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Pág. 195208 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de noviembre de 2000 Artículo 4º.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América, por intermedio de la Agencia para el Desarrollo Internacional - USAID, su importante contri- bución. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Con- traloría General de la República (CGR) y a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional (SECTI) dela Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de los térmi- nos de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ARANA BENAVIDES Presidenta del Consejo Directivo 13298 Aceptan donación que será utilizada en el marco de planes sobre proyectos de asistencia alimentaria y rehabilita- ción de cuencas hidrográficas RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 397-2000-PRONAA/P Lima, 17 de noviembre de 2000 VISTA: La propuesta de la Gerencia de Planificación y Presu- puesto, formulada mediante Memorando Nº 759-2000-GPP/ PRONAA, de fecha 31 de octubre del año 2000; y, CONSIDERANDO: Que, el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas - PMA mediante Carta Nº 560-PMA-2000 de fecha 2 de octubre de 2000, hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo del Vapor "Full City" al puerto del Callao, el cual trae en calidad de donación Trigo (Western Red Spring 13.0) para los Proyec- tos PER-4808 y PER 5162, en las cantidades de 8.930 Kg. y 1.070 Kg., respectivamente; Que, el 13 de junio de 1968 se suscribe el Acuerdo Básico entre el Gobierno del Perú y el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas, sobre asistencia del Programa Mundial de Alimentos; Que, en el marco del referido Acuerdo Básico con fecha 25 de julio de 1995 el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas - PMA y el Gobierno del Perú suscribieron el Plan de Operaciones para ejecutar el Proyecto "Asistencia Alimentaria a Niños Pre-escolares y Escolares Primarios en Areas Rurales" PER 4808, y, con fecha 15 de setiembre de 1993 el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas - PMA y el Gobierno del Perú suscribieron el Plan de Operaciones para ejecutar el Proyecto "Rehabilitación Eco- lógica de Pequeñas Cuencas Hidrográficas de la Zona Andi- na" PER 5162;Que, de conformidad a lo indicado en el numeral 1.4 del Artículo 2º (Obligaciones del Programa Mundial de Alimen- tos - PMA) del "Plan de Operaciones del Proyecto Nº PER 4808, a lo acordado en el Numeral 3.2 del Acta de Transición y Cierre del Proyecto Nº PER 2341.02, "Asistencia Alimenta- ria a Grupos de Mujeres para el Desarrollo de Microempresas de Mujeres", de fecha 20 de junio de 2000, suscrita por el Comité Nacional de Políticas del Proyecto Nº PER 2341.02, así como, a lo señalado en el Memorando Nº 2043-2000-GRA- PRONAA, de fecha 26 de octubre de 2000 emitido por la Gerencia de Recursos Alimentarios, resulta necesario reali- zar el procedimiento conducente a la Monetización en el mercado interno de las 10,000 TM de Trigo Rojo Primaveral (Canadian Western Red Spring-Grado 2), las cuales han sido donadas por el Programa Mundial de Alimentos - PMA; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extranjero consigna- das, entre otros, a Instituciones y Organismos Públicos, así como las donadas por concepto de Cooperación Técnica Internacional y las consignadas a Instituciones Privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orien- tadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozarán de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la República y estarán libres de pago de derechos específicos y adicionales consolidados en el Arancel de Adua- nas, no siendo requisito para estos casos, la expedición de Resolución Liberatoria, ni Licencia Previa de Importación; Con las visaciones de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia General Técnica y de la Gerencia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decretos Supremos Nº 127-91- PCM y Nº 020-92-PCM, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Resolución de Contraloría Nº 112-98-CG, y Resolución Minis- terial Nº 111-97-PROMUDEH; y, estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Artículo 20º del Reglamento de Organización y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98- PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación procedente del Programa Mundial de Alime ntos de las Naciones Unidas, consistente en: PUERTO: CALLAO PRODUCTO PROYECTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB US$ CIF US$ Trigo rojo PER 4808 Granel 8,930 8,930 1'143,040.00 1'369,951.30 Trigo rojo PER 5162 Granel 1,070 1,070 136,960.00 164,148.70 Artículo 2º.- Utilizar la referida donación en el marco de los Planes de Operaciones de los Proyectos "Asistencia Ali- mentaria a Niños Pre-escolares y Escolares Primarios en Areas Rurales" PER-4808 y "Resolución Ecológica de Peque- ñas Cuencas Hidrográficas de la Zona Andina" PER 5162. Artículo 3º.- Agradecer al Programa Mundial de Ali- mentos de las Naciones Unidas por su importante contribu- ción. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Con- traloría General de la República (CGR) y a la SecretaríaEjecutiva de Cooperación Técnica Internacional (SECTI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de los térmi- nos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARIA ARANA BENAVIDES Presidenta del Consejo Directivo 13297 M T C Dejan sin efecto resoluciones mediante las cuales se otorgaron concesiones a diversas empresas para prestar servicios públicos de telecomunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 456-2000-MTC/15.03 Lima, 17 de noviembre de 2000CONSIDERANDO: Que, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, concordado con el Artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomu- nicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, la concesión se perfecciona mediante contrato escrito de conce- sión, aprobado por Resolución del Titular del Sector; Que, el inciso m) del Artículo 52º del Texto Unico Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones establece que en todos los casos la concesión para prestar servicios públicos debe indicar las causas de término de la concesión; Que, el Artículo 125º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su-