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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (04/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 192530 NORMAS LEGALES Lima, lunes 4 de setiembre de 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 172-2000-JUS de fecha 11 de agosto de 2000, se designó al Crnl. PNP (r) ALBERTO CASTILLO MENDIVIS en el cargo público de confianza de Director General de Seguridad, nivel remunerativo F-4, del Instituto Nacional Penitenciario, organismo descentralizado del Sector Justicia; Que el citado funcionario ha formulado renuncia a dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto con el Decreto Legis- lativo Nº 560, modificado por el Decreto Legislativo Nº 595 y Decreto Ley Nº 25993; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia del Crnl. PNP (r) ALBERTO CASTILLO MENDIVIS al cargo público de confianza de Director General de Segu- ridad, nivel remunerativo F-4, del Instituto Nacional Penitenciario, organismo descentralizado del Sector Justicia; dándosele las gracias por los servicios presta- dos. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 10093 Designan Director General de Seguri- dad del INPE RESOLUCION SUPREMA Nº 190-2000-JUS Lima, 2 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo público de confian- za de Director General de Seguridad, nivel remunerativo F-4, del Instituto Nacional Penitenciario, organismo descentralizado del Sector Justicia; Que, a fin de garantizar la continuidad del servicio, es necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto con el Decreto Legisla- tivo Nº 560, modificado por el Decreto Legislativo Nº 595, Decretos Leyes Nº 25515, Nº 25957 y Nº 25993; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, al Crnl. PNP PEDRO ERNESTO DE LA VEGA ALVA en el cargo público de confianza de Director General de Seguridad, nivel remunerativo F-4, del Instituto Nacional Peniten- ciario, organismo descentralizado del Sector Justicia. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 10094PROMUDEH Aceptan donaciones procedentes de los EE.UU. que serán empleadas en el marco de programas de seguridad ali- mentaria RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 335-2000-PRONAA/P Lima, 28 de agosto de 2000 VISTA: La Solicitud de la Cooperativa Americana de Reme- sas al Exterior - CARE-Perú, formulada mediante Carta Nº CP # 0193/2000 de fecha 8 de agosto de 2000; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto a través del Memorando Nº 600-2000-GPP-PRONAA tra- mita la propuesta correspondiente, en atención a lo solicitado por la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE-Perú, quien hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRO- NAA el arribo de la nave "Spring Creek" a los puertos de Paita y Callao, trayendo alimentos correspondiente a la ayuda alimentaria para el año 2000, para su Monetiza- ción; Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno del Perú celebraron un Convenio referente a Suministros y Equi- pos Humanitarios, mediante el cual se otorgan facilida- des a Agencias de Rehabilitación y Socorro Voluntario No Lucrativas para la distribución de productos agríco- las alimenticios y la ejecución de Programas de Asisten- cia Humanitaria; Que, en el marco del Instrumento citado, el 10 de marzo del año 2000 se suscribe el Convenio de Donación de Ayuda Alimentaria de Título II para Monetización y Distribución Directa entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América, por el que el Gobierno Peruano, representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano a través del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRO- NAA), oficialmente acepta y aprueba la donación de aproximadamente 77,000 toneladas métricas de alimen- tos del Gobierno Norteamericano, de las cuales 18,700 tm. se usarán en Programas de Distribución Directa y 58,300 tm. se utilizarán para Monetización; Que, en virtud al Artículo I: Aceptación de la Dona- ción del referido Instrumento, la donación está sujeta a la disponibilidad de los productos y de los fondos, pudien- do el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productos apropiados y/o limitar el valor total de cada producto debido a la varia- ción de precios o a cualquier otro factor que pueda afectar esta donación; Que, en el Artículo III: Ejecución del Programa del mencionado Convenio de Donación, se acuerda que los alimentos importados para la distribución directa y monetización serán de propiedad exclusiva de las Agen- cias Voluntarias de Título II, entre las cuales se encuen- tra la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE, quienes asumirán la responsabilidad total desde su recepción en puertos peruanos hasta la distribución al beneficiario final, debiendo utilizarlos en sus Programas Sociales y de Apoyo Alimentario que ejecutan en el marco del Plan Nacional de Nutrición y Alimentación 1998-2000; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extranjero, consignadas entre otros, a Instituciones y Organismos Públicos, así como las donadas por concepto de Coopera-