Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2000 (09/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, jueves 9 de noviembre de 2000

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 301-2000-JUS

de Justicia a suscribir un Convenio de Edicion para la publicacion de la Sexta Edicion Oficial del Texto Unico Ordenado del Codigo Procesal Civil, entre otros; Que a la fecha se ha concluido la elaboracion de la citada edicion, encontrandose lista para su publicacion; Que es funcion del Ministerio de Justicia sistematizar la legislacion y promover su estudio y difusion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 26612; inciso i) del Articulo 3º, e inciso j) del Articulo 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 146-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR la Sexta Edicion Oficial del Texto Unico Ordenado del CODIGO PROCESAL CIVIL en un tiraje de 3,000 ejemplares, debidamente numerados. Articulo 2º.- AUTORIZAR al Director Nacional de Asuntos Juridicos para autenticar cada uno de los ejemplares que conforman la Edicion Oficial a que se refiere la presente Resolucion. Articulo 3º.- La Direccion Nacional de Asuntos Juridicos distribuira el porcentaje de ejemplares que correspondan al Ministerio de Justicia entre personas naturales y juridicas vinculadas al tema materia de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 12844

MORDAZA, 3 de noviembre de 2000 Visto el recurso de apelacion interpuesto por Danielli Noira MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Jefatural Nº 324-2000AGN/J de fecha 1 de setiembre de 2000; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Jefatural Nº 324-2000-AGN/J MORDAZA Danielli Noira MORDAZA MORDAZA, Tecnica Administrativa III, nivel STA del Archivo General de la Nacion, fue declarada excedente como resultado del MORDAZA de Evaluacion del Personal correspondiente al I Semestre - 2000, siendo cesada de su puesto de trabajo a partir del 4 de setiembre de 2000; Que contra dicha Resolucion la recurrente interpuso oportunamente recurso de apelacion manifestando que la Evaluacion de personal del I Semestre se encuentra viciada porque el resultado final se expidio el 1 de setiembre del ano en curso debiendo haber sido en el mes de MORDAZA y porque los resultados parciales no fueron publicados, por lo que en su debido momento no pudo ejercer su derecho a la defensa; Que el MORDAZA de evaluacion en el Archivo General de la Nacion demando para su realizacion un tiempo prudencial que comenzo con la designacion de la Comision Evaluadora con Resolucion Jefatural Nº 265-2000-AGN/J del 12 de MORDAZA de 2000 y culmino el 1 de setiembre del ano en curso, con un tiempo aproximado de 50 dias calendario desde la mencionada designacion, la proyeccion y aprobacion del Reglamento de Evaluacion y la ejecucion de dicho MORDAZA, lo que es perfectamente valido y legal; asimismo el Reglamento de Evaluacion no dispone la publicacion de los resultados parciales sino del resultado final que se cumplio con la publicacion de la resolucion impugnada que en el caso de la recurrente guarda relacion con los resultados parciales que obran en autos, por lo que la apelacion carece de fundamento; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica en su Informe Nº 119-2000-JUS/OGAJ-OAA; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia y Articulos 84º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por Danielli Noira MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Jefatural Nº 324-2000-AGN/J de fecha 1 de setiembre de 2000, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la interesada y al Archivo General de la Nacion, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 12837

Declaran improcedente e infundada impugnaciones contra resolucion que declaro excedentes a servidores del Archivo General de la Nacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 299-2000-JUS MORDAZA, 3 de noviembre de 2000 Visto el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Buiza contra la Resolucion Jefatural Nº 324-2000-AGN/J de fecha 1 de setiembre de 2000; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Jefatural Nº 324-2000-AGN/J de fecha 1 de setiembre de 2000 fue declarado excedente como resultado del MORDAZA de Evaluacion del Personal correspondiente al I Semestre - 2000 del Archivo General de la Nacion, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Buiza, Tecnico en archivo IV nivel STA, siendo cesado de su puesto de trabajo a partir del 4 de setiembre de 2000; Que contra la Resolucion Jefatural Nº 324-2000-AGN/J publicada el 7 de setiembre del mismo mes y ano, el recurrente interpuso oportunamente recurso de apelacion; Que se aprecia del analisis de la documentacion que obra en autos, que el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Buiza deviene en improcedente porque no sustenta la razon de su impugnacion conforme lo establece el inciso c) del Articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94JUS, no pudiendo determinarse una diferente interpretacion de las pruebas producidas o cuestiones de puro derecho a que se contrae la primera parte del Articulo 99º del referido Texto Unico Ordenado; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica en su Informe Nº 118-2000-JUS/OGAJ-OAA; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia y Articulos 84º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Buiza, contra la Resolucion Jefatural Nº 324-2000-AGN/J de fecha 1 de setiembre de 2000, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al interesado y al Archivo General de la Nacion para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 12836

Declaran improcedente e infundadas impugnaciones contra resoluciones que sancionaron con destitucion, suspension y cese a servidores y ex servidores del INPE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 303-2000-JUS MORDAZA, 3 de noviembre de 2000 Visto el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA Pena contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 229-98-INPE-CR-P de fecha 27 de MORDAZA de 1998; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 023-98-INPE-CR-P de fecha 21 de enero de 1998 se impuso sancion disciplinaria de destitucion a don MORDAZA MORDAZA Pena, ex Director del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario, por haber incurrido en faltas administrativas disciplinarias establecidas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico;

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