Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2000 (08/05/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 8 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 186359

revaluacion periodicas por parte del SENASA, quien podra suspender o cancelar el Registro cuando se incumplan o modifiquen las condiciones originales que dieron lugar al Registro o se detecten irregularidades en las empresas. El titular del registro debe comunicar obligatoriamente al SENASA, dentro de los quince (15) dias habiles siguientes, cualquier cambio originado en la solicitud que dio origen a su registro. De igual manera informara sobre el cambio de representante legal o de asesor tecnico. El incumplimiento de esta disposicion MORDAZA lugar a la aplicacion de una multa equivalente a dos (2) UIT. Los productos inscritos a favor de una empresa que ha cambiado de denominacion social seran transferidos por solicitud de la empresa, a favor de la nueva razon social, manteniendo su vigencia. Articulo 14º.- Los agricultores - importadores - usuarios podran registrarse en forma individual o agrupada, debiendo para este fin solicitar su registro los agricultores que importen estos insumos. Este registro autoriza la importacion de plaguicidas registrados en el SENASA unicamente para uso propio, y que MORDAZA estrictamente necesarios. Para la inscripcion en el registro agricultor - importador - usuario los interesados deberan de presentar: a) Para persona natural: solicitud de registro, acompanando nombre y apellido, domicilio legal, denominacion, ubicacion y titulo de propiedad o contrato de arrendamiento del predio, adjuntando MORDAZA simple del documento de identidad. b) Asociacion de productores: solicitud senalando nombres de sus integrantes, representante legal, domicilio legal, propiedad, y ubicacion de los predios, adjuntando MORDAZA simple de documentos de identidad. c) Persona juridica: solicitud, senalando razon social, nombre del representante legal, domicilio legal y ubicacion del predio, adjuntando documentos que acrediten su constitucion y MORDAZA simple del documento de identidad del representante legal. Adicionando ademas los siguientes documentos: - Declaracion jurada sobre areas, cultivos, plaguicidas a utilizar, cantidad requerida, dosis y frecuencia de aplicacion, en sistemas de produccion y post cosecha. - Documento que senale el nombre del asesor tecnico, responsable del manejo del cultivo y de los productos, acompanando MORDAZA del titulo, documento de identidad y acreditacion de experiencia en la aplicacion y manejo de plaguicidas. Cumplidos los requisitos MORDAZA senalados, el otorgamiento del Registro estara sujeto a una inspeccion ocular en la que se verificaran los datos consignados en la solicitud de inscripcion. El registro de agricultor - importador - usuario no podra ser transferido o cedido a terceros bajo ninguna modalidad. Los productos importados bajo esta modalidad no podran ser comercializados. El incumplimiento a la presente disposicion sera sancionado con una multa equivalente a dos (2) UIT y el decomiso de los productos. En caso de reincidencia, ademas de las sanciones ya contempladas se procedera a la cancelacion definitiva del registro. El SENASA podra dictar las directivas que estime necesarias para el mejor cumplimiento de este articulo.

Articulo 15º.- Las personas naturales o juridicas que soliciten registro como fabricantes, formuladores y envasadores deberan contar con los servicios propios de un profesional especialista quimico, con funciones y responsabilidades del control interno de los procesos productivos y especificamente del control de calidad de sus productos. Articulo 16º.- Las empresas que se registren, ya sea en la Direccion General de Sanidad Vegetal (nivel nacional) o en las Direcciones Desconcentradas del SENASA (nivel regional), deberan contar con un Asesor Tecnico, ingeniero agronomo, biologo o especialista en el area, a tiempo completo las primeras y a tiempo parcial las segundas, quienes tendran la responsabilidad ante el SENASA de la parte tecnica en lo relacionado a las gestiones de su representada y del asesoramiento tecnico a los usuarios de sus productos. A su solicitud acompanaran lo siguiente: - Nombre y razon social de la empresa a la que presta sus servicios y otros datos de ley, - MORDAZA del titulo profesional y otros documentos que acrediten su especializacion en sanidad vegetal, - MORDAZA de documento de identidad, - MORDAZA o Certificado de capacitacion en materia de plaguicidas, expedido por el SENASA o entes acreditados para tal, segun la actividad que realizara, - Declaracion Jurada de la empresa sobre vinculo laboral con esta, - Comprobante de pago por los derechos respectivos. Articulo 17º.- Los plaguicidas quimicos de uso MORDAZA clasificados como IA Extremadamente toxicos y IB Altamente Toxicos, solo podran comercializarse con la prescripcion tecnica de un ingeniero agronomo, asesor tecnico, ya sea de la empresa local o del titular del registro del producto, debidamente autorizados por el SENASA. La infraccion a esta disposicion sera sancionada con veinticinco (25) UIT. CAPITULO V DE LOS PERMISOS ESPECIALES Seccion I Para investigacion Articulo 18º.- Se prohibe la importacion al MORDAZA de sustancias codificadas en fases de desarrollo para fines de investigacion de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA, en tanto, a juicio del SENASA no existan las capacidades y regulaciones nacionales indispensables para asegurar que se minimicen los riesgos para la salud y el ambiente. La infraccion al presente articulo sera sancionada con veinte (20) UIT por producto. Seccion II Para experimentacion Articulo 19º.- Como paso previo para el registro comercial de un plaguicida que se produzca o ingrese por primera vez al MORDAZA con fines experimentales de eficacia, se autorizaran las pruebas experimentales a personas naturales o juridicas, oficiales o privadas previamente autorizadas por el SENASA para tal fin. El SENASA podra autorizar la importacion y utilizacion de cantidades limitadas del plaguicida. El permiso otorgado con este fin se enmarcara en los protocolos espe-

NIC S SUBSTANCIALES

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.