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Pág. 186367 NORMAS LEGALES Lima, lunes 8 de mayo de 2000 y brindar asesoría sobre el uso y manejo de plaguicidas, siendo responsable del aspecto técnico. Coadyuvante , toda sustancia adhesiva, formadora de depósito, emulsionante, diluyente, sinérgica o humectante destinada a facilitar la aplicación y la acción de un plaguicida. Comercialización , el proceso general de promoción del producto, incluyendo la publicidad, relaciones públicas acerca del producto y servicios de información, así como la distribución y venta en los mercados nacionales e interna- cionales. Comerciante minorista, persona natural o jurídica que suministra plaguicidas al por menor, en venta directa en establecimientos comerciales autorizados. Comisión Nacional de Plaguicidas (CONAP) , co- misión que asesora al SENASA acerca de toda cuestión relacionada con el Registro y control de plaguicidas. Control , actividades de supervisión, seguimiento y vigilancia por las cuales se verifica el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Reglamento. Desechos o residuos especiales , envases o empa- ques que hayan contenido plaguicidas, remanentes, so- brantes, subproductos de estos plaguicidas; el producto de lavado o limpieza de objetos o elementos que hayan estado en contacto con los plaguicidas tales como: ropa de trabajo, equipos de aplicación, equipos de proceso u otros. Distribuidor , persona natural o jurídica que suminis- tra los plaguicidas al por mayor a través de canales comer- ciales en los mercados nacionales o internacionales. Dosis letal media, DL50 , estimación estadística de la dosis mínima necesaria para matar el cincuenta por ciento de una población de animales de laboratorio en condiciones controladas. Se expresa en miligramos de tóxico por kilo- gramos de peso animal con indicación de la especie, sexo y edad de los animales usados en la experimentación. Se aplica por vías oral, dérmica, mucosas y parenteral.. Embalaje o empaque , todo aquello que agrupa, con- tiene y protege debidamente los productos envasados, facilitando el manejo en las operaciones de transporte y almacenamiento, e identifica su contenido. Envase , es el recipiente que contiene el producto para protegerlo o conservarlo y que facilita su manipulación, almacenamiento, distribución, y presenta la etiqueta. Envenenamiento , la aparición de daños o trastornos causados por un veneno, inclusive la intoxicación. Etiqueta , cualquier material escrito, impreso o gráfico que vaya sobre el envase que contiene un plaguicida o esté impreso, grabado o adherido a su recipiente inmediato y en el paquete o envoltorio exterior de los envases para uso o distribución. Fabricación , síntesis o producción de un ingrediente activo plaguicida. Fabricante , persona jurídica pública o privada dedi- cada a la síntesis o producción de un ingrediente activo plaguicida. Formulación, preparado o producto terminado , la combinación de varios ingredientes para hacer que el producto sea útil y eficaz para la finalidad que se pretende, es decir, la forma del plaguicida que compran los usuarios. Formulador , persona jurídica pública o privada dedi- cada a la función de preparar la formulación de un plagui- cida, es decir el producto preparado o terminado. Importador, persona natural o jurídica que introduce al país materia prima destinada a la formulación nacional de plaguicidas, o productos terminados para su venta y uso en el país. Industria de plaguicidas , todas las personas jurídi- cas dedicadas a la fabricación, formulación o comercializa- ción interna y externa, de materia prima y productos plaguicidas terminados.Ingrediente activo , la parte biológicamente activa de plaguicida presente en una formulación. Ingrediente activo grado técnico , es aquel que contiene los elementos químicos y sus compuestos natura- les o manufacturados incluida las impurezas y compuestos relacionados que resultan inevitablemente del proceso de fabricación. Legislación sobre plaguicidas , cualquier ley, regla- mento o norma aplicados para regular toda actividad relacionada con los plaguicidas. Límite máximo para residuos (LMR) , la concentra- ción máxima de un residuo de plaguicida que se permite o reconoce legalmente como aceptable en o sobre un alimen- to, producto agrícola o alimento para animales. Modalidad de uso , el conjunto de todos los factores que intervienen en el uso de un plaguicida, tales como la concentración de ingrediente activo en el preparado a aplicarse, la dosis de aplicación, el período de tratamiento, el número de tratamiento, el uso de coadyuvantes y los métodos y lugares de aplicación que determinan la canti- dad aplicada, la periodicidad del tratamiento y el intervalo previo a la cosecha, etc. Nombre común , el nombre asignado al ingrediente activo de un plaguicida por una Organización Internacio- nal de Normalización, o adoptado por las autoridades nacionales de normalización para su uso como nombre genérico o no patentado, solamente para dicho ingrediente activo. Nombre comercial , el nombre distintivo con que el titular del producto etiqueta, registra y promociona el plaguicida y que está protegido con la legislación nacional correspondiente. Peligro , la probabilidad de que un plaguicida cause daño o efectos desfavorables a la salud o el ambiente de acuerdo con las condiciones en que se usa. Período de carencia o de espera , intervalo que debe transcurrir entre la última aplicación de un plaguicida y la cosecha. En el caso de aplicaciones postcosecha se refiere al intervalo entre la última aplicación y el consumo del producto agrícola. Período de reingreso , intervalo que debe transcurrir entre el tratamiento o aplicación de un plaguicida y el ingreso de personas y animales al área o cultivo tratado. Pictograma , símbolo gráfico que transmite un men- saje sin utilizar palabras. Plaga , cualquier especie, raza o biotipo, vegetal o animal o agente patógeno dañino para las plantas y pro- ductos vegetales. Plaguicida agrícola , cualquier sustancia o mezcla de sustancias destinadas a prevenir, destruir o controlar cual- quier plaga, las especies no deseadas de plantas o animales que causan perjuicio o que interfieren de cualquier otra forma en la producción, elaboración, almacenamiento, trans- porte o comercialización de alimentos, productos agrícolas, madera y productos de madera . El término incluye las sustancias destinadas a utilizarse como reguladoras del crecimiento de las plantas, defoliantes, desecantes, y las sustancias aplicadas a los cultivos antes o después de la cosecha para proteger el producto contra el deterioro duran- te el almacenamiento y transporte. Plaguicida caducado, (ver plaguicida obsoleto). Plaguicida obsoleto , o en desuso o caducados, se define así aquellos plaguicidas cuyas existencias ya no pueden ser usadas para su fin original o para cualquier otro fin, requiriéndose su eliminación. Producto , el plaguicida en la forma en que se envasa y vende; contiene en general uno o más ingredientes activos más los coadyuvantes y puede requerir dilución o no antes del uso. Profesional especialista químico, profesional quí- mico o especialista afín que brinda asistencia técnica en