Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2000 (04/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, lunes 4 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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preferencial en el Despacho por las Aduanas de la Republica y estaran libres de pago de derechos especificos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos, la expedicion de Resolucion Liberatoria, ni Licencia Previa de Importacion; Con las visaciones de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decretos Supremos Nºs. 127-91-PCM y 020-92-PCM, Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM, Resolucion de Contraloria Nº 112-98-CG y Resolucion Ministerial Nº 111-97-PROMUDEH; y, estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Articulo 20º del Reglamento de Organizacion y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar la Donacion procedente del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, a nombre del Gobierno Peruano, destinada para la Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales - ADRA Peru, consistente en:
PUERTO: Callao BULTOS TONELADAS BRUTAS Harina de Trigo 6,600 330.748 Harina de Maiz 6,407 162.750 con Soya Lentejas 1,999 100.175 Trigor / Bulgur 7,758 388.780 Arveja 1,998 100.125 Aceite Vegetal 5,416 111.288 Totales 1,193.866 PRODUCTO TONELADAS NETAS 330.000 160.175 99.950 387.800 99.990 99.987 1,177.902 VALOR FOB US$ 57,337.15 41,880.97 34,391.79 63,317.20 19,187.75 68,047.05 284,161.91 VALOR CIF US$ 136,110.39 81,127.59 58,720.93 155,860.75 43,201.01 98,500.25 573,520.92

MTC
Otorgan concesion a Arbol Comunicaciones S.A.C. para la explotacion de servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 350-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 31 de agosto de 2000 Vista la solicitud presentada por ARBOL COMUNICACIONES S.A.C., sobre otorgamiento de concesion para la prestacion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional en la Republica del Peru; CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corresponden a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de estos, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 113-2000-MTC/15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de ARBOL COMUNICACIONES S.A.C.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesion solicitada, aprobar el contrato de concesion y autorizar su suscripcion; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 020-98-MTC, 021-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a ARBOL COMUNICACIONES S.A.C. concesion para la explotacion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende la Republica del Peru. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con ARBOL COMUNICACIONES S.A.C. para la prestacion de los servicios publicos a que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veintiseis (26) clausulas y un (1) anexo que forman parte integrante de la presente resolucion ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente resolucion ministerial. Articulo 4º.- MORDAZA de la suscripcion del contrato de concesion, ARBOL COMUNICACIONES S.A.C. debera cumplir con el pago del derecho de concesion, del canon, si corresponde, y de la publicacion de esta resolucion. Articulo 5º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el con-

Articulo 2º.- Emplear el referido volumen de alimentos donados en el MORDAZA del Programa "Desarrollo MORDAZA para la Seguridad Alimentaria" que ejecuta ADRAPeru en el MORDAZA, cuyo objetivo es buscar mejorar la seguridad alimentaria de la poblacion extremadamente pobre en el Peru. Articulo 3º.- Las Gerencias de Linea de PRONAA y USAID participaran, de acuerdo al nivel de responsabilidad de las partes, en el seguimiento y evaluacion de las actividades de apoyo alimentario para el cumplimiento del objetivo del Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Directa entre los Gobiernos de Peru y Estados Unidos de MORDAZA - Ano Fiscal 2000, las cuales ejecutan, entre otras Agencias Voluntarias de Titulo II, la Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales ADRA Peru. Para este proposito, se implementaran las acciones que permitan un efectivo intercambio de informacion relacionada a los Programas dedicados a mejorar la seguridad alimentaria en el Peru, de acuerdo a lo estipulado en el Articulo IV: Coordinacion del Programa del Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II. Articulo 4º.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, por intermedio de la Agencia para el Desarrollo Internacional - USAID, su importante contribucion. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloria General de la Republica (CGR) y a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional (SECTI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de los terminos de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo 10018

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