Título Nº 29415 (fs. 45); Que la Subdirección de Obras Privadas mediante Informe Técnico Nº 024-99-OHU-SDOPRIV-DDU de fecha 17.11.99, (fs. 90 a 92), señala que los recurrentes han cumplido con adjuntar la documentación requerida en el Item 12 de la Ordenanza Nº 010-99-MSS y efectuada la inspección ocular al terreno del recurso se han encontrado las obras de acuerdo al Plano de Replanteo de Trazado y Lotización, siendo técnicamente facti- ble declarar cumplidas las Obras de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media R-3 del terreno de 24,734.94 m2, de conformidad con el Plano signado con el Nº 009-99-MSS- DDU-SDOPRIV y puede autorizarse la libre adjudicación de los lotes que se recepcionan; habiéndose corregido las discrepan- cias, el nuevo cuadro de Areas que se aprueba es el siguiente: CUADRO GENERAL DE AREAS Area Total Bruta -------------------- 36,820.00 m2. Area ocupada por el A.H. Jorge Chávez -------------------- 12,085.06 m2. Area Neta de habilitación -------------------- 24,734.94 m2. Area Total Util 17,028.55 m2. Vivienda ------------ 15,003.18 m2 Vivienda-Comercio ------------ 756.02 APORTES: Otros Fines ------------ 509.62 M° Educación ------------ 505.00 SERPAR ------------ 254.73 Area de Parque (Recreación Pública) -------------------- 2,226.70 Area de Vías -------------------- 5,479.69 RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO lo solicitado por la Cooperativa de Vivienda Luis M. Sánchez Cerro Ltda. Nº 535, consecuentemente ratifíquese en todos sus extremos la Resolu- ción Nº 366-97-MML-DMDU de fecha 26.12.97, expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, declarándose por cum- plidas las Obras de Habilitación Urbana en Vía de Regulariza- ción del terreno de 24,734.94 m2, para Uso Residencial de Densidad Media R-3, de conformidad con el Plano signado con el Nº 009-99-MSS-DDU-SDOPRIV; habiéndose corregido las dis- crepancias; el nuevo cuadro de Areas que se aprueba es el siguiente: CUADRO GENERAL DE AREAS Area Total Bruta ........................... 36,820.00 m2 Area ocupada por el A.H. Jorge Chávez ........................... 12,085.06 m2 Area Neta de habilitación ........................... 24,734.94 m2 Area Total Util 17,028.55 m2 Vivienda ................. 15,003.18 M2 Vivienda-Comercio ................. 756.02 APORTES: Otros Fines ................. 509.62 M° Educación ................. 505.00 SERPAR ................. 254.73 Area de Parque (Recreación Pública) .................. 2,226.70 Area de Vías .................. 5,479.69 Artículo Segundo.- Autorizar la libre adjudicación de los lotes que se recepcionan de acuerdo al cuadro siguiente: NUMERACION AREA QUE SE MANZANA Nº DE VIVIENDA COMERCIO RECEPCIONA m2 LOTES LOCAL A 33 1 al 18 y 20 al 34 5,284.00 B 39 1 al 39 6,446.27 C 16 1 al 16 2,620.89 D 8 5 al 9 1 al 3 1,408.04 TOTAL 96 15,759.20 De la diferencia de 8,975.74 m2 corresponde 2,226.70 m2 a Recreación Pública constituida por un parque público para el Ministerio de Educación en un área de 505.00 m2 ubicado en el lote Nº 4 de la Mz. "D", para SERPAR un área de 254.73 m2 ubicado en el lote Nº 10 de la Mz. "D" para Otros Fines un área de 509.62 m2 ubicado en el lote Nº 11 de la Mz. "D" y un área de 5,479.69 m2 para vías públicas. Artículo Tercero.- La Dirección de Desarrollo Urbano, a través de la Subdirección de Obras Privadas, queda encargada de incorporar la presente Habilitación Urbana en el Plan Urba- no del distrito de Santiago de Surco. Artículo Cuarto.- La Cooperativa de Vivienda Luis M. Sánchez Cerro Ltda. Nº 535, queda obligada a efectuar la independización a favor de la Municipalidad de Santiago de Surco del lote Nº 11 de la Mz. "D", con un área de 509.62 m2 calificado como Aporte Reglamentario destinado a "Otros Fi-