Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2000 (02/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 2 de setiembre de 2000
Senores Banco Central de Reserva del Peru Seccion MORDAZA Presente.

NORMAS LEGALES

Pag. 192465

ONPE
Notifican alcaldes y regidores comprendidos en solicitudes de revocatoria para apersonarse, contestar fundamentos de peticion y solicitar informacion de lo actuado en el MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 281-2000-J/ONPE MORDAZA, 29 de agosto del 2000

De acuerdo con lo reglamentado por esa institucion publica mediante Circular Nº 032-2000-EF/90, adjunto les remitimos el siguiente numerario expresado en moneda nacional, que hemos retenido bajo la presuncion de ser falso: Billetes
DENOMINACION SERIE Y NUMERO LUGAR DE PROCEDENCIA

Monedas
DENOMINACION CANTIDAD LUGAR DE PROCEDENCIA

VISTO: El acuerdo del MORDAZA Nacional de Elecciones de fecha 25 de MORDAZA del 2000, transcrito mediante Oficio N° 9915-2000-P/ JNE, recepcionado el 23 de agosto por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, ONPE, autorizando a esta Oficina Nacional, en respuesta al Oficio N° 1774-2000-J/ONPE, para que efectue la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de las solicitudes de revocatoria presentadas, para conocimiento de las autoridades involucradas en dichos pedidos, y los fines consiguientes; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo prescrito en las Leyes Nº 26487 y Nº 26591, corresponde a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, verificar el cumplimiento de los requisitos formales exigidos, entre otros, para el ejercicio de los derechos de control de los ciudadanos a que se refiere la Ley N° 26300, siendo uno de ellos la revocatoria de alcaldes y/o regidores; Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales ha recibido solicitudes de revocatorias de alcaldes y/o regidores y ha procedido a verificar los datos y las firmas de los ciudadanos adherentes presentadas por los recurrentes, conforme establece la ley; Que, en la tramitacion de los procesos de revocatoria, se debe garantizar a las partes involucradas el ejercicio irrestricto del derecho fundamental de defensa y, con este objeto, ONPE formulo consulta al MORDAZA Nacional de Elecciones, JNE, mediante Oficio Nº 1774-2000-J/ONPE; Que, en fecha 23 de agosto del 2000, ONPE ha recibido la transcripcion del acuerdo del JNE acogiendo la propuesta de ONPE, por lo que se debe proceder a realizar los actos necesarios a fin de que las partes ejerzan su derecho de defensa mediante su apersonamiento al proceso; la designacion de sus representantes y/o personeros; la contestacion de los fundamentos de la peticion; la fiscalizacion de la verificacion de datos y firmas de los adherentes; el acceso a la informacion sobre lo actuado y otros; y, De conformidad con la Ley Nº 26487, Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Notificase a las autoridades Alcaldes y/o Regidores comprendidos en las solicitudes de revocatoria - 2000, presentados a ONPE, mencionados en el Anexo Nº 001 adjunto de la presente resolucion, a fin de que en un plazo no mayor de ocho (8) dias calendario, contado a partir de la publicacion de la presente resolucion, se apersonen y/o designen a su representante o personero; contesten los fundamentos de la peticion; asi como soliciten informacion sobre todo lo actuado en el proceso. Articulo Segundo.- Las autoridades comprendidas en el Anexo Nº 002, podran solicitar informacion y presentar ante ONPE, en un plazo no mayor de ocho (8) dias calendario, sobre lo actuado a la fecha, y contestar los fundamentos de peticion, agregandose en via de ampliacion lo actuado en cada expediente remitido al MORDAZA Nacional de Elecciones, al MORDAZA de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Comunicase a las autoridades, Alcaldes y/o Regidores, que las nuevas solicitudes de revocatoria 2000, que se presenten en fecha posterior a la publicacion de la presente resolucion, que cada ocho (8) dias calendario se publicara la resolucion de notificacion, para los fines y efectos a que se refiere el Articulo Primero de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PORTILLO MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales

En espera de la calificacion, nos suscribimos, Atentamente, ____________________________ ____________________ (Firma y sello de dos representantes del banco retenedor) - Original para el Banco Central de Reserva del Peru - Una MORDAZA para el banco retenedor

ANEXO Nº 3 CALIFICACION DEL NUMERARIO PRESUNTAMENTE FALSO EXPRESADO EN MONEDA NACIONAL MORDAZA, ..... de .................. del ............ Senores ...................................................... Presente Con relacion a su carta sobre remision de presuntas Falsificaciones en Moneda Nacional Nº ...................., les comunicamos que el numerario remitido ha sido calificado como sigue: Billetes Denominacion Serie y Numero Calificacion Valor de los billetes calificados como genuino

Monedas Denominacion Calificacion Valor de las monedas calificadas como genuino

Asimismo, les comunicamos que el importe de S/. ................,00 (IMPORTE EN LETRAS) correspondiente al numerario calificado como autentico ha sido abonado en la cuenta corriente de esa empresa. Atentamente, ____________________________ ____________________ (Firma y sello de dos funcionarios del BCRP) 10025

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