NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (15/09/2000)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 67
Pág. 192993 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de setiembre de 2000 CODIGO INFRACCION MULTA (% UIT) S/.2,900 II-16 Conducir vehículo menor sin el sticker 5% vehicular o Distintivo Municipal. II-17 Conducir vehículo menor con toldera sin 2% razón social, número en la flota y número de 2% placas laterales. II-18 Prestar el servicio de transporte sin Póliza de 2% Seguro vigente. II-19 Posesionarse con su vehículo menor a la espera 1.5 % de pasajeros en Zonas de Estacionamientos que no le corresponde. II-20 Recoger pasajeros a menos de 40 metros 1% lineales de las Zonas de Estacionamientos Autorizadas. II-21 Hacer caso omiso o fugarse ante el 5% requerimiento del Inspector Municipal. 10451 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Autorizan realización de matrimonio civil comunitario en el distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2000/MDV-ALC Ventanilla, 7 de setiembre del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA CONSIDERANDO: Que, el 24 de setiembre del 2000 se conmemora el 40º Aniversario de Fundación de la Ciudad Satélite de Venta- nilla; Que, dentro del marco del Programa Oficial de Activida- des y Festejos por tan significativa fecha y atendiendo al hecho que en la jurisdicción existen numerosas parejas en estado de convivencia que requieren regularizar su situa- ción conyugal, se ha considerado necesario llevar a cabo un Matrimonio Civil Comunitario, brindando las mayores fa- cilidades a las personas interesadas; Estando a lo expuesto, con la visación y conformidad de la Dirección de Servicios Sociales y Dirección Municipal, y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confiere al Alcalde; DECRETA: Artículo 1º.- Autorizar la realización de un MATRI- MONIO CIVIL COMUNITARIO el sábado 7 de octubre del 2000, con motivo del 40º Aniversario de Creación de la Ciudad Satélite de Ventanilla. Artículo 2º.- Establecer como requisitos que deberán presentar los contrayentes para participar en el Matri- monio Civil Comunitario: a) Partidas de nacimiento originales y actualizadas de cada contrayente. b) Certificados Médicos expedidos por el Area de Salud. c) Certificados domiciliarios. d) Copias fedateadas de Libretas Electorales. e) Un fólder tamaño oficio. f) Una foto tamaño carné de cada contrayente. g) Pago único de S/. 36.25. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Servicios Sociales y División de Registros Civiles el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese y comuníquese. VICTOR MANUEL PORTILLA FLORES Alcalde 10554MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO Inician procedimiento disciplinario a ex funcionarios de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 305-00-A/MPS Satipo, 11 de setiembre del 2000 VISTO, el Informe Nº 001-2000-CEPA/MPS del Presi- dente de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en la que se pronuncian instaurar proceso Administrativo Disciplinario a los ex servidores funciona- rios señores Celso Arturo Durand Panez, ex Alcalde y Mario Méndez Gutiérrez, ex Director Municipal de la Municipali- dad Provincial de Satipo. CONSIDERANDO: Que, según el Informe Nº 001-00-CEPA/MPS de la Comi- sión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, ha determinado responsabilidades administrativas a los ex funcionarios de la M.P.S. Sr. Celso Arturo Durand Panez y Mario Méndez Gutiérrez. En la falta de Negligencia en el desempeño de las funciones, siendo su obligación de cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio público y salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos públicos contemplados en Artícu- lo 21º Incs. a) y b) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, en consecuencia en sesión Extraordinaria de fecha 5-9-00 se acordó por unanimidad de sus miembros instaurar proceso administrativo disciplinario a los ex fun- cionarios mencionados, en mérito a la recomendación efec- tuada por la Sociedad Auditora Jara Alva y Urquiza en las conclusiones 03, 04, 05, 06, 07, 08 y 09 en la que se establece responsabilidad Administrativa; Estando a lo recomendado: SE RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario, contemplado en el Artículo 28º Incs. a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276, a don: -Celso Arturo Durand Panez ex Alcalde -Mario Méndez Gutiérrez ex Director Municipal Artículo Segundo.- La Comisión Especial de Procesos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Satipo, procederá a efectuar la investigación y a evaluar el informe final, dentro del plazo de 30 días hábiles improrrogables que señala el Art. 163º del D.S. Nº 005-90-PCM. Artículo Tercero.- Notificar a través del Diario Oficial El Peruano a los servidores instaurados a efectos de que cumplan en presentar sus descargos en el plazo de 5 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación. Regístrese y cúmplase. ROGGER ANIBAL HUARI ORDOÑEZ Alcalde 10532 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORONA Disponen saneamiento físico legal de bienes inmuebles de la municipalidad RESOLUCION MUNICIPAL Nº 05-00-A-MDM Morona, 17 de marzo del 2000