Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2000 (15/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, viernes 15 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Asimismo, el que suscribe la presente declara que: 1. Mi representada conoce y entiende el Reglamento vigente para la Inversion de los Fondos de Pensiones en el Exterior. 2. Mi representada conoce y entiende la informacion requerida y las instrucciones senaladas para el registro de instrumentos de inversion extranjeros en la Superintendencia. 3. La informacion consignada en la(s) ficha(s) de informacion adjunta(s) es verdadera, completa e integra, por lo que declaro que se han tomado todas las precauciones para incluir toda la informacion relevante del instrumento o instrumentos presentados. 4. Mi representada se responsabiliza de informar, de manera oportuna y adecuada de cualquier cambio o modificacion realizada relacionada con los instrumentos de inversion MORDAZA mencionados. En caso contrario el(los) instrumento(s) que se presenta(n) por medio de esta solicitud sera(n) descalificados(s) como instrumentos de inversion para ser adquirido(s) con los recursos de las carteras administradas por las administradoras privadas de fondos de pensiones del Peru. 5. (Solo en el caso de fondos mutuos) La informacion consignada en la(s) ficha(s) de informacion adjunta(s) corresponde a las practicas, politicas y estrategias internas del emisor del instrumento y no solo es una transcripcion del Prospecto u Offering Circular. 6. En caso de que la informacion contenida en la presente solicitud sea falsa, incorrecta o conduzca a error, el(los) instrumento(s) que se ha(n) presentado por medio de esta solicitud sera(n) considerado(s) inelegible(s) para ser adquirido(s) con los recursos de las carteras administradas por las administradoras privadas de fondos de pensiones del Peru. Atentamente, Firma: Nombre: Cargo: Documento de identidad: ANEXO V CARTA COMPROMISO DE ENTREGA DE INFORMACION REFERIDA A LOS FONDOS MUTUOS QUE SE SOLICITA INSCRIBIR EN EL REGISTRO DE INSTRUMENTOS DE INVERSION EXTRANJEROS (Fecha) Senores: SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Presente.De mi consideracion: Por la presente el que suscribe y en representacion de (la sociedad administradora del fondo mutuo o la AFP) se compromete con la Superintendencia a: 1. Actualizar la ficha de informacion para la inversion en cuotas de participacion de fondos mutuos extranjeros. Asimismo, enviar cualquier informacion adicional referida al fondo o fondos respectivos por iniciativa propia o a requerimiento de la Superintendencia. 2. Informar periodicamente a la Superintendencia sobre cualquier cambio o hecho que altere en forma significativa la MORDAZA informacion presentada. En el caso de la documentacion requerida en la ficha de informacion, esta debera ser reenviada cada vez que exista una version posterior a la presentada. 3. Informar periodicamente los cambios en los niveles de concentracion de propiedad del fondo mutuo, cuando los diez (10) participes mas MORDAZA del fondo mutuo alcancen una concentracion del cincuenta por ciento (50%) del valor del fondo mutuo y cuando algun participe alcance una concentracion del veinte por ciento (20%) del valor del referido fondo, enviando nuevamente la informacion sobre la distribucion de los participes del fondo de la ficha de informacion de cuotas de participacion de fondos mutuos extranjeros. 4. Proporcionar una MORDAZA de los estados financieros anuales, semestrales o trimestrales, asi como cualquier

otra informacion relevante que sea distribuida a los participes del fondo mutuo. Atentamente, Firma: Nombre: Cargo: Documento de Identidad: 10531

UNIVERSIDADES
Autorizan al Rector de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA adquirir inmueble ubicado en el distrito de Lince, provincia de MORDAZA, en representacion de la universidad
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MORDAZA RECTORADO RESOLUCION RECTORAL Nº 06948-CR-00 MORDAZA, 2 de agosto de 2000 Visto el Informe Nº 267-00-CR-OGAL con Registro de Mesa de Partes General Nº 08729-RG-00 del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina General de Asesoria Legal, sobre la compraventa del 35.60% de los derechos y acciones inmobiliarios de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LEVERONI MORDAZA DE MORDAZA y sus hijos MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre el inmueble que ocupa el Colegio de Aplicacion San MORDAZA, situado en la esquina de MORDAZA MORDAZA Nº 735 y Capac MORDAZA Nº 1700, distrito de Lince, Lima. CONSIDERANDO: Que por escritura publica del 3 de marzo del 2000, ante el Notario Dr. MORDAZA Belfar MORDAZA del MORDAZA, las hermanas MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA vendieron a la Universidad el 45.64% de los derechos y acciones inmobiliarios que eran propietarias sobre el inmueble situado en la esquina de MORDAZA MORDAZA Nº 735 y Capac MORDAZA Nº 1700, distrito de Lince, MORDAZA, donde funciona el Colegio de Aplicacion San MORDAZA, de propiedad de la Universidad, por el precio de US$ 44,045.11 dolares americanos, pagado al contado a la firma de la escritura, inscribiendose la compraventa en la Partida Electronica Nº 11046656 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima; el precio se obtuvo al convenir en US$ 140.00 por m2, por lo que teniendo el inmueble un area de 689.325 m2, arrojo US$ 96,505.50 correspondiendo al 45.64% la cantidad de US$ 44,045.11 dolares americanos; Que la compraventa referida se autorizo por Resolucion Rectoral Nº 01643-CR-00 del 25 de febrero del 2000, exonerandose, en la misma Resolucion, del MORDAZA de seleccion de adjudicacion directa sin publicacion, previsto en el Articulo 17º de la Ley Nº 26850, aplicando el Articulo 19º, Inc. c) de dicha Ley y Articulo 44º, inciso c) de su Reglamento, en merito a que el Colegio de Aplicacion San MORDAZA, se hallaba en estado de ser desalojado por vencimiento en exceso del plazo del contrato de arrendamiento; Que la Universidad en la condicion de propietaria del 45.64% del inmueble anotado, tiene urgencia en consolidar su derecho de propiedad sobre el ciento por ciento del inmueble, ya que de otra manera los copropietarios podrian abrir un MORDAZA judicial de division y particion, en que se sacaria a remate por no ser posible su division fisica, corriendose el riesgo de perderlo, con grave perjuicio academico para los estudiantes sanmarquinos de la Facultad de Educacion, quienes hacen sus practicas preprofesionales en el Colegio de Aplicacion San MORDAZA, dano economico a los padres de familia de los alumnos de nivel MORDAZA que

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