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Pág. 194572 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de noviembre de 2000 como desistimiento del recurrente a cualquier medio impugnativo que hubiera interpuesto sobre las deudas que constituyen el monto a fraccionar. Artículo Séptimo.- CAUSALES DE PERDIDA DE BENEFICIO Los contribuyentes que dejen de abonar dos cuotas mensuales consecutivas o incurran en cualquiera de las causales de pérdida del derecho contenidas en el Reglamento de Fraccionamiento aprobado por el De- creto de Alcaldía Nº 10-99-DASS, modificado por el Decreto de Alcaldía Nº 02-2000-MSS, perderán los beneficios que establece la presente Ordenanza, de- jándose sin efecto el convenio de fraccionamiento sus- crito a su amparo. Artículo Octavo.- Encargar a la Oficina de Rentas y Oficina de Ejecución Coactiva el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Noveno.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 12478 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Amplían plazo de Ordenanza Nº 012- 2000/MVMT sobre beneficios concedi- dos a contribuyentes que concurran a pagar deudas tributarias pendientes ORDENANZA Nº 015-2000/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29.SETIEMBRE.2000, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Washington Ipenza Pacheco y con la asis- tencia de los señores regidores Sra. Ana Sinche Rosa- les, Sr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Francisca Zea Arancibia, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Mejía Escajadi- llo, Sra. María Lora Figueroa y Sr. Javier Salas Zama- lloa; se trató sobre la prórroga de la Ordenanza Nº 012- 2000/MVMT; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 012-2000/MVMT se prorrogó la concesión de beneficios tributarios a los contribuyentes que voluntariamente concurrieran a pagar sus deudas, antes de ser pasibles de fiscaliza- ción tributaria; Que, es potestad del Pleno del Concejo prorrogar la vigencia de la mencionada Ordenanza; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3) y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades y Art. 60º del Decreto Legislativo Nº 776 - de Tributación Municipal; y con el voto Unánime de los señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31.OCTU- BRE.2000 la vigencia de la Ordenanza Nº 012-2000/ MVMT.Artículo Segundo.- ENCARGAR al Despacho de Alcaldía emita las disposiciones complementarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Villa María del Triunfo, 29 de setiembre del 2000. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 12476 Otorgan autorización temporal a co- merciantes para ejercer actividades en inmediaciones o interior del cemente- rio municipal ORDENANZA Nº 016-2000/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 20.OC- TUBRE.2000, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Washington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los señores regidores Sr. Wilfredo Enríquez Palomino, Sra. Aurora Heredia C., Sra. Ana Sinche Rosales, Sr. Emiliano Yrribaren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Francisca Zea Arancibia, Sr. Carlos Palomino Maldona- do, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Mejía Escaja- dillo, Sra. María Lora Figueroa, Sr. Javier Salas Zama- lloa y Sr. David Romero Ríos; se trató sobre Tasas en el Cementerio Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, a fin de controlar y fiscalizar a los comerciantes que hacen uso y aprovechamiento del Cementerio Muni- cipal en determinadas fechas en las cuales se incrementa el comercio, se hace indispensable otorgarles una Autori- zación Temporal para que ejerzan sus actividades; De conformidad con los Arts. 36º, inc. 3) y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; y Decreto Legis- lativo Nº 776 sobre Tributación Municipal; con el voto Unánime de los señores Regidores; y la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha emitido la siguiente: O R D E N A N Z A Autorización Temporal a Comerciantes en el Cementerio Municipal Virgen de Lourdes Artículo Primero.- OTORGAR Autorización Tempo- ral a los comerciantes o aquéllos que presten un servicio, que se establezcan en las inmediaciones o interior del Cementerio Municipal "Virgen de Lourdes" - Nueva Espe- ranza, los días 31 de octubre y 1 y 2 de noviembre del 2000. Artículo Segundo.- El monto de la Tasa -incluido el derecho de trámite administrativo- a aplicarse por la autorización de tres o menos días, es la siguiente: a)Puestos y/o Kioscos Grandes (2 x 6) S/. 80.00 b)Puestos y/o Kioscos Pequeños (2 x 2) S/. 30.00 c)Puestos y/o Kioscos Pequeños (alimentos y/o bebidas) (2 x 2) S/. 50.00 d)Puestos y/o Kioscos Medianos (alimentos y/o bebidas) (2 x 4) S/. 60.00 e)Puestos y/o Kioskos Grandes (alimentos y/o bebidas) (2 x 6) S/.100.00 f)Puestos y/o Kioscos Mayoristas (alimentos y/o bebidas) (3 x 6) S/.150.00 g)Autorización ingresos Mototaxis (vale por 4 días) S/.100.00 h)Banda de Músicos y/o conjuntos (por día) S/. 50.00 i)Uso de servicios higiénicos (por persona en el cementerio) S/. 0.50 j)Ambulantes (por día) S/. 5.00 k)Instalación baño particular c/u (por 4 días) S/. 50.00 Villa María del Triunfo, 20 de octubre del 2000. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 12479