Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2000 (30/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MARTINELLI FREUNDT Tte. MORDAZA Encargado de la Alcaldia

NORMAS LEGALES
010.095 010.096 0.90% 0.90%

MORDAZA, jueves 30 de marzo de 2000
Por no mantener vigentes las Polizas de Seguros. Por no remitir al Registro Municipal de Vehiculos Menores del Servicio Especial de la Municipalidad, la respectiva informacion actualizada del servicio de transporte en Vehiculos Menores que presta. Por no comunicar toda modificacion que altere la informacion contenida en la Resolucion de Circulacion y el Certificado de Operacion. Por no comunicar el retiro de la prestacion de servicio y no devolver los Certificados de Operacion. Por no comunicar el retiro de las unidades autorizadas ni la devolucion de Certificado de Operacion. Por no comunicar el retiro del servicio de las unidades autorizadas por transaccion de venta, transferencia onerosa, remplazo o inoperativo. Por no informar los reemplazos de los vehiculos y conductores, de acuerdo a las disposiciones que emanan de la Municipalidad. Por no comunicar los cambios de domicilio legal. Por no mantener y controlar adecuadamente los paraderos autorizados, segun las disposiciones de la Municipalidad. Por no verificar el estricto cumplimiento de los programas de capacitacion de conductores, que disponga la Municipalidad. Por no cumplir la Constatacion de Caracteristicas Anuales. Por no mantener en buen estado de MORDAZA, funcionamiento y seguridad de los Vehiculos Menores. Por no uniformizar su flota de acuerdo con las disposiciones que dicte la Municipalidad. Por tomar posesion de paraderos no autorizados. Por no controlar la utilizacion correcta de la autorizacion para prestar el servicio. Por no realizar el curso de Seguridad Vial. Por prestar el servicio sin la autorizacion correspondiente. INFRACCION DEL CONDUCTOR Por transferir la Credencial de Conductor. Por prestar el servicio sin contar con la autorizacion municipal. Por prestar el servicio bajo los efectos de alcohol, drogas o sustancias toxicas. Por llevar mas de tres (3) pasajeros. Por incurrir en maltrato fisico y/o verbal al pasajero. Por realizar el servicio en vias de alta velocidad, en las aceras, o en avenidas no autorizadas. Por adelantar vehiculos entablando competencia o MORDAZA de velocidad Por detenerse en paraderos no autorizados. Por abandonar el vehiculo con pasajeros.

010.097

0.90%

ANEXO A Condiciones tecnicas y de seguridad para autorizar la circulacion de vehiculos menores para el servicio publico de pasajeros y carga. 1.- PESO SECO DE VEHICULAR El peso seco vehicular sera mayor a los doscientos (200) kilogramos.
010.100 0.90% 010.098 0.90%

010.099

0.90%

2.- PESO MORDAZA VEHICULAR El peso MORDAZA vehicular a plena carga. Debera ser no mayor de setecientos cincuenta (750) kilogramos. 3.- LUCES Los vehiculos deberan contar en la parte delantera con luces altas y bajas con un alcance de luz luminico no menor de veinticinco (25) metros y veinticinco (25) Wats de potencia; en la parte posterior debera de contar con luces de peligro y de freno con una potencia de veinticinco (25) wats y perceptibles a una distancia de no menor de cincuenta (50) metros, asimismo deberan de tener luces perimetricas que indiquen el ancho MORDAZA del vehiculo, asi como un sistema de luces direccionales. 4.- FRENOS Los vehiculos deberan estar previstos de un sistema de frenos, por el cual se accionen independientemente sobre la MORDAZA delantera y sobre las ruedas posteriores. ANEXO B 1.- Modificaciones Tecnicas relativas a las dimensiones originales de fabrica del chasis. 2.- Modificaciones Tecnicas en el sistema de frenos, sin dejar alguna de las tres (3) ruedas sin este sistema. 3.- Modificaciones Tecnicas en el sistema de traccion de ruedas. ANEXO C DIRECCION DE FISCALIZACION Y CONTROL
Nº ORDEN SANCION % UIT OTRAS INFRACCION AL TRANSPORTE PUBLICO DE VEHICULOS MENORES INFRACCION DE LA PERSONA JURIDICA

010.101

0.90%

010.102 010.103

0.90% 090%

010.104

0.90%

010.105 010.106

0.90% 0.90%

010.107

0.90%

010.108 010.109 010.110 010.111

0.60% 0.90% 2.5% 2.5%

010.112 010.113 010.114 010.115 010.116 010.117

0.60% 0.60% 2.4% 0.90% 1.20% 1.20% SUSPENSION DEFINITIVA SUSPENSION

010.088

0.50 %

INTERNAMIENTO

010.089 010.090 010.091

0.60% 0.90% 0.90%

010.092

0.90%

010.093 010.094

0.90% 0.90%

Por permitir a los conductores trabajar sin estar registrados y autorizados por la Autoridad. Por transferir la Resolucion de Autorizacion. Por incorporar unidades sin autorizacion Municipal. Por no prestar el servicio en la MORDAZA y/o vias de trabajo, y con las unidades autorizadas por la Municipalidad. Por no difundir, cumplir y hacer cumplir entre todos sus asociados la presente Ordenanza, el Codigo de MORDAZA, Reglamento de MORDAZA y Seguridad Vial, los Decretos de Alcaldia, Resoluciones Directorales, Reglamentos y Normas vigentes que le sea aplicables y las que se dicten en el futuro, sin perjuicio de las Responsabilidades, Civiles y Administrativas. Por no designar al representante legal de la empresa asi como fijar su domicilio legal . Por permitir que sus Vehiculos Menores MORDAZA conducidos por personas no autorizadas, sin portar la respectiva Licencia de Conducir y Credencial del Conductor y/o no portar Certificado de Operacion y documentos que acrediten la Poliza de Seguros correspondiente.

010.118 010.119 010.120

0.60% 0.90% 1.20%

010.198 010.199 010.200 010.201

0.90% 0.90% 2.45% 0.90% INTERNAMIENTO

010.202

0.90%

Por prestar el servicio en mal estado de conservacion del vehiculo. Por prestar servicio sin cuidar la apariencia y el aseo personal. Por abastecer de combustible el vehiculo encontrandose con pasajeros. Por dejar o tomar pasajeros en el centro de la calzada o en lugares que atenten contra su integridad fisica. Por no portar la Credencial del Conductor correspondiente.

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