Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2000 (23/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de noviembre de 2000

OSIPTEL
Autorizan viaje de la Secretaria General del OSIPTEL a Suiza para participar en evento sobre desarrollo para organismos reguladores
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 081-2000-PD/OSIPTEL MORDAZA, 10 de noviembre de 2000 VISTA: La invitacion cursada al Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, para que participe en el I Simposio sobre Desarrollo para organismos reguladores organizado por la Oficina de Desarrollo de las Telecomunicaciones (BDT) de la Union Internacional de Telecomunicaciones (UIT), que se celebrara en MORDAZA, Suiza, del 20 al 22 de noviembre de 2000; CONSIDERANDO: Que, este es el primer evento de la UIT dirigido expresamente a organismos reguladores de todas las regiones del mundo; Que, el evento tiene por objeto facilitar el intercambio en profundidad de informacion y de experiencias sobre cuatro temas criticos en materia de reglamentacion: la cooperacion regional/internacional, la interconexion, la creacion de un organo regulador independiente y la repercusion de la convergencia; Que, en el Simposio se definiran las acciones que la UIT debera emprender a continuacion y las oportunidades de cooperacion internacional con las organizaciones regionales y los organismos reguladores de los paises asistentes; Que, es responsabilidad de la Secretaria General el establecer y consolidar las relaciones internacionales y la cooperacion tecnica del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL con organismos internacionales y organismos reguladores pares; Que, los temas a ser discutidos forman parte de la agenda critica del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, por lo que es de interes institucional la participacion de la senorita MORDAZA Borgo Hannach, en el evento mencionado; Con la opinion favorable de la Gerencia General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA Borgo Hannach, Secretaria General del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la MORDAZA de MORDAZA, Suiza del 18 al 23 de noviembre de 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa. Articulo 2º.- El cumplimiento de la presente resolucion no ocasionara gasto alguno al Estado. Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera fuesen su denominacion o clase. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUNIGAMI KUNIGAMI Presidente del Consejo Directivo 13225

Vista la comunicacion cursada al Ing. MORDAZA Caller MORDAZA, por el Coordinador Ejecutivo del 3er. MORDAZA Internacional: "La Transformacion de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento: Desafios Pendientes"; CONSIDERANDO: Que, el World Bank Institute y la Federacion Nacional de Trabajadores de Obras Sanitarias de la MORDAZA estan organizando el 3er. MORDAZA Internacional: "La Transformacion de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento: Desafios Pendientes", a realizarse los dias 22 y 23 de noviembre del 2000, en la MORDAZA de Buenos Aires, Argentina; Que, en dicho MORDAZA se trataran temas relativos a los desafios para la regulacion de los servicios de saneamiento, teniendo en cuenta la necesidad de promover el acceso a dichos servicios, asimismo se tratara el tema relativo a la participacion del sector privado; Que, los aspectos MORDAZA citados son de interes de la SUNASS, siendo necesario por tanto autorizar el viaje del funcionario que asistira a dicho evento; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 18º de la Ley Nº 26284 y el Texto Unico Ordenado de la Directiva Nº 001-2000-FONAFE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. MORDAZA Caller MORDAZA a la MORDAZA de Buenos Aires-Argentina, del 21 al 24 de noviembre del 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran asumidos por la Cooperacion Alemana al Desarrollo GTZ. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 13269

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD
Precisan normas sobre cobro de copagos por servicios de emergencia y costo de atenciones iniciales que llevan a determinar que una contingencia no se encuentra cubierta por los Planes de Salud
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 070-2000-SEPS/CD MORDAZA, 17 de noviembre de 2000 CONSIDERANDO:

SUNASS
Autorizan viaje de funcionario para participar en MORDAZA sobre transformacion de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, a realizarse en MORDAZA
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 241-2000-SUNASS MORDAZA, 21 de noviembre del 2000

Que, el Articulo 15º de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, Ley Nº 26790, dispone que las Entidades Empleadoras pueden otorgar coberturas de salud a sus trabajadores mediante Planes de Salud contratados con Entidades Prestadoras de Salud; Que, el Articulo 42º del Reglamento de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-97-SA, establece casos en que las Entidades Prestadoras de Salud no deben cobrar copagos a los asegurados, siendo necesario emitir una MORDAZA que precise el alcance de la MORDAZA citada; Que, de otro lado, es necesario expedir una MORDAZA que precise lo referido al costo de las atenciones iniciales que se brindan a los asegurados y que llevan a determinar que una contingencia no se encuentra cubierta por los Planes de Salud; Que, conforme al inciso a) del Articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS, aprobado mediante

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