Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2000 (23/11/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de noviembre de 2000

MORDAZA MORDAZA del Triunfo - MORDAZA, por encargo de la Contraloria General de la Republica a fin de verificar las denuncias presentadas a traves del Area de Participacion Ciudadana; y, CONSIDERANDO:

las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendole para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, en el Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo por el periodo comprendido entre 1996 - 1998 se ha establecido, que el prestamo de S/. 400,000.00 otorgado por el Banco Continental el 27.DIC.96 para atender obligaciones pendientes, relacionadas con la prestacion de diversos servicios a la comunidad, fue utilizado en gastos corrientes como: planillas de pensionistas, aguinaldos a pensionistas y personal permanente, dietas a Regidores, telefono, beepers, entre otros; Que, asimismo se ha determinado que en la adquisicion de dos (2) camionetas pick-up por US$ 12,980.00 (Doce mil novecientos ochenta y 00/100 dolares americanos) y US$ 14,160.00 (Catorce mil ciento sesenta y 00/100 dolares americanos) respectivamente, cancelados mediante comprobante de pago Nº 001871 de 20.FEB.97 por S/. 71,513.90 (Setenta y un mil quinientos trece y 90/100 nuevos soles), se ha determinado la existencia de irregularidades que se detallan: - No se ha evidenciado la remision de solicitudes de cotizacion a los postores que participaron con sus propuestas en el MORDAZA de adjudicacion directa, que, asimismo dicho MORDAZA duro mas de veintiocho (28) dias, - La compra de vehiculos usados se realizo al margen del Acuerdo de Concejo que aprobo el Proyecto de Seguridad Ciudadana considerando cuatro (4) camionetas nuevas, y no se ha contado con el informe de conformidad de los vehiculos comprados (usados), - Asimismo, se ha establecido que la firma de la ex Jefa de Abastecimientos que aparece en los MORDAZA Comparativos de Cotizaciones de fecha 18.FEB.97, relacionados con la Orden de Compra Nº 001157 de 19.FEB.97 por S/. 71,513.90 (Setentiun mil quinientos trece y 90/100 nuevos soles) no le corresponde, significandose ademas, la existencia de otra orden de compra con el mismo numero y fecha por un importe de S/. 273.92 (Doscientos setenta y tres y 92/100 nuevos soles), e - Igualmente se aprecia que la tarjeta de propiedad de uno de los vehiculos adquiridos de placa OO-4319, cuyo costo es de US$ 14,160.00, esta a nombre de MORDAZA S.A. y no de la municipalidad, faltando acreditar la tarjeta de propiedad del otro vehiculo signado con la placa OO-4012, encontrandose, segun el Certificado de Gravamen, a nombre de FIEM Ingenieros S.A.; Que, igualmente se han determinado deficiencias en el MORDAZA de adquisicion de un remolcador usado FREIGHTLINER, placa YG-7983, comprado a la empresa AUTO SHOW S.A. el 19.ABR.96, estableciendose que en su adquisicion no se ha acreditado la emision de solicitudes de cotizacion a los postores que aparecen en el Cuadro Comparativo de Cotizaciones; sin embargo, se ha evidenciado que cuatro dias MORDAZA que se adjudique la buena pro, el Jefe de Transportes dirige el Oficio Nº 001-CCU-96 de 15.ABR.96 a la empresa AUTO SHOW S.A., a quien se le otorgo la buena pro, manifestandole su "conformidad respecto a la adquisicion del remolcador", sin estar facultado para ello; carencia de elaboracion de Especificaciones Tecnicas relacionadas con el remolcador, asi como la ejecucion de ocho (8) actividades que van desde la emision de la cotizacion por parte del proveedor, hasta su cancelacion en un (1) solo dia; Que, los hechos anteriormente expuestos revelan la existencia de indicios razonables de comision de delito de Peculado, en la Modalidad de Malversacion de Fondos, previsto en el Articulo 389º del Codigo Penal, asi como la existencia de indicios razonables de comision de delito de Concusion en la modalidad de Colusion Desleal, previsto en el Articulo 384º del Codigo Penal; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 239-2000CG de 16.NOV.2000 se encarga al senor Subcontralor la atencion de los asuntos de competencia del Despacho Contralor en tanto dure la ausencia de la Titular de la Contraloria General de la Republica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, asi como el inciso f) del Articulo 19º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en defensa y representacion de los derechos e intereses del Estado, interponga

ALEXZANDER MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica (e) 13333

MINISTERIO PUBLICO
Designan asesor del Despacho de la Fiscalia de la Nacion
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 034-2000-MP-FN MORDAZA, 22 de noviembre de 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio, se requiere designar un Asesor para el Despacho de la Fiscalia de la Nacion; Estando a la visacion del Gerente de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Art. 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR en via de regularizacion a partir del 7 de noviembre del 2000, al Sr. Edgard MORDAZA MORDAZA, como Asesor del Despacho de la Fiscalia de la Nacion. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de la parte interesada la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 13324

SBS
Autorizan al Banco de Credito la apertura de oficina especial temporal en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 818-2000 MORDAZA, 13 de noviembre de 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru, para que se le autorice la apertura, entre los dias 15 y 16 de noviembre de 2000, de una Oficina Especial Temporal ubicada en la Residencia de la Embajada Chilena, Crl. Portillo Nº 401 - Esq. con Pezet, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº DESF "A" 128-OT/2000; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97, con la Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Credito del Peru la apertura, entre los dias 15 y 16 de noviembre de 2000, de

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