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Pág. 194556 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de noviembre de 2000 SE RESUELVE: Artículo Unico.- Modificar el Artículo 1º de la Reso- lución Ministerial Nº 0727-RE, de 5 de octubre del año 2000, de acuerdo a lo siguiente: "1º.- Designar a la Delegación peruana que participará en la V Reunión Ministerial sobre Niñez y Política Social en las Américas, a realizarse en la ciudad de Kingston, Jamaica, del 9 al 13 de octubre del año 2000, la que estará conformada por los siguientes funcionarios: - Doctor William Toro Cabrera, Viceministro de Pro- moción de la Mujer y del Desarrollo Humano y Secretario Pro Tempore, quien la presidirá; - Ministro (r) Humberto Urteaga Dulanto, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Jamaica; - Doctora María Teresa Montes Rengifo, Presidenta del Consejo Directivo del INABIF; - Licenciada Patricia Crosby Crosby, Gerenta de Pro- moción de la Niñez y la Adolescencia del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano; - Consejero Oscar González Carmona, funcionario de la Embajada del Perú en Jamaica; - Consejero Alfredo Chuquihuara Chil, funcionario de la Representación Permanente del Perú ante la Organi- zación de las Naciones Unidas; - Primer Secretario Eduardo González Mantilla, Jefe del Departamento de la Mujer, Pobreza de la Dirección de Asuntos Sociales y Humanitarios; - Señorita Mirella Crippa Ulloa, Coordinadora de la Secretaría Pro-Tempore Americana; y, - Señorita Lissie Annette Chiarot González, Represen- tante de la Red de Líderes Adolescentes del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 12471 M T C Autorizan donación de bienes de ENAPU S.A. a favor de instituciones educativas y de compañía de bomberos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 150-2000-MTC Lima, 31 de octubre del 2000 Visto, los Oficios Nºs. 195-2000-ENAPU S.A./PD y 196-2000-ENAPU S.A./PD de la Presidencia del Directo- rio de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A.; CONSIDERANDO: Que, por Oficio S/N de fecha 2 de agosto de 2000, el Seminario Mayor San Carlos y San Marcelo, ha solicitado a la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. la donación de bienes para ser usados en beneficio de los seminaristas; Que, por Oficio Nº 193-2000-D-81204-MGS-S, de fecha 3 de agosto de 2000, el Colegio Nº 81024 Miguel Grau Seminario - Salaverry, ha solicitado a la Empresa Nacio- nal de Puertos S.A. - ENAPU S.A. la donación de bienes muebles para ser usados en beneficio de los niños y jóvenes estudiantes de la comunidad; Que, ENAPU S.A. a través de los Acuerdos de Directorio Nºs. 156/10/96/D, 20/01/97/D, 107/06/97/D y 122/11/98/D, han aprobado la baja contable, y exclusión de bienes de los activos en uso del Terminal Portuario de Salaverry de ENAPU S.A.; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 111/12/99/D de fecha 29 de diciembre de 1999, ENAPU S.A. acordó ampliar los Acuerdos de Directorio Nºs. 156/10/96/D, 20/ 01/97/D, 107/06/97/D y 122/11/98/D, en el sentido que los bienes dados de baja pueden ser donados y/o eliminados; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la donación de treintiséis (36) bienes del Terminal Portuario de Salaverry, de la Empre-sa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. a favor del Seminario Mayor San Carlos y San Marcelo, de acuerdo al Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar la donación de cuarentiséis (46) bienes muebles del Terminal Portuario de Salaverry, de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. a favor del Colegio Nº 81024 Miguel Grau Seminario - Salaverry, de acuerdo al Anexo 2 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Los bienes muebles a que se refiere el artículo precedente, serán excluidos del inventario de activos fijos de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Supre- ma al Seminario Mayor San Carlos y San Marcelo, Colegio Nº 81024 Miguel Grau Seminario - Salaverry, Empresa Nacio- nal de Puertos S.A. - ENAPU S.A., Contraloría General de la República y Superintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 12585 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 151-2000-MTC Lima, 31 de octubre del 2000 Visto, los Oficios Nºs. 193-2000-ENAPU S.A./PD y 194-2000-ENAPU S.A./PD de la Presidencia del Directo- rio de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A.; CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 003-2000-CTAR-P- SR"LCC"DDSRSES-ADEP-C de fecha 10 de enero de 2000, el Area de Desarrollo Educativo - Paita, ha solicita- do a la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. la donación de bienes para ser usados en el mejor funcio- namiento de las labores pedagógicas; Que, por Oficio Nº 101-00-CGBVP-CBP29 de fecha 3 de agosto de 2000, la Compañía de Bomberos Salaverry Nº 29, ha solicitado a la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. la donación de bienes muebles para ser usados en beneficio de la institución; Que, ENAPU S.A. a través de los Acuerdos de Directorio Nºs. 156/10/96/D, 20/01/97/D, 193/12/97/D y 36/04/98/D, han aprobado la baja contable, exclusión y venta de bienes de los activos en uso del Terminal Portuario de Paita de ENAPU S.A. y del Terminal Portuario de Salaverry de ENAPU S.A.; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 111/12/99/ D de fecha 29 de diciembre de 1999, ENAPU S.A. acordó ampliar los Acuerdos de Directorio Nºs. 156/10/ 96/D, 20/01/97/D, 193/12/97/D y 36/04/98/D en el sen- tido que los bienes dados de baja pueden ser donados y/o eliminados; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la donación de cincuentiún (51) bienes del Terminal Portuario de Paita, de la Empre- sa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. a favor del Area de Desarrollo Educativo - Paita, de acuerdo al Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar la donación de treintiséis (36) bienes muebles del Terminal Portuario de Salaverry, de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. a favor de la Compañía de Bomberos Salaverry Nº 29, de acuerdo al Anexo 2 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Los bienes muebles a que se refiere el artículo precedente, serán excluidos del inventario de activos fijos de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema al Area de Desarrollo Educativo - Paita, Compañía de Bomberos Salaverry Nº 29, Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., Contraloría General de la República y Superintendencia de Bienes Nacionales.