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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2000 (26/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 185080 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de marzo de 2000 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC PB PNP Cotty Agustina ORDINOLA CORNEJO, con DIEZ (10) días de Suspensión sin goce de remuneraciones; por Falta Disciplinaria (Reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes de sus superiores). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolución a la interesada, a partir del día siguiente de su notificación y/o publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 3113 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0286-2000-IN/PNP Lima, 13 de marzo del 2000 Visto, el Acta Nº 174-99-COPEPROAD-PNP de 22.DIC.99, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- plinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario instaurado a la EC AA PNP María Rosa SOTOMA- YOR LEON (44) CIP Nº 31026623. CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 7374-DIPER-PNP de 7.DIC.99 se instauró proceso administrativo disciplinario a la EC AA PNP María Rosa SOTOMAYOR LEON, quien presta servicios en la Jefatura Policial Metropolitana Sur, por inasistir injustificada- mente a sus labores del 31.ENE. al 9.FEB.99; Que, efectuada la Notificación de la indicada Resolución Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada ha presentado su descargo correspondiente, sin desvirtuar el cargo imputado; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente Resolución, y obser- vadas las garantías y procedimientos establecidos, ha com- probado que la acción realizada constituye falta disciplina- ria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de NUEVE (9) días de Suspensión sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "b" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y al Art. 155º Inc. "b" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en el Acta Nº 174-99-COPEPROAD- PNP de 22.DIC.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC AA PNP María Rosa SOTOMAYOR LEON, con NUEVE (9) días de Suspensión sin goce de remuneraciones; por Falta Disciplinaria (Abandono de cargo). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolución a la interesada, a partir del día siguiente de su notificación y/o publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 3114 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0287-2000-IN/PNP Lima, 13 de marzo del 2000 Visto, el Acta Nº 167-99-COPEPROAD-PNP de 3.DIC.99, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- plinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario instaurado al EC AC PNP Humberto ROQUE IBARRA (57) CIP Nº 70032262.CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 6602-DIPER-PNP de 4.NOV.99 se instauró proceso administrativo disciplinario al EC AC PNP Humberto ROQUE IBARRA, quien presta servicios en la Es- cuela de Oficiales de la PNP, por inasistir injustificadamente a sus labores del 24 al 31.MAY.99; Que, efectuada la Notificación de la indicada Resolución Directoral y transcurrido el plazo establecido, el procesado ha presentado su descargo correspondiente, sin desvirtuar el cargo imputado; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente Resolución, y observadas las garantías y procedi- mientos establecidos, ha comprobado que la acción realizada constituye falta disciplinaria, acordando por unanimidad reco- mendar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de SIETE (7) días de Suspensión sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "b" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y al Art. 155º Inc. "b" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en el Acta Nº 167-99-COPEPROAD- PNP de 3.DIC.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar al EC AC PNP Humberto ROQUE IBARRA, con SIETE (7) días de Suspensión sin goce de remune- raciones; por Falta Disciplinaria (Abandono de cargo). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolución al interesado, a partir del día siguiente de su notificación y/o publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 3115 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0301-2000-IN/PNP Lima, 15 de marzo del 2000 Visto, el Acta Nº 171-99-COPEPROAD-PNP de 22.DIC.99, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- plinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario instaurado al EC TA PNP Luis Martín BALBIN ZAMBRANO (46) CIP Nº 70017407. CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 7158-DIPER-PNP de 30.NOV.99, se instauró proceso administrativo disciplinario al EC TA PNP Luis Martín BALBIN ZAMBRANO, por la presunta comisión de faltas disciplinarias (incumplimiento de normas y actos de inmoralidad), al haber suspendido indebidamente, de OCT.97 a NOV.98, una asignación judicial a favor de doña Elizabeth CASTRO YAULIS, de las remuneraciones del SO2 PNP Claudio Arístides RABANAL APAZA, en complicidad con este último; actos cometidos cuando el referido EC se desempeñaba como Codificador de Mandatos Judiciales de la Sección de Asignacio- nes Judiciales de la DIECO-PNP; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolución Directoral y transcurrido el plazo establecido, el procesado ha presentado su descargo escrito, ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, sin desvirtuar los cargos imputados; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente Resolución, y observadas las garantías y procedi- mientos establecidos, ha comprobado que las acciones realiza- das constituyen faltas disciplinarias graves, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de DIEZ (10) meses de Cese Temporal sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 28º Incs. "a" y "j" y 26º Inc. "c" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa y de Remuneraciones del Sector Público, y al Art. 155º