Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2001 (09/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, lunes 9 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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b) Las resoluciones que emita el Consejo Directivo interpretando de oficio los contratos de concesion. c) Las resoluciones que emita el Consejo Directivo cuando actua como MORDAZA instancia en los procesos administrativos sancionadores. d) Las resoluciones que emita el Tribunal de Solucion de Controversias como MORDAZA instancia en los procesos de solucion de controversias entre entidades prestadoras y entre usuarios y entidades prestadoras. e) Anualmente, el listado de resoluciones emitidas por la Gerencia General y el Consejo Directivo, indicando mediante una breve sumilla el contenido de las mismas y clasificandolas por materias. f) La informacion que se acuerde mediante acuerdo del Consejo Directivo. Articulo 3º.- Los proyectos de las resoluciones a que alude el literal a) del articulo precedente seran publicitados, ya sea a traves de la publicacion de un aviso en el Diario Oficial El Peruano que indique su disponibilidad en la pagina web de OSITRAN o a traves de su prepublicacion en el referido diario, a fin de recibir aportes y comentarios. Se exceptuan aquellos casos en que la prepublicacion pueda implicar un menoscabo de la funcion supervisora y fiscalizadora del OSITRAN, hecho que debera ser debidamente sustentado en la resolucion respectiva y que debera contar con el MORDAZA unanime de los miembros del Consejo Directivo. Articulo 4º.- La informacion contenida en la correspondencia con las entidades prestadoras asi como la cursada con los organismos del sector al que pertenece la actividad regulada estara a disposicion del publico en las oficinas de OSITRAN en el MORDAZA de lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la institucion y sera solicitada siguiendo el procedimiento que determine el Consejo Directivo mediante resolucion. Comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta 21509

Que, de conformidad con el Articulo 22º del citado Decreto Legislativo, toda modificacion del MORDAZA debera ser aprobada por Ordenanza; Que, mediante Ordenanza Metropolitana Nº 154 se designo al SAT como autoridad administrativa competente en materia de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros y de MORDAZA y Seguridad Vial, estando circunscritas sus labores entre otras, a la resolucion en primera instancia de los Recursos de Reconsideracion y Solicitudes no contenciosas originados por las mismas; Que, de conformidad con los Articulos 162º y 163º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, las resoluciones de solicitudes no contenciosas vinculadas a la determinacion de la obligacion tributaria seran apelables ante el Tribunal Fiscal; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 036-2001-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, senala que tratandose de gobiernos locales, el ejecutor coactivo no podra realizar sus funciones fuera de la provincia a la que pertenece la entidad que representa, debiendo librar exhorto al Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial correspondiente al lugar en donde se pretenda ejecutar el acto; Que, el SAT requiere incorporar nuevos procedimientos administrativos y modificar procedimientos correspondientes al Departamento de Reclamos de Infracciones de MORDAZA y al Departamento de Servicios al Contribuyente, por lo que es necesario modificar el MORDAZA del SAT; Que, es politica del Servicio de Administracion Tributaria, en concordancia con lo establecido por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, promover, mantener y apoyar la transparencia de la gestion municipal, brindando a las personas que lo soliciten, la informacion que posea o produzca; Estando a lo dispuesto por los Articulos 109º y 110º y el numeral 4 del Articulo 134º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, respecto de los procedimientos que se mencionan a continuacion, los mismos que como Anexo forman parte de la presente Ordenanza. · Procedimientos "Recursos impugnativos" y "Solicitud de prescripcion" del Departamento de Reclamos de Infracciones de Transito. · Procedimiento "Solicitud de inafectacion o beneficio tributario con evaluacion previa" del Departamento de Servicios al Contribuyente. Articulo 2º.- Incorporese al Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA del Servicio de Administracion Tributaria -SAT, los procedimientos que se mencionan a continuacion, los mismos que como Anexo forman parte de la presente Ordenanza. · Procedimiento de "Acceso a la informacion que posee o produzca el SAT". · Procedimiento "Exhorto en procedimientos de ejecucion coactiva iniciados por Municipalidades no comprendidas en la Provincia de Lima". Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia 10 de MORDAZA del presente ano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2001. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Servicio de Administracion Tributaria - SAT
ORDENANZA Nº 317 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA, POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de MORDAZA en Sesion de la fecha, de acuerdo con el Dictamen Nº 044-2000-CEPP de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 285 del 26 de junio de 2000, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA del Servicio de Administracion Tributaria - SAT; Que, la Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 757 establece que solo podra exigirse a los particulares el cumplimiento de los procedimientos administrativos que consten en el TUPA;

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