Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2000 (09/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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44. 45. 46. 47. 48. 49. 50. 51. 52. 53. 54. 55. 56. 57. 58. 59. 60. 61. 62. 63. 64. 65. 66. 67. 68. 69. 70. MORDAZA THOMPSON, MORDAZA MORDAZA MORDAZA PASTRANA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA SAPONARA MILLIGAN, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA STRATTI, MORDAZA MORDAZA MORDAZA GILARDI, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA VALCARCEL DE NECCO, LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA TRIVENO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA NOGALES, MORDAZA MORDAZA VALCARCEL MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, WILBERT MORDAZA YRIVARREN FALLAQUE, MORDAZA MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA AMABILIA ZUBIRIA AMOROZ, MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 9 de noviembre de 2000

Articulo Unico.- Denegar la solicitud de renuncia al cargo de Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales presentada por el senor MORDAZA Portillo Campbell. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12869

Remueven del cargo al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 019-2000-PCNM P.D. Nº 007-2000-CNM San MORDAZA, 8 de noviembre de 2000 VISTO: El MORDAZA disciplinario numero cero cero siete-dos mil - CNM, seguido contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Portillo MORDAZA, Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y las denuncias presentadas por el Partido Aprista Peruano y don MORDAZA Diez Canseco Cisneros; y, CONSIDERANDO: Que, en la denuncia presentada por el Partido Aprista Peruano se imputa al Jefe de la ONPE como causal de su remocion haber distorsionado las cifras de las Elecciones Generales del 9 de MORDAZA del presente ano que se habian dado a la publicidad hasta el 17 de MORDAZA del 2000, mediante reportes sobre los escrutinios presidenciales y de congresistas con resultados oficiales en MORDAZA, Nasca y Abancay, que no concuerdan con los votos realmente emitidos; ademas, el ex Congresista MORDAZA Diez Canseco MORDAZA, imputa al Jefe de la ONPE ser el MORDAZA responsable de las irregularidades advertidas por los observadores nacionales e internacionales, en el MORDAZA de las elecciones generales del ano 2000; Que, con motivo de la Convocatoria a Elecciones Generales, en cumplimiento de las normas legales respectivas, la ONPE preparo las Elecciones Presidenciales y de Congresistas del ano 2000; y no obstante que la planificacion de las elecciones generales del ano 2000 eran de responsabilidad del Jefe de la ONPE, este, en un exceso de confianza, permitio a sus Gerentes de Gestion Electoral y de Informatica el manejo de todo el MORDAZA de elecciones, y aunque ha declarado que en todo momento era informado de los resultados para emitir reportes a la ciudadania, no mantuvo una supervision personal directa, como lo ordena la respectiva Ley Organica, hecho que esta ratificado con las declaraciones del procesado, de MORDAZA Cavassa Roncalla, Gerente de Gestion Electoral de la ONPE, y MORDAZA MORDAZA Brossard MORDAZA, ex Gerente de Informatica de la ONPE; Que, la falta de supervision personal y directa, en la ejecucion del MORDAZA electoral por parte del Jefe de la ONPE, senor Portillo, dio lugar a los siguientes hechos: Diferencia entre votos y sufragantes, en las provincias de MORDAZA, Nasca y Abancay en primera vuelta, asi como en Cusco; diferencia entre votos y sufragantes en los reportes sobre escrutinios presidenciales al 86.774%, en la primera vuelta, que origino un excedente de 1'377,328 votos y, en el reporte sobre congresistas, con el mismo porcentaje, el exceso de 1'234,438 votos; igualdad en las cifras presidenciales al 97.682%, que son identicas a las que se publica en el reporte al 77%; y, graves irregularidades advertidas por los observadores nacionales e internacionales en el MORDAZA electoral; Que, en cuanto a la diferencia entre votos y sufragantes, el procesado MORDAZA Portillo MORDAZA ha declarado que se debio a que en 12,078 mesas de sufragio los miembros de mesa no consignaron en el acta de escrutinio la cantidad de ciudadanos que votaron, y que por esta razon los encargados de la digitacion solo ingresaron el numero de votos, colocando "cero" al ingresar los sufragantes, esto en razon de no poder modificarse el acta de sufragio; sin embargo, la explicacion del procesado resulta ilogica, pues este hecho debio ser previsto, ya que la diferencia existente entre votos y sufragantes, produjeron desconcierto, duda y polarizacion en los movimientos y partidos politicos y en la ciudadania, MORDAZA cuando ya se habia producido una desconfianza en la persona del jefe de la ONPE con motivo de la inscripcion del Frente Independiente Peru 2000; Que, el Jefe de la ONPE, senor Portillo ante estas graves denuncias de las irregularidades presentadas, pretendio dar explicaciones solo mediante notas y conferencias de prensa, tratando de explicar la diferencia entre votos y sufragantes, y recien el 22 de octubre del 2000, cuando ya se habia causado dano a la imagen de la ONPE, procedio a informar a la ciudadania mediante avisos pagados en los diversos medios de comunicacion;

Articulo Segundo.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, de la Oficina de Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 12899

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Deniegan solicitud de renuncia al cargo de Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 018-2000-PCNM San MORDAZA, 8 de noviembre del 2000 VISTO: El Oficio Nº 3336-2000-J/ONPE, de fecha 4 de noviembre del 2000, de don MORDAZA Portillo MORDAZA, Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, por el que formula ante el Consejo Nacional de la Magistratura su renuncia irrevocable al cargo de Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y, CONSIDERANDO: Que, ante el Consejo Nacional de la Magistratura se esta tramitando un MORDAZA disciplinario contra don MORDAZA Portillo MORDAZA, Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, con motivo de las denuncias formuladas por el Partido Aprista Peruano y don MORDAZA Diez Canseco Cisneros; Que, el Articulo 172º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, en concordancia con el Decreto de Urgencia Nº 058-2000, aplicable supletoriamente al caso de autos, establece que mientras se resuelva la situacion de un servidor con MORDAZA administrativo disciplinario, este se encuentra impedido de presentar su renuncia; Por las consideraciones expuestas, y estando a lo acordado por unanimidad por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en Sesion del 7 de noviembre del 2000, con la abstencion del Consejero MORDAZA MORDAZA Stanbury;

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