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Pág. 195219 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de noviembre de 2000 Unidad Item Descripción de Cantidad Medida 65 FORMOCRESOL FCO 61 66 FRESA CILINDRICA UND 180 67 FRESA CONO INVERTIDO UND 182 68 FRESA DE GRANOFINO UND 182 69 FRESA PARA FISURA UND 180 70 FRESA REDONDA UND 76 71 FURACIN POMADA X 500 GR. POTE 34 72 GASA 5 METROS PAQ 5 73 GASA HOSPITALARIA 20 X 16 X 100 YARDAS PAQUETE UND 144 74 GEL PARA ECOGRAFIA LIT 13 75 GORRO DESCARTABLE UND 680 76 HIDROXIDO DE CALCIO CAJA 232 77 HILO DE SUTURA SEDA NEGRA C/AGUJA 3/0 UND 6 78 HISOL DESINFECTANTE x 120 ML. FCO 112 79 HOJA DE BISTURI N° 10 UND 332 80 HOJA DE BISTURI N° 12 UND 332 81 HOJA DE BISTURI N° 20 UND 168 82 HOJA DE BISTURI N° 21 UND 168 83 HOJA DE BISTURI N° 22 UND 336 84 HOJA DE BISTURI N° 23 UND 336 85 HOJA DE BISTURI N° 24 UND 168 86 IODO POLIVIDONA SOLUCION x 11g LIT 4 87 IODO POLIVIDONA SOLUCION x 500ML UND 2 88 IODO POLIVIDONA SOLUCION x 60ML UND 1 89 IODOFORMO + EUGENOL x 12 GR UND 2 90 ISOPOS LARGOS x 100 CAJA 203 91 JABON LIQUIDO x 1000 C.C. FCO 56 92 JELONET UND 15 93 JERINGA 3 CC CON AGUJA UND 3840 94 JUEGO FRESAS DIAMANTADAS ALTA VELOCIDAD SURT x6 CAJA 11 95 LAMINA PORTAOBJETO DE 76 x 26 x 1MM X 50 UNIDADES CAJA 147 96 LAMINILLAS CUBREOBJETO 22 x 22 MM CAJA 16 97 LANCETAS DESCARTABLES CAJA 4 98 LIDOCAINA AL 2% SIN EPINEFRINA FCO 462 99 LIDOCAINA EN SPRAY x 80 GR. UND 3 100 LIDOCAINA TOPICA CREMA UND 2 101 LIGADURA DE GOMA DELGADO 1/8 MET 113 102 LIMA (SURTIDAS 6, 8, 10) CAJA X 100 UND 56 103 LIMADURA DE PLATA VERDE x 1 ONZ. FCO 6 104 MASCARILLA NEBUL. T/ADULTO UND 25 105 MERCURIO CROMO LIT 56 106 MERCURIO DENTAL FCO 293 107 OXIDO DE ZINC x 460 GR. UND 68 108 PAPEL PARA ELECTROCARDIOGRAFIA ROLL 28 109 PAPEL TERMICO PARA ECOGRAFIA ROLL 11 110 PASTA AUTOPOLIMERIZADO DE HIDROXIDO DE CALCIO KIT 1 111 PASTA PARA ENDODONCIA CAJA 56 112 PASTA PARA PROFILAXIS UND 94 113 POLICARBOXILATO LIQUIDO FCO 268 114 POLICARBOXILATO POLVO FCO 266 115 POLICARBOXILATO POLVO LIQUIDO UND 3 116 RESINA AUTOCURABLE SET 51 117 RESINA COMPOSITE AUTOCURABLE SET 2 118 RIFOCINA SPRAY FCO 56 119 SAVLON GALON 55 120 SEDA NEGRA 3/0 CON AGUJA UND 200 121 SEDA NEGRA CON AGUJA CORTANTE 2/0 UND 15 122 SEDA NEGRA TRENZ. 2/0 CON AGUJA UND 22 123 SEDA NEGRA TRENZ. 3/0 SIN AGUJA UND 34 124 SEDA NEGRA TRENZ. 6/0 CON AGUJA UND 54 125 SONDA FOLEY DE 2 VIAS Nº 16 UND 3 126 SONDA FOLEY Nº 16 UND 120 127 SONDA FOLLEY D/VIA Nº 14 UND 56 128 SONDA NASOGASTRICA Nº 08 UND 252 129 SONDA NASOGASTRICA Nº 10 UND 232 130 SONDA NASOGASTRICA Nº 12 UND 1 131 SONDA NASOGASTRICA Nº 14 UND 2 132 SONDA NELATON Nº 08 UND 177 133 SONDA NELATON Nº 10 UND 196 134 STERIL STRIP SOBRE 11 135 TALCO QUIRURGICO KILO 90 136 TINTURA YODO DE 120 ML. FCO 2 137 TIRANERVIOS X 12 CAJA 54 138 TIRAS REACTIVAS PARA ORINA x 50 UNIDADES CAJA 1 139 TUBOS CAPILARES CON HEPARINA x 200 UNIDADES FCO 17 140 TUBOS CAPILARES SIN HEPARINA x 200 UNIDADES FCO 10 141 VENDA ELASTICA 5" X 5 YARDAS UND 344 142 VENDAS DE YESO 4" X 5 YARDAS UND 150 143 VENDAS DE YESO 6" X 5 YARDAS UND 50 144 VICRYL 7/0 C/ A UND 133 13292MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Modifican Ordenanza Nº 19-98 que aprobó las normas para el otorgamien- to de Licencia de Apertura de Funcio- namiento ORDENANZA Nº 14-2000-MDSM San Miguel, 28 de setiembre del 2000 LA ALCALDESA DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo de San Miguel, en Sesión de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos que son de su competencia; Que, el Inc. 7) del Artículo 68º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece como función específica de los Municipios el otorgar Licencias de Apertura de Estableci- miento, comerciales e industriales y de actividades profesio- nales y controlar su funcionamiento de acuerdo a ellas; Que, a través de la Ordenanza Nº 19-98 se han aprobado las normas para el otorgamiento de Licencia de Apertura de Funcionamiento, modificado por la Ordenanza Nº 03-2000- MDSM, del 14 de marzo del 2000; POR TANTO: En uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de comisiones y de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo 7º de la Ordenanza Nº 19-98 en los términos siguientes: "Artículo 7º.- Entidades exoneradas del Pago de todo Derecho para Licencia de Apertura de Establecimiento.- Están exentos del pago de todo derecho para la obtención de la Licencia de Apertura de Establecimiento, los Órganos del Gobierno Central, Regional y Local, las Embajadas, Delega- ciones y representaciones Diplomáticas y/o Consulares dedi- cados a sus fines, Museos, Entidades Religiosas para sus locales destinados a Templos, Conventos, Monasterios o similares y las Compañías de Bomberos, permaneciendo, sin embargo, la obligación formal de gestionar la Autorización correspondiente. A la solicitud que dichas entidades deben presentar, conforme a este artículo, deberá necesariamente acompañarse el Certificado de Compatibilidad de Uso expedi- do por esta corporación que acredite la adecuación a la zonificación vigente." Artículo Segundo.- Modifíquese el Artículo 11º de la Ordenanza Nº 19-98, adicionado por el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 03-2000-MDSM, el mismo que quedará redac- tado de la siguiente manera: "Artículo 11º.- Excepción.- Los interesados en obtener Licencia de Apertura de Establecimiento no requerirán de Certificado de Compatibilidad de Uso y Zonificación, sola- mente en el caso de Cambio de Denominación y Razón Social, salvo los que desarrollen las actividades señaladas en el Artículo 13º. Artículo Tercero.- Adiciónese al Artículo 29º de la Ordenanza Nº 19-98, el siguiente párrafo: "Artículo 29º.- ... ... Tratándose de denuncias sobre establecimientos cuyas Autorizaciones o Compatibilidades de Uso y Zonificación se encuentren en trámite, la Municipalidad, mediante Resolu- ción debidamente motivada, podrá suspender o denegar el otorgamiento de la correspondiente Autorización, según