Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2000 (30/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 30 de marzo de 2000

NORMAS LEGALES

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FE DE ERRATAS

Que, en la Observacion Nº 40 del mencionado Informe, se le imputa presunta responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Personal de la Gerencia Departamental MORDAZA, por no haber realizado acciones de control al personal sobre el uso del fotocheck; de la misma manera, se habria determinado que la mayoria de los documentos contenidos en los legajos de personal no se encontrarian legalizados o autenticados por el fedatario de la Institucion, contraviniendo lo dispuesto en el Articulo 17º del Reglamento de Control de Personal y Acciones Disciplinarias del IPSS, la Sexta Disposicion de la Resolucion Nº 737-PE-IPSS-96 y el numeral 6.6.6 de la Directiva Nº 003-GCDP-IPSS-96; Que, en la Observacion Nº 45 del referido Informe, se le imputa presunta responsabilidad administrativa disciplinaria a la senora Meria MORDAZA Munoz, ex Jefa de la Unidad de Logistica de la Gerencia Departamental MORDAZA, por no haber aplicado en ningun caso las sanciones correspondientes a los proveedores que atendieron las ordenes de compra con retraso, por consiguiente la Unidad de Finanzas no habria efectuado los descuentos respectivos en las facturas correspondientes, ni se habria comunicado al Registro Central de Proveedores de la Institucion para que se acumulen antecedentes de los proveedores que no cumplieron oportunamente; incumpliendose lo estipulado en los numerales 24, 26 y 27 "Monitorear el Cumplimiento" del modulo A de la Directiva Nº 015-GG-IPSS-95 sobre "Proceso de Adjudicacion Directa en el IPSS"; Que, finalmente, en la Observacion Nº 48 del citado Informe, se le imputa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director del Hospital I Huamanga de la Gerencia Departamental MORDAZA, por haber permitido la apertura de un deposito de bienes sin el conocimiento ni conformidad de la Jefa de la Unidad de Logistica de la Gerencia Departamental, situacion que evidencia la falta de supervision y control de la instancia respectiva; Que, del analisis de los hechos, del Informe Nº 144-98-AFSOCV-IPSS, el Informe Legal Nº 085-98-PCM-DF-CV-IPSS y los informes de carreras administrativas que corren de folios 887 a 892 respectivamente, se desprende que existen indicios razonables que hacen presumir que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director del Hospital I Huamanga de la Gerencia Departamental Ayacucho; MORDAZA MORDAZA Munoz Elescano, ex Jefa de la Unidad de Finanzas; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Personal, y Meria MORDAZA Munoz, ex Jefa de la Unidad de Logistica de la Gerencia Departamental MORDAZA, habrian incurrido en la comision de las referidas faltas de caracter administrativo disciplinario, tipificadas como incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, previstas en los incisos a) y d) respectivamente, del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Por los argumentos expuestos, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 166º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, concordante con los Articulos 6º y 24º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios, aprobado por Acuerdo de Consejo Directivo Nº 2-30-IPSS-95, a lo recomendado en el Acta Nº 66-CEPADAN-ESSALUD-99 por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel y en merito a las facultades delegadas; SE RESUELVE: Primero.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director del Hospital I Huamanga de la Gerencia Departamental Ayacucho; MORDAZA MORDAZA MORDAZA ELESCANO, ex Jefa de la Unidad de Finanzas; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Personal, y MERIA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de la Unidad de Logistica de la Gerencia Departamental MORDAZA, por presunto incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, previstas en los incisos a) y d), respectivamente, del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, a merito del Informe Nº 14498-AFSO-CV-IPSS, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Segundo.- NOTIFICAR a los procesados con las formalidades de ley, a efectos que en el termino de cinco dias contados a partir del dia siguiente de la notificacion presenten sus descargos con los fundamentos de hecho y de derecho que consideren pertinentes dirigidos a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel, con sede en MORDAZA MORDAZA Nº 120 - 7º Piso - MORDAZA MORDAZA - Lima. Registrese y comuniquese. MORDAZA ARMIJO MORDAZA Gerente General 3666

RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 251-GG-ESSALUD-2000 Fe de Erratas de la Resolucion de Gerencia General Nº 251-GG-ESSALUD-2000 que aprueba la Directiva Nº 004GG-ESSALUD-2000, publicada en nuestra edicion del dia 22 de marzo de 2000, en la pagina 184928. DICE: 12. DISPOSICIONES TRANSITORIAS 12.1 Plazo de MORDAZA de solicitudes de subsidio por lactancia El plazo de MORDAZA de las solicitudes de subsidio por lactancia para los hijos de asegurados regulares a que se refiere el numeral 8.4.1 de la presente Directiva, se inicia para los subsidios cuyo periodo MORDAZA postparto culmine a partir del 1 de febrero del 2000. DEBE DECIR: 12. DISPOSICIONES TRANSITORIAS 12.1 Plazo de MORDAZA de solicitudes de subsidios por lactancia El plazo de MORDAZA de las solicitudes de subsidio por lactancia para los hijos de asegurados regulares a que se refiere el numeral 8.3.1 de la presente Directiva, se inicia para los subsidios cuyo periodo MORDAZA postparto culmine a partir del 1 de febrero del 2000. 3690

SUNARP
Aprueban directiva que establece lineamientos para aplicacion del logotipo institucional
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 053-2000-SUNARP/SN MORDAZA, 21 de marzo de 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 028-2000-SUNARP/SN, se aprobo la creacion de signos distintivos que identifiquen, de manera homogenea, a los organos integrantes del Sistema Nacional de los Registros Publicos, encargando a la Oficina de Imagen Institucional y Relaciones Publicas de la Sunarp, la elaboracion de los lineamientos que orientaran las actividades de Imagen Institucional y difusion de los servicios que ofrece el Sistema Nacional de los Registros Publicos; Que, conforme a la Resolucion Nº 052-2000-SUNARP/SN, se modifico el primer articulo de la Resolucion senalada en el parrafo anterior, aprobandose los logotipos que, como signos distintivos, identificaran a los organos integrantes del Sistema Nacional de los Registros Publicos; Que, en ese sentido, resulta necesario la aprobacion de una Directiva que establezca los lineamientos para la correcta aplicacion del logotipo institucional; De conformidad con los literales a), d) y w) del Articulo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 001-2000SUNARP/SN, que establece los lineamientos para la aplicacion del logotipo institucional, la cual consta de doce articulos y tres Disposiciones Complementarias, de acuerdo con el anexo que forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCO Superintendente Nacional de los Registros Publicos 3630

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