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Pág. 185223 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de marzo de 2000 Que, en la Observación Nº 40 del mencionado Informe, se le imputa presunta responsabilidad administrativa disci- plinaria al señor Augusto Palomino Villagaray, ex Jefe de la Unidad de Personal de la Gerencia Departamental Ayacu- cho, por no haber realizado acciones de control al personal sobre el uso del fotocheck; de la misma manera, se habría determinado que la mayoría de los documentos contenidos en los legajos de personal no se encontrarían legalizados o autenticados por el fedatario de la Institución, contravinien- do lo dispuesto en el Artículo 17º del Reglamento de Control de Personal y Acciones Disciplinarias del IPSS, la Sexta Disposición de la Resolución Nº 737-PE-IPSS-96 y el numeral 6.6.6 de la Directiva Nº 003-GCDP-IPSS-96; Que, en la Observación Nº 45 del referido Informe, se le imputa presunta responsabilidad administrativa disciplinaria a la señora Meria Ruiz Muñoz, ex Jefa de la Unidad de Logística de la Gerencia Departamental Ayacucho, por no haber aplicado en ningún caso las sanciones correspondientes a los proveedores que atendieron las órdenes de compra con retraso, por consi- guiente la Unidad de Finanzas no habría efectuado los descuen- tos respectivos en las facturas correspondientes, ni se habría comunicado al Registro Central de Proveedores de la Institución para que se acumulen antecedentes de los proveedores que no cumplieron oportunamente; incumpliéndose lo estipulado en los numerales 24, 26 y 27 "Monitorear el Cumplimiento" del módulo A de la Directiva Nº 015-GG-IPSS-95 sobre "Proceso de Adjudi- cación Directa en el IPSS"; Que, finalmente, en la Observación Nº 48 del citado Informe, se le imputa al señor Wilson Barrantes Montoya, ex Director del Hospital I Huamanga de la Gerencia Departa- mental Ayacucho, por haber permitido la apertura de un depósito de bienes sin el conocimiento ni conformidad de la Jefa de la Unidad de Logística de la Gerencia Departamen- tal, situación que evidencia la falta de supervisión y control de la instancia respectiva; Que, del análisis de los hechos, del Informe Nº 144-98-AFSO- CV-IPSS, el Informe Legal Nº 085-98-PCM-DF-CV-IPSS y los informes de carreras administrativas que corren de folios 887 a 892 respectivamente, se desprende que existen indicios razonables que hacen presumir que los señores Wilson Barrantes Montoya, ex Director del Hospital I Huamanga de la Gerencia Departamental Ayacucho; María Teresa Muñoz Elescano, ex Jefa de la Unidad de Finanzas; Augusto Palomino Villagaray, ex Jefe de la Unidad de Personal, y Meria Ruiz Muñoz, ex Jefa de la Unidad de Logística de la Gerencia Departamental Ayacucho, habrían incurrido en la comisión de las referidas faltas de carácter administrativo discipli- nario, tipificadas como incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, previstas en los incisos a) y d) respectivamente, del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aproba- da por Decreto Legislativo Nº 276; Por los argumentos expuestos, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 166º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, concordante con los Artículos 6º y 24º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios, aprobado por Acuerdo de Consejo Directivo Nº 2-30-IPSS-95, a lo recomendado en el Acta Nº 66-CEPADAN-ESSALUD-99 por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disci- plinarios Alto Nivel y en mérito a las facultades delegadas; SE RESUELVE: Primero.- INSTAURAR proceso administrativo disciplina- rio a los señores WILSON BARRANTES MONTOYA, ex Direc- tor del Hospital I Huamanga de la Gerencia Departamental Ayacucho; MARIA TERESA MUÑOZ ELESCANO, ex Jefa de la Unidad de Finanzas; AUGUSTO PALOMINO VILLAGARAY, ex Jefe de la Unidad de Personal, y MERIA RUIZ MUÑOZ, ex Jefa de la Unidad de Logística de la Gerencia Departamental Ayacucho, por presunto incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, previstas en los incisos a) y d), respectivamente, del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aproba- da por Decreto Legislativo Nº 276, a mérito del Informe Nº 144- 98-AFSO-CV-IPSS, por los hechos expuestos en la parte considera- tiva de la presente resolución. Segundo.- NOTIFICAR a los procesados con las forma- lidades de ley, a efectos que en el término de cinco días contados a partir del día siguiente de la notificación presen- ten sus descargos con los fundamentos de hecho y de derecho que consideren pertinentes dirigidos a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel, con sede en Domingo Cueto Nº 120 - 7º Piso - Jesús María - Lima. Regístrese y comuníquese. SILVIA ARMIJO HIDALGO Gerente General 3666FE DE ERRATAS RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 251-GG-ESSALUD-2000 Fe de Erratas de la Resolución de Gerencia General Nº 251-GG-ESSALUD-2000 que aprueba la Directiva Nº 004- GG-ESSALUD-2000, publicada en nuestra edición del día 22 de marzo de 2000, en la página 184928. DICE: 12. DISPOSICIONES TRANSITORIAS 12.1 Plazo de presentación de solicitudes de subsidio por lactancia El plazo de presentación de las solicitudes de subsidio por lactancia para los hijos de asegurados regulares a que se refiere el numeral 8.4.1 de la presente Directiva, se inicia para los subsidios cuyo período máximo postparto culmine a partir del 1 de febrero del 2000. DEBE DECIR: 12. DISPOSICIONES TRANSITORIAS 12.1 Plazo de presentación de solicitudes de subsidios por lactancia El plazo de presentación de las solicitudes de subsidio por lactancia para los hijos de asegurados regulares a que se refiere el numeral 8.3.1 de la presente Directiva, se inicia para los subsidios cuyo período máximo postparto culmine a partir del 1 de febrero del 2000. 3690 SUNARP Aprueban directiva que establece linea- mientos para aplicación del logotipo institucional RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 053-2000-SUNARP/SN Lima, 21 de marzo de 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 028-2000-SUNARP/SN, se aprobó la creación de signos distintivos que identifiquen, de manera homogénea, a los órganos integrantes del Sistema Nacional de los Registros Públicos, encargando a la Oficina de Imagen Institucional y Relaciones Públicas de la Sunarp, la elabora- ción de los lineamientos que orientarán las actividades de Imagen Institucional y difusión de los servicios que ofrece el Sistema Nacional de los Registros Públicos; Que, conforme a la Resolución Nº 052-2000-SUNARP/SN, se modificó el primer artículo de la Resolución señalada en el párrafo anterior, aprobándose los logotipos que, como signos distintivos, identificarán a los órganos integrantes del Sistema Nacional de los Registros Públicos; Que, en ese sentido, resulta necesario la aprobación de una Directiva que establezca los lineamientos para la correc- ta aplicación del logotipo institucional; De conformidad con los literales a), d) y w) del Artículo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Regis- tros Públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 001-2000- SUNARP/SN, que establece los lineamientos para la aplica- ción del logotipo institucional, la cual consta de doce artícu- los y tres Disposiciones Complementarias, de acuerdo con el anexo que forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELVIRA MARTINEZ COCO Superintendente Nacional de los Registros Públicos 3630